Norma Legal Oficial del día 10 de Enero del año 2009 (10/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de enero de 2009

de Organizacion y Funciones del Archivo General de la Republica; y la Resolucion N° 076-2008-AGN/J, Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas por infracciones en contra del Patrimonio Documental Archivistico y Cultural de la Nacion; Con los visados de la Direccion Nacional de Archivo Historico, de la Direccion Nacional de Desarrollo Archivistico y Archivo Intermedio, y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modifiquese el MORDAZA parrafo del articulo 38º del "Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas por Infracciones en contra del Patrimonio Documental Archivistico y Cultural de la Nacion", por el siguiente texto: Para tal efecto, mediante Resolucion Jefatural, se constituira la Comision Sancionadora Permanente de Primera Instancia que estara integrada por tres Miembros Titulares: El Director de la Direccion Nacional de Desarrollo Archivistico y Archivo Intermedio, El Director de la Direccion Nacional de Archivo Historico y el Director de la Escuela Nacional de Archiveros y como Miembro Suplente, el Director de la Oficina Tecnica Administrativa. Articulo Segundo.- Modificar el primer parrafo del articulo 46º del citado Reglamento, por el siguiente texto: Con la documentacion a que alude el articulo 44º, los Organos Evaluadores correran traslado de los actuados a la Comision Sancionadora Permanente de Primera Instancia que es el Organo Sancionador Permanente de Primera Instancia, informando en dicho acto, si el infractor registra antecedentes en el Registro de Sancionados. Para este caso la DNA tendra un plazo de un (1) dia de recibida la solicitud, para remitir a la mencionada Comision los antecedentes del presunto infractor. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PASQUEL COBOS Jefe Institucional

la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda (...); La Contraloria General de la Republica participa de oficio en las contrataciones y adquisiciones de los bienes, servicios u obras, en situacion de desabastecimiento inminente. Cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico legal previo, que sustenta la resolucion que autoriza la exoneracion, se deberan fundamentar las razones tecnicas que motivan la adquisicion o contratacion definitiva materia de la exoneracion. Esta disposicion tambien es de aplicacion, de ser el caso, para la situacion de emergencia"; Que, mediante Contrato Nº 045-2008-INDECI/12.0 del 29.SET.2008, suscrito con la empresa AMAZONAS PERU S.A.C., se contrato el servicio de seguridad y vigilancia, para las Direcciones Regionales INDECI-NOR ORIENTE (SAN MARTIN) Y MORDAZA, por el periodo comprendido del 02.OCT.2008 al 02.ENE.2009, derivado del MORDAZA de seleccion Exonerado Nº 029-2008-INDECI/12.0; Que, mediante el Memorandum Nº 932-2008INDECI/19.0.1 de fecha 04.DIC.2008, la Direccion Regional INDECI ­ MORDAZA, solicito prorrogar el Contrato Nº 0672005-INDECI/DNL/12.0 "Arrendamiento de Inmueble para la Sede Institucional de la Direccion Regional de Defensa Civil de Loreto", que vence el 31.DIC.2008, el que cuenta con un Servicio de Seguridad y Vigilancia (02 puestos de 12 horas diurno/nocturno), contratado mediante Orden de Servicio Nº 2052 del 12.NOV.2008, que vencio el 10.DIC.2008, requiriendose dicho servicio de vigilancia para la custodia de los bienes patrimoniales; Que, el Comite Especial en acto publico realizado el 19.AGO.2008 otorgo la Buena Pro del MORDAZA de seleccion CP Nº 003-2008-INDECI/12.0 "Servicio de Seguridad y Vigilancia a Nivel Nacional" a la Empresa AMAZONAS PERU S.A.C; Que, en el plazo establecido para el Consentimiento de la Buena Pro del MORDAZA de seleccion CP Nº 0032008-INDECI/12.0, el Consorcio MORDAZA DEL ORIENTE S.A.C. - SERVICIOS Y VIGILANCIA EN GENERAL S.A. - BONETTI PERU S.A.C, que no obtuvieron la Buena Pro, presentaron recurso de Apelacion ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, respecto del Item: 05 correspondiente al servicio de Seguridad y Vigilancia de las Direcciones Regionales INDECI - NOR ORIENTE (SAN MARTIN) Y MORDAZA, siendo admitido mediante el Expediente Nº 3390/2008.TC; Que, con la Resolucion Nº 3023-2008-TC-S2 del 20.OCT.2008, el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resolvio el recurso de Apelacion, el mismo que fue declarado FUNDADO, otorgando la Buena Pro del Item: 05, a favor del postor Consorcio MORDAZA DEL ORIENTE S.A.C. - SERVICIOS Y VIGILANCIA EN GENERAL S.A. BONETTI PERU S.A.C; Que, con el Oficio Nº 5870-2008-INDECI/12.0 de fecha 22.OCT.2008, se comunico al Consorcio MORDAZA DEL ORIENTE S.A.C. - SERVICIOS Y VIGILANCIA EN GENERAL S.A. - BONETTI PERU S.A.C., que en atencion a la Buena Pro otorgada por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, correspondia suscribir el respectivo contrato, otorgando un plazo de diez (10) dias habiles para presentar obligatoriamente y de forma previa los documentos completos exigidos; Que, el Consorcio MORDAZA DEL ORIENTE S.A.C. SERVICIOS Y VIGILANCIA EN GENERAL S.A. - BONETTI PERU S.A.C., a traves de su Carta Nº 248/11-2008 recibida en Mesa de Partes del INDECI el 07.NOV.2008, adjunta los documentos solicitados, omitiendo presentar el "Contrato de Consorcio debidamente legalizado", y la "Copia del Contrato de cada vigilante remitido al Ministerio de Trabajo"; Que, el Consorcio MORDAZA DEL ORIENTE S.A.C. - SERVICIOS Y VIGILANCIA EN GENERAL S.A. BONETTI PERU S.A.C., entrego los documentos faltantes extemporaneamente, mediante una Carta Manuscrita S/N recibida en la Mesa de Partes del INDECI el 11.NOV.2008; Que, mediante el Oficio Nº 6313-2008-INDECI/12.0 del 12.NOV.2008, el INDECI comunico Via Notarial al Consorcio MORDAZA DEL ORIENTE S.A.C. - SERVICIOS Y VIGILANCIA EN GENERAL S.A. - BONETTI PERU S.A.C., que presento en forma extemporanea la documentacion solicitada, al haberse vencido el plazo de diez (10) dias habiles otorgado mediante el Oficio Nº 5870-2008INDECI/12.0, ocasionando la perdida de la Buena Pro; Que, la Audiencia Publica relacionada a la perdida de la Buena Pro del Item: 05 del mencionado MORDAZA de seleccion, se encuentra programada para el 09.ENE.2009;

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INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para locales del INDECI de las Direcciones Regionales INDECI - NOR ORIENTE (SAN MARTIN) y MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 524-2008-INDECI
31 de diciembre del 2008 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 156-2008-INDECI/12.0 del 24.DIC.2008, de la Direccion Nacional de Logistica, el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 00970 2008 del 18.DIC.2008 de la Oficina de Planificacion y Presupuesto y el Informe Legal Nº 187-2008-INDECI/5.0 del 30.DIC.2008 de la Oficina de Asesoria Juridica, sus antecedentes; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, "Estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen: c) En situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con dicha Ley". Asimismo, el articulo 21º establece que: "Se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a

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