Norma Legal Oficial del día 24 de Febrero del año 2009 (24/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, martes 24 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

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del Estado; a fin de darles celeridad, economia y eficacia dentro del MORDAZA de los principios y normas que las rigen; Que, es necesario establecer la dependencia responsable de realizar las actividades relativas a la gestion del abastecimiento, al MORDAZA de lo establecido en el articulo 5° del Reglamento del Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1017, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, y la Ley Nº 27657 ­ Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Delegar en la Secretaria General las facultades que, en materia de contratacion publica, de aprobar el Plan Anual de Contrataciones, de acuerdo a lo prescrito en el articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. Articulo 2°.- Delegar en el Director General de la Oficina General de Administracion de la Unidad Ejecutora N° 001Administracion Central, las facultades que, en materia de contratacion publica, se detallan a continuacion: a) Modificar y evaluar el Plan Anual de Contrataciones conforme a lo senalado en el articulo 9º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. b) Aprobar el MORDAZA de estandarizacion de bienes de acuerdo a lo prescrito en el articulo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. c) Cancelar los procesos de seleccion referidos a Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas, conforme a lo dispuesto en el articulo 79º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. d) Designar a los Comites Especiales de los procesos de seleccion referidos a Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicacion Directa, conforme a lo dispuesto en el articulo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008EF. e) Aprobar las Bases de los procesos de seleccion referidos a Licitaciones Publicas, Concursos Publicos, Adjudicacion Directa y de Menor Cuantia, conforme a lo dispuesto en el articulo 35º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. f) Conocer y resolver los recursos de apelacion que se interpongan al interior de los procesos de seleccion de Licitaciones Publicas, Concursos Publicos, Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantia, de acuerdo a lo establecido en el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. g) Aprobar los expedientes de contratacion de las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas, de acuerdo a lo establecido en el articulo 10º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. h) Autorizar el otorgamiento de la Buena Pro a propuestas que excedan el valor referencial hasta el limite de diez por ciento (10%), conforme a lo dispuesto en el articulo 76º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. Articulo 3°.- Delegar en el Director Ejecutivo de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion de la Unidad Ejecutora N° 001-Administracion Central, las facultades que, en materia de contratacion publica, se detallan a continuacion: a) Aprobar los expedientes de contratacion de los procesos de seleccion referidos a Adjudicaciones de Menor Cuantia, conforme a lo senalado en el articulo 10º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. b) Cancelar los procesos de seleccion referidos a Adjudicaciones de Menor Cuantia de acuerdo a lo dispuesto en articulo 79º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF.

c) Autorizar el otorgamiento de la Buena Pro de las Adjudicaciones de Menor Cuantia cuyas propuestas excedan el valor referencial hasta el limite de diez por ciento (10%), en observancia de lo dispuesto en el articulo 76º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. d) Disponer la ejecucion contractual de prestaciones adicionales o la reduccion de las mismas, en el caso de bienes y servicios, consultorias y consultorias de obras, de acuerdo a lo senalado en articulo 174º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. e) Aprobar las contrataciones complementarias, segun lo senalado en el articulo 182º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. f) Disponer la ampliacion de plazo de los contratos conforme a lo dispuesto en el articulo 175º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. g) Emitir las constancias de prestacion de acuerdo a las disposiciones senaladas en el articulo 178º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. h) Resolver los contratos, conforme a lo establecido en el articulo 44º de la Ley de Contrataciones, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y los articulos 167º, 168º y 169º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. Articulo 4°.- Establecer que la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion es la dependencia encargada de las contrataciones, asi como de las Adjudicaciones de Menor Cuantia que se efectuen en Unidad Ejecutora Nº 001-Administracion Central del MINSA. Articulo 5°.- Precisar que el Director Ejecutivo de la Oficina de Logistica es el funcionario competente para suscribir los contratos de la Unidad Ejecutora N° 001Administracion Central del Ministerio de Salud. Articulo 6°.- Deroguense todos los dispositivos internos que se opongan a la presente Resolucion.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Unica.- La presente delegacion de facultades sera tambien aplicable a los procesos convocados en el MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nºs. 083-2004-PCM y Nº 084-2004PCM, respectivamente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aceptan renuncia y designan Director de la Direccion de Supervision, Fiscalizacion y Sanciones de la Direccion General de Transporte Terrestre
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 155-2009 MTC/01
MORDAZA, 23 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 707-2008 MTC/02 se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Director de la Direccion de Supervision, Fiscalizacion y Sanciones de la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cargo al cual ha formulado renuncia;

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