Norma Legal Oficial del día 25 de Enero del año 2009 (25/01/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

389285

DEL VASO DE LECHE", aprobado con Resolucion de Contraloria Nº 116-2004-CG, publicado el 31.03.04, numeral 7º que senala: "Las municipalidades provinciales y distritales estan obligadas a adoptar medidas que salvaguarden la documentacion sustentatoria del gasto, o la distribucion y bien uso de los recursos asignados al programa, a traves de adecuados sistemas de control interno, registro y administracion documentaria, para la posterior auditoria (...)"; De otro lado, la Directiva Nº 07-99-CG/SDE de 17.10.99 sobre "Lineamientos para auditoria al Programa del Vaso de Leche por Organos del Sistema Nacional de Control y Sociedades de Auditoria designadas, en el ambito de Gobiernos Locales", contempla como componente del Estado de Ingresos y Egresos del Programa del Vaso de Leche, la NOTA 5, inciso c) COSTOS DE OPERACION, los cuales estan referidos a los pagos efectuados por concepto de servicio de transporte, kerosene, y otros gastos para la preparacion de las raciones, etc". Que, la remision de Informacion contenida en los formatos de Informacion Mensual de Gastos e Ingresos del Programa del Vaso de Leche a la Contraloria General de la Republica con respecto a los Costos de Operacion vinculados al Programa del Vaso de Leche correspondiente al periodo 2006 sin la adecuada clasificacion y registro contable de acuerdo a la naturaleza del gasto, genera incertidumbre en cuanto a la probidad de la informacion remitida y certeza de los costos de los gastos operativos realmente ejecutados por el Programa del Vaso de Leche. Los aspectos mencionados, se suscitaron por no haberse efectuado las conciliaciones entre la Sub. Gerencia de Contabilidad y la Sub Gerencia del Programa del Vaso de Leche de los Costos de Operacion vinculados al Programa del Vaso de Leche, asi como su control previo y concurrente; IDENTIFICACION DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA: A la senora: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Sub. Gerente del Programa del Vaso de Leche (16.07.04 al 31.12.06), se le identifica responsabilidad administrativa, por no haber implementado mecanismos administrativos que permitan una adecuada administracion de la informacion, asi como por no haber verificado ni advertido que la informacion remitida a la Contraloria General, MORDAZA contado con la documentacion sustentatoria relacionada a los Costos de Operacion vinculados al Programa del Vaso de Leche. Que, asimismo, por haber soslayado sus funciones especificas establecidas en el Manual de Organizacion y Funciones (MOF), aprobado con Resolucion de Alcaldia Nº 000087-2007-MDSJM-A de 09.01.07, inciso a) consistente en "Programar, planificar, organizar y controlar las actividades tecnicas y administrativas del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores" y c) "Proponer a la presidencia del programa, sistemas y mecanismos administrativos para la correcta ejecucion y control de las actividades inherentes a su responsabilidad". Que, asi como por haber inobservado el Art. 7º, numeral 6 de la Ley Nº 27815 Ley de Codigo de Etica de la Funcion Publica, aprobado el 13.08.02, senala: "Todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral (...)", y lo establecido en el literal e) del Art. 21º del Decreto Legislativo 276 " Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico" aprobado el 24.03.84, que senala como obligacion de los funcionarios: a) Cumplir personalmente y diligente mente los deberes que imponen el servicio publico, configurando dicha comision de falta disciplinaria prevista en los literales a) y b) del Art. 28º del acotado D. Leg. 276; son falta de caracter disciplinario: "El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento" y "La negligencia en el desempeno de sus funciones". IDENTIFICACION DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA: A la senora: C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Sub. Gerente de Contabilidad (17.05.04 al 31.12.06), se le

identifica responsabilidad administrativa, por no haber verificado en el periodo 2006 contar con informacion relacionada a los Costos Operativos vinculados al Programa del Vaso de Leche remitidos a la Contraloria General ­ CG consignados en los formatos de Informacion Mensual de Gastos e Ingresos del Programa del Vaso de Leche, ademas por no haberse evidenciado efectuado las conciliaciones de sus componentes previa a su inclusion en el Reporte de Ingresos y Egresos del Programa del Vaso de Leche del respectivo periodo fiscal, asi como el control previo y concurrente inherente a sus funciones. Que, asimismo, por haber soslayado sus funciones establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), aprobado con Ordenanza Municipal Nº 000017 de 27.10.03 (vigente hasta el 31.03.07), Art. 49º, incisos: b) "Producir informacion financiera sistematizada, integra, inexacta y confiable, aplicando los principios y normas de contabilidad gubernamental", y d) "Conciliar los saldos de cuentas, con el proposito de asegurar la concordancia de la informacion financiera con la situacion real". Que, asi como por haber inobservado el Art. 7º, numeral 6 de la Ley Nº 27815 Ley de Codigo de Etica de la Funcion Publica, aprobado el 13.08.02, senala: "Todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral (...)", y lo establecido en el literal e) del Art. 21º del Decreto Legislativo 276 " Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico" aprobado el 24.03.84, que senala como obligacion de los funcionarios: a) Cumplir personalmente y diligentemente los deberes que imponen el servicio publico, configurando dicha comision de falta disciplinaria prevista en los literales a) y b) del Art. 28º del acotado D. Leg. 276; son falta de caracter disciplinario: "El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento" y "La negligencia en el desempeno de sus funciones". OBSERVACION 04 DIFERENCIAS EN LAS ACTIVIDADES DEMONITOREO Y/O SUPERVISION EN LA FASE DE EMPADRONAMIENTO Y DISTRIBUCION DE INSUMOS A LOS BENEFICIARIOS EMPADRONADOS POR EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE FASE DE EMPADRONAMIENTO: De conformidad a la Informacion remitida a la Contraloria General de la Republica, a traves de los Formatos de Informacion Mensual de Gastos y Egresos del Programa del Vaso de Leche, en cumplimiento de la Directiva Nº 0102004-CG/EI, aprobada mediante Resolucion de Contraloria Nº 116-2004-CG por el periodo 2005 y 2006, asi como de la Informacion remitida al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica INEI3; se establecio la poblacion objetivo (BENEFICIARIOS EMPADRONADOS) del Programa del Vaso de Leche; Que, en ese contexto, y de la revision efectuada a los datos consignados en el PADRON DE BENEFICIARIOS, y la HOJA DE RETRIBUCION DE RECURSOS ALIMENTICIOS A LOS COMITES DE BASE, se establecieron discordancias entre las mismas, al resenarse individualmente por cada Comite Distrital, beneficiarios ATENDIDOS y NO ATENDIDOS; Principalmente, por no haberse efectuado labores de seleccion y depuracion de los datos consignados en el padron de Beneficiarios de conformidad a normas expresas por parte del Programa del Vaso de Leche; FASE DE DISTRIBUCION: De otro lado, conforme se desprende de las "ACTAS DE SUPERVISION A LOS COMITES DE BASES" realizadas a veintidos (22) Comites Distritales integrantes de la Organizacion de Bases, y que fueran suscrita por la Administradora del Programa del Vaso de Leche por el periodo 2005 (NOV ­ DIC) sin mayores obligaciones al respecto, se detonaron deficiencias en las ACTIVIDADES DE MONITOREO Y/O SUPERVISION en la fase de DISTRIBUCION de los insumos (Leche Evaporada y Hojuela enriquecida con cereales, minerales y vitaminas)

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.