Norma Legal Oficial del día 11 de Febrero del año 2009 (11/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES
MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA

390601

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Acuerdo Nº 140-2008-GRA/CR-AREQUIPA.- Aceptan donacion de equipo medico a favor del Hospital Regional MORDAZA MORDAZA 390662 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA Ordenanza Nº 026-2008-GRSM/CR.Ordenanza N° 039-2007-GRSM/CR Modifican la 390663

D.A. Nº 001-ALC/MSI.Aprueban Cronograma de vencimientos del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales para el ejercicio 2009 390667 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVICIAL DE MORDAZA Fe de Erratas Ordenanza N° 031-2009-MPC Anexo - Ordenanza N° 001-2009-MPC MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA Acuerdo Nº 02-2009-MDS/A.- Declaran en situacion de emergencia la ejecucion de obras y la supervision de proyectos referentes a la infraestructura educativa del Centro Poblado Saltur 390669 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SALCABAMBA Acuerdo Nº 005-2009-MDS.- Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de terreno para el proyecto "Construccion de Estadio Ayaccocha" 390668 21.1 Del sujeto activo La expropiacion es requerida por el Gobierno Nacional a traves del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento o por el Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal (Cofopri) o los gobiernos locales a traves de las municipalidades provinciales correspondientes. La municipalidad provincial o el Cofopri, este ultimo durante el regimen extraordinario de formalizacion, actua como sujeto activo de la expropiacion. De los beneficiarios Para efectos de la presente Ley tienen la calidad de beneficiarios los ocupantes de las posesiones informales comprendidas en los terrenos materia de expropiacion. Restricciones El procedimiento de expropiacion procede siempre que no sea factible ejecutar un procedimiento de declaracion de propiedad por el ente a cargo de la formalizacion. En ningun caso se ejecutan procesos de expropiacion y formalizacion de terrenos ocupados por posesiones informales constituidas con posterioridad al 31 de diciembre de 2004. Del inicio del procedimiento de expropiacion El procedimiento de expropiacion se inicia con la publicacion de la ley autoritativa respectiva. El inicio del MORDAZA de expropiacion se anota preventivamente a solicitud del ente formalizador por el solo merito de la ley autoritativa y de los planos que se adjuntan para identificar el predio afectado. Del valor del predio La valorizacion del predio materia de expropiacion no incluye el valor de las edificaciones efectuadas por los poseedores, los servicios basicos de saneamiento, asi como las obras de infraestructura realizadas por el Estado en sus distintos niveles de 390667 390668

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE D.A. Nº 001.- Aprueban Manual de Organizacion y Funciones de la Municipalidad 390665 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Ordenanza Nº 182.- Aprueban Politica, Diagnostico, Plan de Accion y Agenda Ambiental Local del distrito y la politica de gestion del agua, alcantarillado y tratamiento de aguas servidas 390666 Ordenanza Nº 183.- Aprueban la creacion del Sistema Local de Gestion Ambiental de la Municipalidad y la Comision Ambiental de Chaclacayo 390666

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29320
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica; Ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

21.2

21.3

LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 21º DE LA LEY Nº 28687, LEY DE DESARROLLO Y COMPLEMENTARIA DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL, ACCESO AL SUELO Y DOTACION DE SERVICIOS BASICOS
Articulo 1º.- Modificacion del articulo 21º de la Ley Nº 28687 Modificase el articulo 21º de la Ley Nº 28687, Ley de desarrollo y complementaria de formalizacion de la propiedad informal, acceso al suelo y dotacion de servicios basicos, con el siguiente texto: "Articulo 21º.- De la expropiacion de los terrenos Declarase de necesidad publica, de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del articulo 96º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la expropiacion y posterior titulacion en beneficio de los pobladores de los terrenos ocupados por posesiones informales al 31 de diciembre de 2004. El procedimiento de expropiacion para estos fines se rige por las siguientes disposiciones: 21.4

21.5

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