Norma Legal Oficial del día 20 de Diciembre del año 2009 (20/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

408301

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29483
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Ratifican la plena vigencia de lo dispuesto en la R.S. N° 018-2008-JUS
RESOLUCION SUPREMA N° 326-2009-PCM MORDAZA, 19 de diciembre de 2009 Que, mediante Resolucion Suprema N° 018-2008-JUS, se establecio que el senor Presidente de la Republica, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no recibira condecoracion alguna por parte de las entidades e instituciones del Estado durante su presente mandato constitucional; Que, tal disposicion se justifica en que si bien las principales condecoraciones y distinciones honorificas que concede el Estado, deben cumplir el objetivo de premiar y enaltecer a quienes han prestado servicios muy distinguidos a favor de la Nacion, no deben otorgarse por el mero hecho de ocupar un cargo o por el cumplimiento del deber al que ese cargo obliga; Que, dicha medida ha venido cumpliendose hasta la fecha, siendo pertinente ratificar su plena vigencia; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PUBLICA E INTERES NACIONAL LA EJECUCION DEL PROYECTO IRRIGACION DE LA MARGEN DERECHA DEL RIO TUMBES, EN EL DEPARTAMENTO DE TUMBES
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Declarase de necesidad publica e interes nacional la ejecucion del Proyecto Irrigacion de la Margen Derecha del Rio Tumbes, con codigo SNIP num. 97537, destinado a promover el desarrollo productivo MORDAZA en el departamento de Tumbes. Articulo 2º.- Ejecucion de acciones El Ministerio de Agricultura y el Gobierno Regional de Tumbes, en forma coordinada, promueven las acciones necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente Ley. Articulo 3º.- Vigencia de la Ley La presente Ley entra en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los nueve dias del mes de diciembre de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DE VETTORI Primera Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 437742-1

Articulo 1°.- Ratificase la plena vigencia de lo dispuesto en la Resolucion Suprema N° 018-2008-JUS. En consecuencia, el senor Presidente de la Republica, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no recibira condecoracion alguna por parte de las entidades e instituciones del Estado durante su presente mandato constitucional. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 437742-3

DEFENSA
Otorgan a personas naturales derecho de uso de area acuatica en el distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA N° 535-2009-DE MORDAZA, 19 de diciembre de 2009 Visto el Expediente N° DMA-177-05-CA, relacionado con la Carta de fecha 13 de setiembre de 2005, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Ferrand y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA Semsch, sobre el otorgamiento del derecho de uso de area acuatica para la construccion de UN (1) muelle embarcadero de recreacion, ubicado en la playa Naplo, distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima;

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