Norma Legal Oficial del día 20 de Diciembre del año 2009 (20/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

408341

Distrital de San MORDAZA, a favor de las personas que se encuentren debidamente empadronadas y/o registradas en los siguientes programas sociales administrados por la municipalidad: Programa Adulto Mayor, OMAPED y Cuna Jardin Municipal. Articulo Segundo.- El solicitante para acogerse al beneficio de pago de tarifa unica establecido en el Articulo Primero, debera presentar el original de su documento nacional de identidad y en caso de menores de edad, podra presentar el original del documento nacional de identidad o del Acta de Nacimiento, ademas de estar acompanado por su padre y/o apoderado. Articulo Tercero.- La Gerencia de Desarrollo Social debera implementar un registro que permita realizar seguimiento permanente del numero de operaciones exoneradas que se atienden mensualmente por cada concepto, asi como del monto que ello representa, debiendo informar de los resultados trimestralmente a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, la que evaluara periodicamente las variaciones del impacto economico. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. Dado en San MORDAZA a los dieciseis dias del mes de Diciembre del ano dos mil nueve. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA 437084-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2010
ORDENANZA Nº 00044 /MDSA MORDAZA MORDAZA, 28 de setiembre del 2009 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA Visto: en sesion ordinaria de la fecha el Informe Nº 292009-GR/MDSA de la Gerencia de Rentas, y el Informe Nº 710-2009-GAJ/MDSA de la Gerencia de Asesoria Juridica: CONSIDERANDO: Que, mediante los articulos 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru, se establece que los gobiernos locales tiene autonomia politica, economica, administrativa y potestad tributaria en los asuntos de su competencia; El articulo 69º-B del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004EF, senala que las Municipalidades podran determinar el importe de las tasas por servicios publicos o arbitrios, tomando como base el monto de dichas tasa cobradas al 1º de enero del ano fiscal anterior reajustado con la aplicacion de la variacion acumulada del indice de precios al consumidor, vigente en la capital del departamento, correspondiente a dicho ejercicio fiscal; Que, para la cobranza de la tasa de los Arbitrios de Limpieza Publica (Recoleccion de Residuos Solidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2009, el Concejo de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA aprobo la Ordenanza Nº 00018-2008/MDSA la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con Acuerdo de Concejo Nº 575, y publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 25 de Diciembre del 2008;

Que, con la finalidad de brindar los servicios publicos de Limpieza Publica (Recoleccion de Residuos Solidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines y Serenazgo para el ano 2010, resulta necesario aprobar el monto de las tasas que se le aplicaran; Que, conforme a lo establecido por la MORDAZA disposicion final de la Ordenanza Nº 607 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, las Ordenanzas MORDAZA podran tener vigencia por mas de un ejercicio tributario; Que, la Gerencia de Servicios Publicos y Desarrollo Social en su informe Nº 50-2009-GSPDS-GG/MDSA, expresa que los niveles de los servicios de Limpieza Publica (Recoleccion de Residuos Solidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2010, se mantendran en los mismos niveles alcanzados en el presente ejercicio 2009; En tal sentido, la Gerencia de Rentas estima por conveniente la aplicacion de lo dispuesto en el articulo 69-B del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; para los arbitrios del ejercicio 2010. Que, de igual modo, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 710-2009-GAJ/MDSA determina que el proyecto de Ordenanza que regula el regimen tributario de los arbitrios para el ejercicio fiscal 2010 y sus anexos, cumplen con los requisitos legales exigidos para su validez asi como los criterios y parametros minimos de distribucion del costo global entre los contribuyentes, establecidos por el Tribunal Constitucional en su sentencia recaida en el Expediente Nº 0053-2004-PI/TC; De conformidad a lo dispuesto en el articulo 9º numeral 8) y 9) y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la aprobacion por MAYORIA, de los miembros del Concejo, con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2010 Articulo Primero.- MORDAZA legal aplicable. Apliquese, para el ejercicio 2010, lo dispuesto en la Ordenanza Nº 00018-2008/MDSA ratificada por acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 575 y publicado en el Diario Oficial el Peruano el 25 de Diciembre del 2008. Articulo Segundo.- Determinacion de los Costos y las Tasas de los Arbitrios Municipales. Para el ejercicio 2010, se aplicaran los costos y tasas de los servicios de Limpieza Publica (Recoleccion de Residuos Solidos y Barrido de Calles) , Parques y Jardines y Serenazgo, conforme a lo establecidos en la Ordenanza Nº 00018-2008/MDSA y reajustados con la variacion acumulada del indice de precios al consumidor al mes de Agosto del ano 2009, ascendiente a 0.01% establecido en la Resolucion Jefatural Nº 238-2009-INEI publicada en el diario Oficial El Peruano el 01 de septiembre del 2009. Articulo Tercero.- Aprobacion del Informe Tecnico. Apruebese el Informe Tecnico que da cuenta del sustento de los costos y tasas por los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Recoleccion de Residuos Solidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines y Serenazgo, asi como la estimacion de ingresos por la prestacion de los servicios mencionados. Articulo Cuarto.- De la vigencia de la Ordenanza. La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 1º de enero del ano 2010, siempre que previamente se MORDAZA cumplido con su publicacion y del acuerdo de Concejo ratificatorio expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. DISPOSICIONES FINALES Primera Disposicion Final. Deroguese todas las disposiciones que contravengan la presente ordenanza.

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