Norma Legal Oficial del día 30 de Enero del año 2009 (30/01/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 66

389536
Pasajes aereos : US$ 671,42 Viaticos : US$ 660,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de enero de 2009

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario debera presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 307434-21

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de mantenimiento de ascensores MORDAZA Schindler
RESOLUCION MINISTERIAL N° 054-2009-EF/43 MORDAZA, 28 de enero de 2009 Vistos: los Informes Nºs. 007 -2009-EF/43.50 y 1432009-EF/60.01 de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, que sustentan la configuracion del supuesto de servicio que no admite sustituto, previsto en el inciso e) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y modificatorias para la contratacion del servicio de mantenimiento de los ascensores MORDAZA Schindler. CONSIDERANDO: Que, segun el inciso e) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004PCM, y modificatorias, estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen para la prestacion de servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor unico, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, asimismo, el articulo 144° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y modificatorias, senala que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que existe un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, conforme al Informe N° 007 -2009-EF/43.50 emitido por la Oficina General de Administracion, el servicio de mantenimiento de los ascensores MORDAZA Schindler deberia ser realizado por una empresa especializada, que tenga el respaldo tecnico y la garantia del suministro de stock de repuestos originales por parte del fabricante, planos electricos y mecanicos, a fin de evitar que los ascensores colapsen y exponer la seguridad de las personas que utilizan dichas instalaciones; Que, siendo necesario para el Ministerio de Economia y Finanzas contar con el servicio de mantenimiento

de los ascensores MORDAZA Schindler, se realizaron las indagaciones en el MORDAZA con el objeto de verificar y determinar que la empresa Ascensores Schindler del Peru S.A. es la unica que pueda prestar el mencionado servicio en los terminos expuestos en el considerando precedente; Que, como resultado de dicha verificacion se ha determinado que efectivamente la prestacion del servicio de mantenimiento de los ascensores MORDAZA Schindler solo es posible obtenerlo de la empresa Ascensores Schindler del Peru S.A.; que tiene la representacion en el MORDAZA de la MORDAZA Schindler para brindar el servicio de distribucion, instalacion, mantenimiento y reparacion de ascensores, realizando los trabajos con su propio personal especializado, con repuestos legitimos, y esquemas electricos y mecanicos, lo que queda plenamente acreditado con el Certificado de Exclusividad emitido por Schindler Elevator Ltd. de febrero de 2008; Que, en atencion a lo senalado en los considerandos precedentes, Ascensores Schindler del Peru S.A. es la unica empresa que esta en condiciones de garantizar al Ministerio de Economia y Finanzas un servicio de mantenimiento optimo y eficiente, asegurando la plena operatividad de los ascensores MORDAZA Schindler; Que, con la Resolucion Directoral N° 013-2009EF/43.01 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Economia y Finanzas, para el Ejercicio Fiscal correspondiente al ano 2009, en el cual se programo la contratacion del servicio de mantenimiento de los ascensores MORDAZA Schindler; Que, para tal efecto, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administracion, mediante Memorando N° 069 -2009-EF/43.60 certifico la existencia del credito presupuestario, por la fuente de financiamiento de recursos ordinarios, para efectuar la mencionada contratacion en el presente ejercicio; asimismo, senala que se preveran recursos para atender los gastos que demande la contratacion durante el ano fiscal 2010; Que, el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas se realizaran mediante acciones inmediatas y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego, y; De conformidad con la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar la contratacion del servicio de mantenimiento de los ascensores MORDAZA Schindler como servicio que no admite sustituto, de conformidad con lo dispuesto por el inciso e) articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004PCM y modificatorias. Articulo 2°.- Exonerar al Ministerio de Economia y Finanzas del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de mantenimiento de los ascensores MORDAZA Schindler, que brindara la empresa Ascensores Schindler del Peru S.A. Articulo 3°.- La contratacion a la que se refieren los articulos precedentes se realizara con cargo a la fuente de financiamiento 00 Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001 Administracion General del Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas, por un plazo de doce (12) meses y hasta por el importe de Sesenta y Cinco Mil Doscientos Cinco y 25/100 Nuevos Soles (S/. 65 205,25), incluyendo el Impuesto General a las Ventas. La realizacion de las acciones inmediatas correspondientes estara a cargo de un Comite Especial que seguira el procedimiento dispuesto por el articulo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y modificatorias. Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial y los Informes Nºs. 007-2009-EF/43.50 y 143-2009-EF/60.01 de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, seran remitidos a la Contraloria General de la Republica, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.