Norma Legal Oficial del día 30 de Diciembre del año 2009 (30/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

409371

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Elevan a rango de Ordenanza el Acuerdo Nº 040-2009-MDJM que determino la aplicacion de costos y tasas de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, de Parques y Jardines y de Seguridad Ciudadana
ORDENANZA Nº 329-MDJM
MORDAZA MORDAZA, 14 de diciembre del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores regidores y con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, expresado en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, las Municipalidades gozan de potestad tributaria para crear, modificar, derogar o establecer exoneraciones, respecto de los tributos de su competencia y con los limites que senala la ley, conforme lo dispone el articulo 74 de la referida carta Constitucional, desarrollado por la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 040-2009MDJM, se dispuso mantener para el ejercicio 2010, los costos y tasas de los Arbitrios Municipales aprobados mediante Ordenanza Nº 282-MJM, por lo que resulta necesario que el mismo sea elevado al rango de Ordenanza para su aplicacion en el mencionado ejercicio; Que, conforme al Acuerdo mencionado, resulta necesario ademas reajustar la estructura del beneficio de tope MORDAZA de incremento, regulado por la Ordenanza Nº 282-MJM, a fin de beneficiar en estricto al segmento social mas vulnerable; TENIENDO EN CONSIDERACION LO EXPUESTO Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8 DEL ARTICULO 9 DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL APROBO LA SIGUIENTE:

Articulo Cuarto.- Apruebese el informe tecnico que da cuenta del sustento para el mantenimiento de los costos y las tasas por los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y recoleccion de residuos solidos), de Parques y Jardines y de Seguridad Ciudadana, aprobadas mediante la Ordenanza Nº 282-MJM, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informatica, el debido cumplimiento de la presente Ordenanza, y a la Gerencia de Comunicaciones la difusion de la misma. Articulo Sexto.- Los contribuyentes que opten por la realizacion del pago adelantado de sus Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, de Parques y Jardines y de Seguridad Ciudadana del 2010, accederan a los siguientes beneficios: 6.1. Por el pago anual adelantado de los Arbitrios Municipales del 2010, realizado hasta el 27 de febrero de dicho ano, obtendran un descuento del 10% sobre el monto insoluto total de los Arbitrios de Parques y Jardines y de Seguridad Ciudadana, sin incluir gastos de emision. 6.2. Por el pago adelantado del primer semestre del ano 2010, realizado hasta el 27 de febrero del 2010, obtendran un descuento del 5% sobre el monto insoluto total de los Arbitrios de Parques y Jardines y de Seguridad Ciudadana a pagar por dicho semestre, sin incluir gastos de emision. Para efectos del acogimiento a los beneficios del presente Articulo, los contribuyentes no deberan mantener ninguna obligacion tributaria generada por concepto de Arbitrios Municipales de anos anteriores, pendiente de cancelacion.

DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS
Primera.- TARIFA SOCIAL Las personas naturales, propietarias de un solo predio dedicadas al uso exclusivo de MORDAZA habitacion, cuyo Autoavaluo del ano en vigencia no supere el valor de 07 UIT, siempre que evidencie un estado de precariedad economica comprobado por la Asistenta Social de la Gerencia de Desarrollo Economico y Social, se encuentran afectas al pago de una tarifa social, ascendente a S/. 9.60 mensuales sin considerar gastos de emision por concepto de los Arbitrios Municipales. El beneficio es de caracter anual y resulta unicamente aplicable para quienes venian gozando del mismo durante el ejercicio 2009. La subsistencia de los supuestos al MORDAZA de los cuales se otorgo el beneficio se encuentran sujetos a fiscalizacion posterior. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 01 de enero del 2010, previa publicacion del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que la ratifique. Tercera.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias para la aplicacion debida de la presente Ordenanza, asi como para la prorroga de los plazos en MORDAZA establecidos. POR TANTO:

ORDENANZA QUE ELEVA A RANGO DE ORDENANZA EL ACUERDO DE CONCEJO Nº 040-2009-MDJM
Articulo Primero.- Elevese a rango de Ordenanza, el Acuerdo de Concejo Nº 040-2009-MDJM, a traves del cual se determino para el proximo ejercicio fiscal, la aplicacion de los costos y las tasas de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y recoleccion de residuos solidos), de Parques y Jardines y de Seguridad Ciudadana, aprobadas mediante la Ordenanza Nº 282MJM. Articulo Segundo.- Apliquese para el ejercicio 2010 las disposiciones normativas contenidas en la Ordenanza Nº 282-MJM, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 569-MML y publicada el 28 de diciembre del 2008, en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Para el ejercicio 2010, modifiquese el beneficio de tope MORDAZA de incremento previsto en el Articulo 17º de la Ordenanza Nº 282-MJM, excluyendose de su ambito de aplicacion a las personas juridicas e instituciones publicas que resulten titulares de predios dedicados al uso de MORDAZA habitacion.

Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA

ANEXO Nº 01 INFORME TECNICO SUSTENTATORIO
1. ASPECTOS GENERALES Las Sub Gerencias de Gestion Ambiental, Control MORDAZA y Catastro y la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a traves del Memorandum Nº 285-2009-MDJM/GDUYASGGA, Memorandum Nº 767-2009-MDJM-GR-GDUYASGCUYC y Memorandum Nº 658-2009-MJM-GSC, respectivamente, han determinado para el ejercicio 2010, los parametros de distribucion de los Arbitrios Municipales, esto es: los grupos de usos identificados de acuerdo a la generacion de residuos solidos y la cantidad generada de estos ultimos segun la actividad economica desarrollada en el predio, las vias donde se presta el servicio de repaso de barrido de calles, la cantidad de areas verdes,

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