Norma Legal Oficial del día 20 de Diciembre del año 2009 (20/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

408333

3. Para el presente caso, mas adecuado encuentro, a efectos de garantizar el cumplimiento de las sentencias emitidas en un MORDAZA constitucional de control abstracto, considerar que el articulo 118º inciso 9 de la Constitucion establece que "[c]orresponde al Presidente de la Republica: (...) [c]umplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los organos jurisdiccionales". Esta obligacion, como es obvio, no solo alcanza a las resoluciones y sentencias dictadas en el MORDAZA de los procesos ordinarios, sino tambien las que se emiten en el seno de los procesos constitucionales. 4. En ese sentido, es impertinente que se invoque en la sentencia (fundamento 17) el articulo 119º y 123º de la Constitucion, porque cuando el Presidente de la Republica, quien representa al Poder Ejecutivo, pone en cuestion, directa o indirectamente, los efectos de una sentencia constitucional, vulnera el articulo 118º inciso 9 de la Constitucion y, por ende, incurre en una infraccion constitucional pasible de ser canalizada a traves de los mecanismos previstos en los articulo 99º y 100º de la Constitucion. Con lo cual, el Poder Ejecutivo esta obligado a dar pleno cumplimiento al MORDAZA de homologacion docente, de lo contrario se encontraria inmerso en un supuesto de infraccion constitucional, para cuyo supuesto, como ya se dijo, la propia Constitucion establece sus respectivos mecanismos de investigacion y responsabilidad. Sr. MORDAZA MORDAZA FUNDAMENTO DE MORDAZA DEL MAGISTRADO MORDAZA HAYEN Suscribo la presente sentencia con excepcion de los fundamentos 15, 16 y 17 y el punto 2 del fallo en lo que se refiere a los referidos fundamentos; por resultar innecesarios y que en nada incide con el proposito que persigue la demanda de autos. Sr. MORDAZA HAYEN 437385-1

perdida de dicho diploma, conforme acredita con la MORDAZA certificada de denuncia policial expedida por la Comisaria de Huamanga de la Policia Nacional del Peru; Que, de autos se establece que la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga con fecha 21 de MORDAZA de 1989 confirio al recurrente el Grado Academico de Bachiller en Ciencias de la Educacion, aprobado por la Resolucion Rectoral Nº 0343-89 y registrado en el Libro I, folio 141 de registro de Grado Academico de Bachiller de la Facultad de Ciencias de la Educacion; Que, para la expedicion del duplicado de diploma solicitado, el recurrente ha satisfecho los requisitos establecidos por el articulo 7º del Reglamento para la Expedicion del Duplicado de Diplomas de Grado Academico y/o Titulo Profesional de la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga, aprobado por la Resolucion del Consejo Universitario Nº 1118-2006-UNSCH-CU; Que, asimismo, el Consejo de la Facultad de Ciencias de la Educacion, en sesion de fecha 01 de octubre de 2008, ha aprobado otorgar el Duplicado del Diploma del Grado Academico de Bachiller en Ciencias de la Educacion a favor del solicitante segun la Resolucion del Consejo de Facultad Nº 138-2008-FCE-CF De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º, inciso f) de la Ley Universitaria Nº 23733, el articulo 127º, inciso h) del Estatuto Reformado de la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga y estando a lo aprobado por el Consejo Universitario, en sesion de fecha 21 de octubre de 2008; El Rector, en uso de las facultades que le confiere la ley; RESUELVE: Articulo 1º.- CONFERIR el DUPLICADO DEL GRADO ACADEMICO DE BACHILLER EN CIENCIAS DE LA EDUCACION a favor de don MORDAZA MORDAZA RUIZ. Articulo 2º.- EXPEDIR a favor del interesado el diploma correspondiente. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

UNIVERSIDADES
Confieren duplicados de MORDAZA academicos y titulos profesionales de la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga
(Se publican las siguientes resoluciones a solicitud de la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga, mediante Oficio Nº 128-2009-UNSCH-R, recibido el 18 de diciembre de 2009) UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA DE HUAMANGA RESOLUCION DEL CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 852-2008-UNSCH-CU MORDAZA, 22 de octubre de 2008 Visto el expediente promovido por don MORDAZA Munoz MORDAZA sobre expedicion del duplicado del Grado Academico de Bachiller en Ciencias de la Educacion; CONSIDERANDO: Que, con expediente de registro Nº 10543 del 09 de setiembre de 2008, don MORDAZA Munoz MORDAZA ha solicitado la expedicion del duplicado del Grado Academico de Bachiller en Ciencias de la Educacion conferido por la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga, por causal de

437388-6 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA DE HUAMANGA RESOLUCION DEL CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 971-2008-UNSCH-CU MORDAZA, 17 de diciembre de 2008 Visto el expediente promovido por el bachiller MORDAZA MORDAZA Santivanez sobre expedicion del duplicado del Titulo Profesional de Ingeniero en Industrias Alimentarias; y, CONSIDERANDO: Que, con expediente de registro Nº 11236 del 29 de setiembre de 2008, don MORDAZA MORDAZA Santivanez ha solicitado la expedicion del duplicado del Titulo Profesional de Ingeniero en Industrias Alimentarias conferido por la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga, por causal de deterioro de dicho diploma, conforme acredita con la original presentada. Que, de autos se establece que la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga con fecha 05 de octubre de 2001 confirio al recurrente el Titulo Profesional de Ingeniero en Industrias Alimentarias, aprobado por la Resolucion del Consejo Universitario Nº 461-2001-UNSCH-CU y registrado en el Libro I, folio 009 de registro de Titulo de la Facultad de Ingenieria Quimica y Metalurgia. Que, para la expedicion del duplicado de diploma solicitado, el recurrente ha satisfecho los requisitos

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