Norma Legal Oficial del día 08 de Enero del año 2009 (08/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo: Las sedes estaran ubicadas en la Capital de cada Provincia: Candarave en la provincia de Candarave, Tarata en la provincia de Tarata y Locumba en la provincia de MORDAZA Basadre G. Articulo Tercero: DISPONGASE que la Gerencia General Regional adopte las acciones necesarias para la implementacion y funcionamiento de las Sub Regiones de Tarata, Candarave y MORDAZA Basadre. Articulo Cuarto: PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y difundase en el MORDAZA Electronico de la Institucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, a los veintinueve dias del mes diciembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la Provincia de Candarave, a los treinta dias del mes de diciembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Regulan monto de actualizacion de valores, determinacion del tributo y distribucion domiciliaria del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2009
ORDENANZA Nº 292-MDJM
MORDAZA MORDAZA, 31 de diciembre del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; VISTO; en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA mayoritario de los senores Regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades que brindan el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores a cobrar por dichos servicios, en cuyo caso esta valorizacion sustituye la obligacion anual de MORDAZA ,de declaraciones juradas del Impuesto Predial; Que, de acuerdo al poder tributario conferido por la Constitucion Politica a los Gobiernos Locales, estos se encuentran facultados a crear, modificar e incluso suprimir los tributos que son de su competencia, entre los que se encuentran los derechos; Que, mediante Ordenanza N° 257-MDJM, se aprobaron los montos de los derechos por actualizacion, determinacion del tributo y distribucion domiciliaria del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del periodo 2008, manteniendo la cuantia de dichos tributos que fijara la Ordenanza N° 215MDJM, ratificada por Acuerdo de Concejo N° 018 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la estructura de costos sobre los que se estimaran los derechos aprobados MORDAZA mencionados no ha sufrido incremento alguno, por lo que corresponde confirmar la aplicacion de las tasas aprobadas para el ejercicio 2007 y aplicadas durante el ejercicio 2008 mediante Ordenanza N° 257-MDJM; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL MONTO DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCION DOMICILIARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y LOS ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2009 Articulo Primero.- APLIQUESE para el ejercicio fiscal 2009, los montos de las tasas fijadas por concepto de la actualizacion de valores, determinacion del tributo y distribucion domiciliaria del Impuesto Predial, asi como los gastos administrativos de emision, recibo de pago y distribucion domiciliaria de Arbitrios Municipales, previstas en los Articulos Primero y MORDAZA de la Ordenanza N° 215-MDJM y aplicadas para el ejercicio 2008, conforme a lo dispuesto por el Articulo Primero de la Ordenanza N° 257-MDJM. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas, a la Sub Gerencia de Informatica el cumplimiento debido de la presente Ordenanza y a la Gerencia de Comunicaciones su difusion respectiva. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA

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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Autorizan al Presidente del Gobierno Regional de Ucayali a ausentarse del MORDAZA
ACUERDO Nº 151-2008-GRU/CR
Pucallpa, 22 de diciembre del 2008 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGION UCAYALI, en Sesion Ordinaria de fecha 17 de diciembre del 2008, con el MORDAZA unanime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 20º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobo el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- CONCEDER la Licencia por salud solicitada por el senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA por 22 dias a partir del 20 de diciembre del 2008 al 10 de enero del 2009 por motivos de salud, conforme al Oficio Nº 472-2008-GRU-P del 17/12/2008, que contiene el certificado de incapacidad temporal para el trabajo Nº CITT A-349-00006973-8, debiendo reincorporarse a sus funciones el 11 de enero del 2008. Segundo.- Estando a la licencia por motivos de salud, se le AUTORIZA viajar fuera del MORDAZA si considera necesario sin costos para el Gobierno Regional de Ucayali. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administracion la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un Diario de circulacion regional, asi como en el MORDAZA web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Mando se publique y cumple. WILDER MORDAZA ALGUAYO ARGANDONA Consejero Delegado

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