Norma Legal Oficial del día 30 de Enero del año 2009 (30/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
del Despacho

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de enero de 2009

Designan Asesora Ministerial

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0087-2009-AG MORDAZA, 27 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, se ha visto por conveniente designar a una profesional que asuma las funciones de Asesora del Despacho Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, a la senora MORDAZA MORDAZA Carbonell MORDAZA como Asesora del Despacho Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 306567-1

la prevencion, el control o la erradicacion de plagas y enfermedades. Dichas medidas seran de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier titulo, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas que se trate; Que, el articulo 12° del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que los requisitos fito y zoosanitarios se publican en el Diario Oficial El Peruano y se notifican a la Organizacion Mundial del Comercio ­ OMC; Que, la Carta S/N° de fecha 09 de enero de 2009 (registro 939488), emitido por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos, en la cual remite la propuesta de los requisitos zoosanitarios para la exportacion al Peru de Embutidos y Productos Carnicos Cocidos de Cerdo"; Que, la Carta N° 51-2009-AG-SENASA-DSA-SCA de fecha 19 de enero de 2009 emitido por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, en la cual comunica al Departamento de Agricultura de los Estados Unidos que es factible aceptar la propuesta de los requisitos zoosanitarios para la importacion de Embutidos y Productos Carnicos Cocidos de Cerdo teniendo como origen y procedencia Estados Unidos; El Informe Nº 060-2009-AG-SENASA-SCA-DSA de fecha 27 de enero de 2009 en el cual recomienda se publiquen los requisitos zoosanitarios para la importacion de Embutidos y Productos Carnicos Cocidos de Cerdo, siendo su origen y procedencia Estados Unidos; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059 y el Decreto Supremo Nº 018-2008AG; y con la visacion del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Establecer los requisitos zoosanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de Embutidos y Productos Carnicos Cocidos de Cerdo, teniendo como origen y procedencia Estados Unidos, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Disponer la emision de los Permisos Zoosanitarios de Importacion a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3°.- El Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­SENASA, a traves de la Direccion de Sanidad Animal, podra adoptar las medidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HALZE MORDAZA Director General (e) Direccion de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria ANEXO REQUISITOS ZOOSANITARIOS PARA LA IMPORTACION DE EMBUTIDOS Y PRODUCTOS SIMILARES DE CARNE Y DESPOJOS DE CERDO PROCEDENTES DE ESTADOS UNIDOS Los productos de cerdo estaran amparados por un certificado zoosanitario, expedido por la Autoridad de Sanidad Animal de los Estados Unidos, en el que conste el cumplimiento de los siguientes requisitos: Que: 1. La carne fue derivada de animales que fueron nacidos, criados, cebados y faenados en los Estados Unidos de MORDAZA o fueron legalmente importados. 2. Los Estados Unidos de MORDAZA esta libre de FIEBRE AFTOSA, PESTE PORCINA CLASICA, ENFERMEDAD VESICULAR DEL CERDO y PESTE PORCINA AFRICANA. 3. La carne proviene de mataderos e instalaciones de procesamiento certificados por el gobierno federal, que operan bajo permanente supervision del Food Safety and Inspection Service (FSIS) y tienen implementado un Sistema HACCP.

Establecen requisitos zoosanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de Embutidos y Productos Carnicos Cocidos de Cerdo procedentes de EE.UU.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 07-2009-AG-SENASA-DSA La MORDAZA, 28 de enero de 2009 VISTOS: La Carta S/N° de fecha 09 de enero de 2009 (registro 939488), emitido por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos, en la cual remite la propuesta de los requisitos zoosanitarios para la exportacion al Peru de Embutidos y Productos Carnicos Cocidos de Cerdo"; La Carta N° 51-2009-AG-SENASA-DSA-SCA de fecha 19 de enero de 2009 emitido por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, en la cual comunica al Departamento de Agricultura de los Estados Unidos que es factible aceptar la propuesta de los requisitos zoosanitarios para la importacion de Embutidos y Productos Carnicos Cocidos de Cerdo teniendo como origen y procedencia Estados Unidos; El Informe Nº 060-2009-AG-SENASA-SCA-DSA de fecha 27 de enero de 2009 en el cual recomienda se publiquen los requisitos zoosanitarios para la importacion de Embutidos y Productos Carnicos Cocidos de Cerdo, siendo su origen y procedencia Estados Unidos; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059 Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, expresa que el ingreso al MORDAZA, como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca en el ambito de su competencia el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA; Que, asi tambien el articulo 9° de la referida MORDAZA establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA dictara las medidas fito y zoosanitarias para

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