Norma Legal Oficial del día 15 de Enero del año 2009 (15/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

388529

Que, de conformidad con el articulo 25º del Decreto Legislativo Nº 437 (Ley Organica del Ejercito), las Regiones Militares son los organos del Ejercito asignados a una MORDAZA del territorio nacional para realizar en su ambito la finalidad primordial del Ejercito, participar en el desarrollo socioeconomico, en la Defensa Civil y en los estados de excepcion. Su numero y ambito son determinados por Decreto Supremo; y, Estando a lo propuesto por la Comandancia General del Ejercito, y de conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Crear la REGION MILITAR DEL MORDAZA DE LOS MORDAZA MORDAZA Y ENE (VRAE) hasta el logro de la pacificacion, teniendo como ambito territorial el Dpto. de Cerro de Pasco, Dpto de MORDAZA (a excepcion de las localidades de Colonia, Rateri Shiriatari, MORDAZA, Mision Ivotsoteni, Nunez, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y Poveni del distrito de Rio Tambo de la provincia de Satipo y el distrito de San MORDAZA de la provincia de Chanchamayo), Dpto. de Huancavelica, Dpto. de MORDAZA, y los distritos de Pichari y Kimbiri de la provincia de La Convencion del Dpto. del Cusco. Articulo 2º.- La Comandancia General del Ejercito, dispondra las acciones de detalle correspondientes para el debido cumplimiento del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de enero del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FLORES-ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa

Escuelas de Fuerzas Especiales preexistentes que se detallan en el anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. La referida Escuela dependera academica y administrativamente de la Direccion General de Educacion y Doctrina del Ejercito (DIGEDOCE), y su Director sera un oficial del Grado de Coronel. Articulo 2º.- Clasificacion de Anexo El Anexo al presente Decreto Supremo, tiene la clasificacion de "Secreto" por comprender informacion directamente relacionada con la Seguridad Nacional; por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, no es objeto de publicacion. Articulo 3º.- Disposiciones Complementarias La Comandancia General del Ejercito, dispondra las acciones de detalle correspondientes a la aplicacion y debido cumplimiento del presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Derogatoria Quedan derogadas las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de enero del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FLORES-ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa

301053-1

301053-2

Crean la Escuela de Especiales del Ejercito

Operaciones

DECRETO SUPREMO Nº 002-2009-DE/EP
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, actualmente en la organizacion del Ejercito no se dispone de una organizacion que se ocupe de la instruccion, entrenamiento, doctrina, equipamiento, investigacion y el desarrollo de las Fuerzas Especiales, que conjugado con el actual empleo no hacen posible un adecuado desarrollo de estas Fuerzas; Que, el Objetivo Nº 5 del Plan Estrategico "Bolognesi", establece "Disponer de una Fuerza Moderna, visualizando una organizacion dimensionada de acuerdo a las necesidades, flexible y modular, con alta movilidad estrategica y tactica, equipada con material moderno, capaz de disuadir las potenciales amenazas", esto es, la necesidad de organizar, preparar y equipar un Ejercito moderno; Que, existen diversas Escuelas de Fuerzas Especiales en el Ejercito que no permiten la unidad de doctrina ni direccion, por lo que se hace necesaria la integracion de cinco (5) escuelas de Fuerzas Especiales en una sola, denominada Escuela de Operaciones Especiales del Ejercito, que integre y permita preparar, entrenar y equipar las Fuerzas Especiales bajo una misma optica; Que, de conformidad con el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 020-DE/EP/SG del 05 Dic. 88, la creacion, activacion, desactivacion de: MORDAZA, Servicios, Fuerzas, Bases, Estaciones y Destacamentos, deben efectuarse mediante Decreto Supremo; y, Estando a lo propuesto por la Comandancia General del Ejercito, y de conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Creacion Crear la ESCUELA DE OPERACIONES ESPECIALES DEL EJERCITO, la misma que integrara a las diversas

Nombran a Contralmirante de la MORDAZA de MORDAZA del Peru como Comandante del Escuadron de Submarinos y modifican la R.S. Nº 574-2008-DE/ MGP
RESOLUCION SUPREMA Nº 015-2009-DE/MGP
MORDAZA, 14 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 574-2008-DE/MGP de fecha 29 de diciembre de 2008 se resuelve nombrar a partir del 01 de enero de 2009 a los senores Contralmirantes de la MORDAZA de MORDAZA del Peru en diversos empleos, no habiendose considerado entre ellos al Contralmirante MORDAZA MORDAZA DEL ALAMO Carrillo; Que, por razones del servicio se ha dispuesto modificar el cambio de empleo de algunos Oficiales Contralmirantes a partir del 01 de enero de 2009; Que, el literal 17.1 del articulo 17º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion; Que, el articulo 15º inciso (A) de la Ley Nº 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, establece que el nombramiento y asignacion en el empleo de Oficiales Generales y Almirantes se efectua mediante Resolucion Suprema; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar con eficacia anticipada a partir del 01 de enero de 2009 al senor Contralmirante de la MORDAZA de MORDAZA del Peru que se indica, en el empleo siguiente:

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