Norma Legal Oficial del día 25 de Enero del año 2009 (25/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de enero de 2009

Visto, en Sesion Ordinaria del Concejo de fecha 17 de Enero del 2009; y. CONSIDERANDO: Que, el Estado y la Constitucion protegen a la familia, promueven el Matrimonio, reconociendoseles como Institutos Naturales y Fundamentales de la Sociedad, al MORDAZA de lo dispuesto en el Art. 4° de la Constitucion Politica del Peru. Que, el Codigo Civil en su Art. 233° establece que la regulacion juridica de la familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru. Que, existen en el Distrito de Chorrillos, numerosas parejas que viven en union de hecho y que desean formalizar su Estado Civil, contrayendo Matrimonio. Que, proteger a la familia y promover el matrimonio como Institucion Natural y Fundamental de la Sociedad cautelando su legalidad y seguridad juridica, es deber que los gobiernos locales tienen, Que, la Oficina de Registro Civil ha recomendado celebrar el Matrimonio Civil Comunitario con ocasion de celebrarse el dia de San MORDAZA resultando pertinente autorizar la celebracion por dicha fecha, asimismo brindar apoyo en los Matrimonios Comunitario organizado por las diferentes Parroquias de nuestra Jurisdiccion. Que, estando a lo MORDAZA expuesto, a lo establecido en el Libro de Familia, Arts. 233°, 234° y 248° del Codigo Civil, a las facultades conferidas al Concejo en la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972, Art. 9°, el Concejo Municipal, aprobo por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Articulo 1°.- Autorizar la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el dia 13 de Febrero del 2009, asimismo brindar apoyo en los Matrimonios Comunitarios organizado por las diferentes Parroquias de nuestra Jurisdiccion. Articulo 2°.- Establezcase por derecho de celebracion de Matrimonio Civil Comunitario, descrito en el Articulo precedente, un unico pago ascendente a la suma de S/. 68.69 (SESENTA Y OCHO 69/100 NUEVOS SOLES). Articulo 3°.- Las parejas contrayentes podran inscribirse para el Matrimonio Civil Comunitario hasta el 02 de Febrero del 2009 plazo en el que vencera la MORDAZA de expedientes matrimoniales. Articulo 4°.- Las parejas interesadas en contraer Matrimonio Civil Comunitario, deberan cumplir con presentar los siguientes documentos: a. Partida de Nacimiento original de cada uno de los contrayentes o, en su defecto la respectiva Dispensa Judicial. b. Original y MORDAZA de los documentos de Identidad de cada uno de los contrayentes. c. Declaracion Jurada del domicilio de cada uno de los contrayentes, segun formato. d. Certificado Medico. e. Recibo de Pago por el derecho de celebracion del Matrimonio, debidamente cancelado. f. Dos (02) testigos mayores de edad, por cada contrayente, adjuntando MORDAZA de sus documentos de identidad. En caso de contrayentes viudos o divorciados, ademas deberan presentar: a. Partida original de Defuncion o Partida de Matrimonio con la respectiva Acta de Disolucion en anotacion marginal, segun sea el caso. b. Declaracion Jurada legalizada ante Notario Publico, que acredite tener o no la administracion de los bienes de hijos habidos en anterior matrimonio. Articulo 5°.- Ordenese a la Unidad de Registro Civil la publicacion de la relacion de las parejas que contraeran Matrimonio Civil en la referida fecha, durante ocho (08) dias en el periodico mural de la Municipalidad y a la Sub Gerencia de Informatica en la pagina Web de la Municipalidad. Articulo 6°.- Encargar a la Secretaria General del

Concejo y la Unidad de Registro Civil el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA

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Establecen los derechos de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto y de vencimiento de pago del Impuesto Predial 2009
ORDENANZA Nº 150-MDCH
Chorrillos, 17 de enero de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS. POR CUANTO: El Consejo Municipal Distrital de Chorrillos, en Sesion Ordinaria de la fecha; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son Organos de Gobierno Local que gozan de Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia, pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion; correspondiendo al Concejo Municipal la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al Numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna. Que, mediante Ordenanza Nº 130 ­ MDCH se aprobo la emision mecanizada de las Declaraciones Juradas de actualizacion de valores, determinacion del impuesto y de vencimiento de pago del impuesto Predial 2008, siendo modificada por la Ordenanza Nº 134-MDCH la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo Nº 118 del 17 de Marzo de 2008. Que, mediante informe de la Sub Gerencia de Administracion Tributaria la proyeccion de los costos de emision mecanizada de las declaraciones juradas del impuesto predial para el ejercicio 2009 no tienen variacion sustancial en la estructura de costos comparada con la Ordenanza Nº 130-MDCH modificada por la Ordenanza Nº 134-MDCH. Que, en uso de la autonomia economica y administrativa se debe establecer que para la determinacion de los costos de emision mecanizada de las Declaraciones Juradas para el periodo 2009, se consideren los mismos que se establecieron para el periodo 2008 en la Ordenanza Nº 130-MDCH, modificada por la Ordenanza Nº 134-MDCH. Que, estando a lo expuesto en el Informe Nº 093 -2009-GAJ-MDCH, mediante el cual la Gerencia de Asesoria Juridica, expresa su conformidad con la presente Ordenanza y en uso de las facultades concedidas por el Inciso 8) del Articulo 9º y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del tramite de aprobacion de acta, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL IMPUESTO Y DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL 2009 Articulo Primero.- MORDAZA LEGAL Aprobar la emision mecanizadas de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial del Ejercicio Tributario 2009 y dispongase que para efectos de establecer los derechos de emision mecanizadas de actualizacion de valores, determinacion del impuesto Predial 2009, el MORDAZA legal

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