Norma Legal Oficial del día 04 de Febrero del año 2009 (04/02/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

390197

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 056-2009-VIVIENDA
MORDAZA, 3 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 919-2008VIVIENDA de fecha 13 de diciembre de 2008, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al ano fiscal 2009 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoria y Grupo Generico del Gasto; Que, el literal a) del articulo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del articulo 8 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es funcion general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, en el MORDAZA de la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, dispone que cuando la ejecucion de los proyectos de inversion se efectua mediante transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Empresas Publicas y Entidades Publicas, el documento que sustenta la transferencia financiera es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto, para lo cual previamente deberan suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras; asimismo, precisa que la transferencia financiera sera autorizada mediante Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web del Pliego; Que, con fecha 16 de noviembre de 2007 se suscribio el Convenio Especifico entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Patapo de la Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA (en adelante el Convenio Especifico), con el objeto de financiar la ejecucion del Proyecto "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y AMPLIACION DEL ALCANTARILLADO DEL, DISTRITO DE PATAPO - CHICLAYO ­ LAMBAYEQUE" con Codigo SNIP Nº 56268; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 588-2007VIVIENDA de fecha 16 de noviembre de 2007, se aprobo la transferencia financiera hasta por la suma de S/. 8 962 486,00 (Ocho Millones Novecientos Sesenta y Dos Mil Cuatrocientos Ochenta y Seis y 00/100 Nuevos Soles), en la fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Distrital de Patapo, para financiar la ejecucion del proyecto con Codigo SNIP Nº 56268, comprendido en el Convenio Especifico; Que, mediante Informe Tecnico Nº 004-2009/ VIVIENDA/VMCS/ PAPT-DE de fecha 14 de enero de 2009, la Direccion Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, informa que de la transferencia financiera aprobada por la Resolucion Ministerial Nº 588-2007-VIVIENDA, a favor de la Municipalidad Distrital de Patapo, para el financiamiento de la ejecucion del Proyecto con Codigo SNIP Nº 56268, solo se desembolso dentro del ejercicio presupuestario 2007 la suma de S/. 3 409 071,00, por lo que producto de la evaluacion tecnica (fisica y financiera) realizada, se recomienda la necesidad de aprobar una nueva transferencia financiera, con cargo al presente ejercicio presupuestal, para financiar la culminacion del citado

Proyecto, hasta por la suma de S/. 5 547 014,31 (Cinco Millones Quinientos Cuarenta y Siete Mil Catorce y 31/100 Nuevos Soles); Con la visacion de las Directoras Generales de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto, y de Asesoria Juridica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Municipalidad Distrital de Patapo, Provincia de Chiclayo del Departamento de MORDAZA, hasta por la suma de S/. 5 547 014,31 (Cinco Millones Quinientos Cuarenta y Siete Mil Catorce y 31/100 Nuevos Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la culminacion del Proyecto "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y AMPLIACION DEL ALCANTARILLADO DEL, DISTRITO DE PATAPO - CHICLAYO ­ LAMBAYEQUE" con Codigo de SNIP Nº 56268, detallado en el Anexo A, cuyo desembolso se efectuara conforme al cronograma establecido en el Anexo B, los que forman parte de la presente Resolucion. Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para financiar la culminacion del mencionado Proyecto, quedando la Municipalidad Distrital de Patapo, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto del ejercicio fiscal 2009 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3º.- De conformidad con el MORDAZA de la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, los desembolsos de la transferencia aprobada en el articulo 1 de la presente Resolucion, solo se efectivizaran luego que la Municipalidad Distrital de Patapo presente al Programa Agua Para Todos, el Contrato de Ejecucion de Estudios, Obra o Supervision del Proyecto, asi como las valorizaciones, informes de avance de ejecucion, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolucion podra ser modificado en funcion a los resultados de la ejecucion de la obras del Proyecto, asi como por factores externos no previsibles. La modificacion del cronograma de desembolsos debera contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, quien por parte del Ministerio queda autorizado para aprobar la modificacion del citado cronograma. Articulo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolucion se sujeta a los terminos y condiciones establecidos en el Convenio Especifico de fecha 16 de noviembre de 2007, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Patapo para el financiamiento del Proyecto. Articulo 5º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolucion, de la ejecucion del Convenio Especifico senalado en el articulo 4 de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Vivienda, Construccion y Saneamiento

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.