Norma Legal Oficial del día 25 de Enero del año 2009 (25/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de enero de 2009

Estados Partes adoptaran todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminacion contra la mujer en las zonas rurales, a fin de asegurar entre hombre y mujeres su participacion en el desarrollo rural y en sus beneficios........" Que, de conformidad con los dispuesto por los literales c), f) y g) del Art. 60ª de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, son funciones de los Gobiernos Regionales, en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades. "Formular Politicas, regular, dirigir, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevencion de la Violencia Politica, Familiar y Sexual"; promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades, "Formular y ejecutar politicas y acciones concretas, orientadas a la inclusion, priorizacion y promocion de las Comunidades Campesinas y Nativas en el ambito de su jurisdiccion", entre otras; Que, de conformidad con la Vision Regional y los Objetivos Estrategicos del Plan Concertado 2003-2011 del Gobierno Regional, este inspira a una sociedad con equidad de genero, en la cual se MORDAZA eliminado la exclusion, en los diferentes sectores y ambitos; por lo tanto, es deber del Gobierno Regional de MORDAZA, revertir esta situacion de discriminacion de las mujeres Rurales estableciendo de manera permanente en la Agenda Institucional, acciones que promuevan el adelantes de las mismas, asignando recursos humanos y economicos, previo un MORDAZA de planificacion a implementarse; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en su Sesion Extraordinaria de fecha 17 de Noviembre de 2008 y las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867; estando a lo acordado por UNANIMIDAD en la sesion de Consejo Regional del 17 de noviembre de 2008; ORDENA: Articulo Primero.INSTITUCIONALIZAR la conmemoracion del Dia Regional de la Mujer Rural el 15 de Octubre de todos los anos en la Region MORDAZA Provincias. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, despliegue las acciones pertinentes, a fin de dar cumplimiento a la presente ordenanza. Articulo Tercero.- RECOMENDAR a los Gobiernos Locales Distritales y Provinciales de acuerdo a las funciones y competencias exclusivas, compartidas y delegadas que tienen segun la Ley vigente implemente la presente ordenanza regional, en sus respectivas jurisdicciones territoriales. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, disponiendose su publicacion en un Diario de Circulacion Regional y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima. gob.pe). En MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de noviembre del dos mil ocho. POR TANTO: Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los doce dias el mes de diciembre del dos mil ocho. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

Denominan al ano 2009 "Ano de la Restitucion del Distrito Electoral de MORDAZA Provincias"
ORDENANZA REGIONAL N° 15-2008-CR-RL
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA: POR CUANTO: Que, la Presidenta de la Comision de Impulsar la Creacion del Distrito Electoral Abogada MORDAZA T. MORDAZA MORDAZA mediante Oficio Nº 066-2008-CCDELP en nombre de la Comision propone que el ano 2009 se denomine "ANO DE LA RESTITUCION DEL DISTRITO ELECTORAL DE MORDAZA PROVINCIAS"; el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria del 29 de diciembre del 2008, aprueba el Dictamen Nº 05-2008GRL-CR-CO-PPTOTAATPE; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 197º de la Constitucion Politica del Peru concordante con el Articulo 4º de la Ley Nº 27867; el Gobierno Regional de MORDAZA es una persona juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal, y tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo integral sostenible; Que, el Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, desde la emision de Acuerdo Regional Nº 31-2008CR-GRL, la Comision ha venido implementando diversas estrategias de difusion y articulacion con el Congreso de la Republica, y lideres politicos y sociales a nivel regional. Asimismo se han realizado diversas expresiones de apoyo a favor de la Creacion del Distrito Electoral a nivel de partidos politicos como organizaciones diversas, lo cual saludamos y nos hemos sumado, considerando que este derecho constitucional debe ser asumido con compromiso social desde todos espacios; Que, con fecha 03 de noviembre del ano 2006; EL DR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Y EL DR. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA PRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS presentaron el PROYECTO DE LEY 611-2006-PE inciso 2, PROYECTO DE LEY QUE CREA EL DISTRITO ELECTORAL DE MORDAZA PROVINCIAS (MODIFICACION DEL ART. 21 DE LA LEY Nº 26859 LEY ORGANICA DE ELECCIONES); Que, han transcurrido dos anos sin conocer el tramite del PROYECTO DE LEY 611-2006-PE inciso 2, por lo que hemos solicitado en forma reiterativa el cumplimiento de las funciones legislativas, de la Comision Ordinaria de Constitucion y Reglamento DICTAMINE, con la celeridad que ordena el articulo 105 de Constitucion Politica que a la letra dice: Ningun proyecto de ley puede sancionarse sin haber sido previamente aprobado por la respectiva Comision Dictaminadora, salvo excepcion senalada en el Reglamento del Congreso. Tienen preferencia los proyectos enviados por el Poder Ejecutivo con caracter de urgencia; Que, con Dictamen Nº 05-2008-GRL-CR-COPPTOTAATP del Consejo Regional presento al pleno del Consejo Regional el proyecto de Ordenanza que aprueba la DENOMINACION DEL ANO 2009 "ANO DE LA RESTITUCION DEL DISTRITO ELECTORAL DE MORDAZA PROVINCIAS", el mismo que se ubicara despues de la denominacion del ano segun D.S. 086-2008-PCM, teniendo como base la opinion legal de la Sub Gerencia Regional de Asesoria Juridica, la misma que se delibero en la sesion extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de fecha 29 de diciembre del 2008, y con el MORDAZA unanime de los consejeros y consejeras asistentes; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 y modificada en parte

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