Norma Legal Oficial del día 08 de Enero del año 2009 (08/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

387851

Que, la Oficina de Asesoria Juridica con el Oficio N° 204-SENAMHI-OAJ/2008 del 30.12.2008 remite el Informe Legal Nº 009-SENAMHI-OAJ/2008, en merito de lo expuesto y fundamentado en el Informe Tecnico e Informe Tecnico Economico, se pronuncia por la continuacion del tramite de exoneracion del MORDAZA de seleccion para que la adquisicion de los repuestos (MODEM) para las Estaciones Automaticas Meteorologicas MORDAZA SIAP modelo SM3840, se efectue directamente a la Cia. SIAP+MICROS de Italia a traves de su representante en el Peru ADR TECNOLOGY S.A.C.; contando con los citados informes y teniendo en cuenta la normatividad de los procesos de adquisicion de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es necesario determinar los procedimientos establecidos por Ley, para la Exoneracion del MORDAZA de Adquisicion; De conformidad con el inciso e) del articulo N° 19°, y con el inciso a) del articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, que establecen que cuando los bienes y/o servicios no admiten sustitutos, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; y contando con el Informe Tecnico emitido por la Oficina General de Operaciones Tecnicas, el Informe Tecnico Economico Nº 005-SENAMHI-OGAOAS/2008 emitido por la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares y el Informe Legal Nº 009SENAMHI-OAJ/2008 emitido por la Oficina de Asesoria Juridica; de conformidad con la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia ­ SENAMHI, con las facultades conferidas mediante la Resolucion Suprema Nº 021-2007-DE/SG del 24 de enero del 2007, con la visacion del Director de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, del Director de la Oficina General de Administracion; y lo expuesto por la Oficina de Asesoria Juridica del SENAMHI; con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0041-2008-SENAMHI por la adquisicion de repuestos (MODEM) para ser utilizados en las Estaciones Automaticas Meteorologicas MORDAZA SIAP, directamente a la Cia. SIAP+MICROS SRL de Italia; por ser el fabricante de las Estaciones y por la razon fundamentada tecnicamente de que los bienes a adquirir no admiten sustitutos; de acuerdo al siguiente detalle:
ITEM CANT. ESPECIFICACIONES TECNICAS 1.09 Unid. EWX Kit GSM/GPRS para Estaciones Automaticas SIAP SM3840, FIRMWARE 2.01 Unid. Funciones Meteonet, configuracion del Paquete en la Estacion Terrena Importe total VALOR REF. S/. 49,230.00 S/. 4,900.00 S/. 54,130.00

DEFENSA
Dan por concluidas funciones de General de Division EP como Jefe de Estado Mayor General del Ejercito
RESOLUCION SUPREMA Nº 587-2008-DE/SG MORDAZA, 31 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 501-DE/EP del 4 de diciembre de 2006, se nombro al General de Division EP MORDAZA MORDAZA Cateriano MORDAZA como Jefe de Estado Mayor General del Ejercito; Que, el articulo 47º, literal B), inciso 3, de la Ley Nº 28359, Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, establece que el Oficial del Grado de General de Division sera considerado en el MORDAZA de Renovacion cuando MORDAZA sido designado como Comandante General en su Institucion, un Oficial de menor antiguedad; Que, por Resolucion Suprema Nº 551-2008-DE/SG del 4 de diciembre de 2008, se nombro al General de Division EP MORDAZA MORDAZA Guibovich MORDAZA, como Comandante General del Ejercito del Peru; Que, los Oficiales Generales y Almirantes comprendidos en la causal de Renovacion, al pasar a la situacion de retiro, percibiran las pensiones y otros beneficios, de conformidad con la legislacion vigente sobre la materia; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluidas las funciones del General de Division EP MORDAZA MORDAZA Cateriano MORDAZA como Jefe de Estado Mayor General del Ejercito, al 5 de diciembre de 2008, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion. Articulo 2º.- Disponer a partir del 1 de enero de 2009, el pase a la situacion militar de retiro del General de Division EP MORDAZA MORDAZA Cateriano MORDAZA, por la causal de Renovacion. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FLORES-ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa 298152-5

Articulo 2°.- Autorizar a la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares del SENAMHI, para llevar a cabo el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia por Exoneracion Nº 0005-2008-SENAMHI, por el importe total de S/. 54,130.00 (Cincuenta y Cuatro Mil Ciento Treinta y 00/100 Nuevos Soles), puestos en el Almacen del SENAMHI; cuyo monto se encuentra programado y financiado con el presupuesto de recursos ordinarios. Articulo 3°.- Disponer que la Oficina General de Administracion, remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; asi como su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano", dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. WILAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo del SENAMHI 297720-2

Exoneran de requisito contemplado en el MORDAZA de la MORDAZA de MORDAZA del Peru para la remocion de ex motonave
RESOLUCION MINISTERIAL N° 1557-2008 DE/MGP MORDAZA, 31 de diciembre de 2008 Visto, el Oficio G.500-5128 del Secretario del Comandante General de la MORDAZA de fecha 17 de noviembre de 2008, mediante el cual propone la exoneracion del requisito "I", del Procedimiento Administrativo C-36, del Capitulo II, Unidad Organica (2) Parte "C", del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales

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