Norma Legal Oficial del día 15 de Enero del año 2009 (15/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
DICE:

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de enero de 2009

Articulo 2°.- El Anexo a que se refiere el articulo precedente sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas: www.mef.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas

"Articulo 40º.- Sistemas de Contratacion De acuerdo a lo establecido en el Articulo 26°, inciso e) de la Ley, las bases incluiran la definicion del sistema de ejecucion o contratacion. (...)" DEBE DECIR:

301051-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 184-2008-EF Mediante Oficio Nº 028-2009-SCM-PR, la Secretria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, publicado en nuestra edicion del dia 1 de enero de 2009. En el Primer parrafo del articulo 9°; DICE: "Articulo 9°.- Modificacion del Plan Anual de Contrataciones El Plan Anual de Contrataciones podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramacion de las metas institucionales cuando se tenga que incluir o excluir procesos de seleccion; o el valor referencial difiera en mas de veinticinco por ciento (25%) del valor estimado y ello varie el MORDAZA de MORDAZA de seleccion. (...)" DEBE DECIR: "Articulo 9°.- Modificacion del Plan Anual de Contrataciones El Plan Anual de Contrataciones podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramacion de las metas institucionales: cuando se tenga que incluir o excluir procesos de seleccion o el valor referencial difiera en mas de veinticinco por ciento (25%) del valor estimado y ello varie el MORDAZA de MORDAZA de seleccion. (...)" En el MORDAZA parrafo del articulo 24°; DICE: "Articulo 24°.- Plazos generales para Procesos de Seleccion (...) En las Adjudicaciones Directas de de Menor Cuantia para la consultoria de obras o ejecucion de obras, desde la convocatoria hasta la fecha de MORDAZA de propuestas deberan mediar no menos de seis (6) dias habiles. En el caso de Adjudicaciones de Menor Cuantia derivadas de Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas declaradas desiertas, el plazo sera no menor de ocho (8) dias habiles". DEBE DECIR: "Articulo 24°.- Plazos generales para Procesos de Seleccion (...) En las Adjudicaciones Directas de Menor Cuantia para la consultoria de obras o ejecucion de obras, desde la convocatoria hasta la fecha de MORDAZA de propuestas deberan mediar no menos de seis (6) dias habiles. En el caso de Adjudicaciones de Menor Cuantia derivadas de Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas declaradas desiertas, el plazo sera no menor de ocho (8) dias habiles". En el Primer parrafo del articulo 40°;

"Articulo 40º.- Sistemas de Contratacion De acuerdo a lo establecido en el Articulo 26°, inciso e) de la Ley, las bases incluiran la definicion del sistema de contratacion. (...)" En el Inciso 3) del articulo 40°; DICE: "(...) 3. Esquema mixto de Suma Alzada y Precios Unitarios, al que podran optar las Entidades (se elimina excepcionalmente) si en el Expediente Tecnico uno o varios componentes tecnicos corresponden a magnitudes y cantidades no definidas con precision, los que podran ser contratados bajo el sistema de precios unitarios, en tanto, los componentes cuyas cantidades y magnitudes esten totalmente definidas en el Expediente Tecnico, seran contratados bajo el sistema de suma alzada. DEBE DECIR: "(...) 3. Esquema mixto de Suma Alzada y Precios Unitarios, al que podran optar las Entidades si en el Expediente Tecnico uno o varios componentes tecnicos corresponden a magnitudes y cantidades no definidas con precision, los que podran ser contratados bajo el sistema de precios unitarios, en tanto, los componentes cuyas cantidades y magnitudes esten totalmente definidas en el Expediente Tecnico, seran contratados bajo el sistema de suma alzada. En el Inciso 7) del articulo 109°; DICE: "Articulo 109°.- Requisitos de admisibilidad del recurso de apelacion (...) 7. La garantia, conforme a lo senalado en el articulo 109°. (...)" DEBE DECIR: "Articulo 109°.- Requisitos de admisibilidad del recurso de apelacion (...) 7. La garantia, conforme a lo senalado en el articulo 112°. (...)" En el Inciso 5) del articulo 119°; DICE: "Articulo 119°.- Alcances de la resolucion (...) 5. Cuando el recurso de apelacion incurra en alguna de las causales establecidas en el articulo 108°, el Tribunal lo declarara improcedente." DEBE DECIR: "Articulo 119°.- Alcances de la resolucion (...) 5. Cuando el recurso de apelacion incurra en alguna de las causales establecidas en el articulo 111°, el Tribunal lo declarara improcedente."

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