Norma Legal Oficial del día 31 de Diciembre del año 2009 (31/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 122

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de diciembre de 2009

-Nº74793 de la Empresa de Transportes Sol Peruano S.A.C, por el importe de S/. 25,00, a nombre de el y, el Boleto de viaje sin numero de serie y Nº001799, de la Empresa de Transportes MORDAZA MORDAZA S.C.R.L, por el importe de S/. 25,00 (Anexo Nº 8); sin embargo, la primera de las nombradas mediante Carta de fecha 19JUL.2008 manifiesta no haber solicitado la impresion de este numero de serie de Boleto de Venta (Anexo Nº9), mientras que la MORDAZA con fecha 24.JUL.2008, informa que su ruta de viaje es especificamente para el oriente del Peru y que no brinda ningun servicio a las ciudades de MORDAZA, Chota, Cutervo; ademas refiere que su empresa no ha emitido ningun Boleto de Viaje Nº 001799, por no ser su numero correlativo (Anexo Nº 10); Que, segun Comprobante de Pago Nº347-RD, de fecha 31ENE.2006 se cancelo viaticos por comision de servicio, al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la suma de S/.590,00, quien al efectuar su rendicion de gastos, adjunto las Boletas de Venta de serie 001 - Nº002204, 002209 y 002214 , fechadas el 1, 2 y 3 de febrero de 2006, por los importes de S/.26,00, S/.25,00 y S/.26,00 respectivamente; por consumo en el Cafe Restaurant D'M, ubicado en la Av. 2 de MORDAZA Nº 708 -San MORDAZA -Lima, de propiedad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con RUC. Nº10108038964 (Anexos Nº 11 y 12) quien mediante Carta de fecha 12.DIC.2008, alcanza copias del Emisor de las mencionadas boletas, en las que se aprecia que la Nº 002204, fue emitida por S/. 6,00; la Nº 002209 por S/.5.00 y la Nº 002214 por S/. 6,00; lo que evidencia la adulteracion de las boletas de venta MORDAZA indicadas (Anexo Nº13); Que, segun Comprobante de Pago Nº3178-RDR, de fecha 21.AGO.2006, se cancelo viaticos por comision de servicio, al servidor MORDAZA MORDAZA Pinella MORDAZA, por la suma de S/.590,00, quien al efectuar su rendicion de gastos, adjunto la Boleta de Venta de serie 001 Nº001195, fechada el 24.AGO.2006, por el importe de S/.150,00, correspondiente a hospedaje, de la empresa FIVE STARS TRADING CORPORATION S.A.C, ubicada en el Jr. Chancay Nº 633 -Lima (Anexos Nº 14 y 15). De la confirmacion, a la autenticidad del documento precitado, la empresa en mencion, mediante Carta de fecha 09.DIC.2008, suscrita por su Gerente General, senora MORDAZA Isa Isa, manifiesta que la Boleta de Venta de serie 001 Nº001195, fue emitida por la suma de S/. 50,00 (cincuenta y 00/100 nuevos soles), adjuntando MORDAZA del Emisor, debidamente legalizada ante Notario Publico (Anexo Nº 16); Que, en la Rendicion de Cuentas, del Puesto de Salud "El Puente", por la suma de S/.2 735,00 suscrita por la responsable del Fondo y el jefe de dicho puesto de salud, e integrante del Comprobante de Pago Nº2960DONAC, de fecha 02.AGO.2006, girado a nombre de la Red MORDAZA, por la suma de S/.33 142,50; se ha evidenciado la existencia de la Boleta de Venta de serie 0001 Nº0001281, girada a la DIRESA MORDAZA P.S. EL MORDAZA, fechada el 25.SET.2006, perteneciente al establecimiento comercial Mi Pequena "NICOLL", ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA Nº766, Ofic. 1 -Chiclayo, por el importe de S/.50,00, con Nº de RUC. 10166845675, cuya propietaria es MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Anexo Nº 17). De la confirmacion, a la autenticidad del documento MORDAZA indicado, la propietaria del establecimiento comercial mediante Carta de fecha 05.DIC.2008, hace de conocimiento que este ha sido emitido a nombre de la DIRESA -LAMBAYEQUE, por el importe de S/.17,00, adjuntando MORDAZA legalizada notarialmente del mismo, hecho que evidencia la adulteracion de la Boleta de Venta en cuestion, al haber sido rendida por S/.50,00 (Anexo Nº 18); Que, los hechos descritos se han originado por la decision voluntaria de los funcionarios y servidores de la DISAL, de hacer uso de comprobantes de pago con la finalidad de sustentar gastos no efectuados o efectuados en menor cantidad obteniendo en su provecho un beneficio economico, significando para la Entidad, un desembolso de recursos financieros que no debio realizar; los cuales constituyen indicios razonables de la comision del delito Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion Generica de Documentos, previsto y sancionado en el Articulo 427 del Codigo Penal; Que, dicho Informe Especial, ha sido aprobado en el Directorio de Gerentes Regionales, conforme al Oficio Nº091-2009-GR.LAMB/DIGR, de fecha 25 de noviembre de 2009; En cumplimiento del articulo N°78 de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº27867, Decreto Ley

N°17537 Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, Articulo 11º del Decreto Supremo Nº002-2003JUS "Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional" la cual estipula para iniciar cualquier MORDAZA en nombre y representacion del Gobierno Regional, el Procurador Regional debera contar con autorizacion por Resolucion Ejecutiva Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales; Con la visacion de las Gerencias Regionales de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Infraestructura, Desarrollo Social, Desarrollo Economico, Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la Oficina Regional de Asesoria Juridica y la conformidad de Gerencia General Regional y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783 ­Ley de Bases de Descentralizacion y la Ley Nº 27867 ­Ley Organica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico Regional a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que en nombre y representacion del Estado -Gobierno Regional de MORDAZA, inicie las acciones legales pertinentes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe Especial Nº001-008-2009-2-0633-GR.LAMB/DRSAL-OECI, por las razones expuestas. Articulo Segundo.- REMITIR los antecedentes del caso al indicado Procurador Publico Regional a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional MORDAZA, para los fines a que se contrae la presente Resolucion, ademas de publicarse en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Lambayeque. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional (e)

440494-1

Autorizan desistimiento del MORDAZA en la causa judicial seguida ante el Tercer Juzgado Civil de Chiclayo, sobre desalojo por ocupacion precaria
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 407-2009-GR.LAMB/PR.
Chiclayo, 22 de diciembre de 2009 VISTO: El Oficio Nº 1174-2009-GR.LAMB/PPR, de fecha 27 de noviembre de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, a traves del Oficio Nº 1174-2009-GR.LAMB/PPR, de fecha 27 de noviembre de 2009, el senor Procurador Publico Regional -Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional de MORDAZA solicita la autorizacion para el desestimiento del MORDAZA judicial Nº 2009-983-0-1701-J-CI-3 sobre Desalojo por Ocupacion Precaria; Que, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 350-2008GR.LAMB/PR, de fecha 02 de octubre de 2008, resuelve autorizar al indicado funcionario, el inicio de las acciones legales que correspondan, para recuperar los predios de 669.55 m2, 810.00 m2 y 613.80 m2 ubicados en la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA -Chiclayo; debidamente inscritos en los Registros Publicos de la Propiedad Inmueble de la MORDAZA de Chiclayo, en las Partidas Electronicas Nºs.11075476, 11075477 y 11075478; los mismos que se encuentran invadidos por terceras personas, sin titulo alguno, a pesar de estar destinados como area de aporte para Educacion y por ende son terrenos de dominio publico; Que, consecuentemente el senor Procurador Publico Regional, con fecha 09 de febrero de 2009 presento la

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