Norma Legal Oficial del día 24 de Febrero del año 2009 (24/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 24 de febrero de 2009

de carga que ameritaria, ya que la actual Sala Penal Permanente se convierte en Sala de Apelaciones, no obstante ya existir como antecedente que en la provincia de Sullana-Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la Sala Penal con la que contaba ha sido convertida en Sala Penal Liquidadora. - Que, las depedencias judiciales a cargo de la tramitacion de procesos penales a la fecha, registran expedientes con reos ausentes y contumaces. - Los estandares minimos de carga procesal que ­ a consideracion de la suscrita - puede ser manejada por cada organo jurisdiccional penal, asciende a un promedio de 1,700 expedientes por dependencia liquidadora, asi como un MORDAZA de 2,000 procesos. Segundo.- Por otro lado, ademas de las disquisiciones efectuadas; con la facultad conferida por el articulo 138° - MORDAZA parrafo de nuestra Constitucion Politica, articulo 14° - primer parrafo de la Ley Organica del Poder Judicial, se reputa inaplicable, especificamente para el caso de Autos, el extremo del MORDAZA paragrafo del articulo 13.2 del decreto Legislativo 958, mediante el cual se faculta a este organo de gobierno, la posibilidad de proponer (no disponer) que los Jueces de Paz Letrado realicen la funcion de Juez de la Investigacion Preparatoria; pues ello compete a los Jueces Especializados Penales o Mixtos, teniendo en cuenta que las funciones de los Jueces de Paz Letrados ­ en materia penal - se circunscriben a la de conocer Procesos por Faltas, segun el articulo 30° del Codigo Procesal Penal, y demas materias previstas en los articulos 57° y 58° de la Ley Organica del Poder Judicial; siendo esto asi el asumir funciones jurisdiccionales correspondientes a su instancia superior, en grado de excepcionalidad, contraria el articulo 139° - inciso tercero, MORDAZA parrafo, parte pertinente de nuestra Carta Magna; razon por la cual se disiente en la decision contraria a lo MORDAZA expuesto; pues amerita honrar nuestro MORDAZA normativo constitucional y organizacional, beneficiandose con ello el servicio de la Administracion de Justicia. Tercero.- Que, estando a lo previsto por el articulo 82° - inciso 26 de la Ley Organica del Poder Judicial, es funcion de este Organo de Gobierno, el adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia; teniendo en cuenta que la potestad de administrar justicia conferida a los jueces, emana del pueblo y se ejerce a traves de sus organos jerarquicos con sujecion a la Constitucion y a las leyes. Por tales consideraciones, de conformidad a lo previsto en el articulo 82º, incisos - 24 y 26 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; MI MORDAZA es como sigue: 1. EN LO REFERENTE A LA PROVINCIA DE TUMBES; la cual cuenta en la actualidad con una Sala Superior Penal y 04 Juzgados Especializados en lo Penal, de los cuales uno es transitorio : - Crear la Sala Penal de Apelaciones - Convertir la Sala Especializada Penal, en Sala Penal Liquidadora. - Crear el MORDAZA Juzgado Penal Liquidador Transitorio. 2. EN LO REFERENTE A LA PROVINCIA DE ZARUMILLA; el cual tiene a la fecha 01 Juzgado Mixto y 01 Juzgado Penal Transitorio: - Crear el Juzgado Penal Unipersonal. 3. EN LO REFERENTE A LA PROVINCIA DE CONTRALMIRANTE VILLAR; el cual tiene a la fecha un Juzgado Mixto: - Crear el Juzgado de Investigacion Preparatoria. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA Consejera Consejo Ejecutivo del Poder Judicial MORDAZA MORDAZA MERA MORDAZA Secretario General

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen procedimiento a seguir en caso de impedimento, recusacion, inhibicion o discordia de uno o mas Vocales de la Sala Civil de Vacaciones en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 123-2009-P-CSJLI-PJ
MORDAZA, 20 de febrero del 2009 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 085-2009P-CSJLI/PJ, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, de conformidad con lo dispuesto por Resolucion Administrativa Nº 265-2008-CE-PJ, establecio los organos jurisdiccionales de emergencia que atenderan durante las vacaciones dispuestas para el mes de febrero del presente ano, designando entre estos, una Sala Civil, Familia, Laboral, y Sala Contencioso Administrativa; Que, en la tramitacion y resolucion de procesos en las MORDAZA Superiores, se presentan impedimentos, recusaciones, inhibiciones y/o discordias de los senores Vocales; por lo que resulta necesario dictar las medidas correspondientes en caso de presentarse dichas situaciones en las MORDAZA mencionadas durante el presente mes; con el fin de cautelar el debido MORDAZA que redunde en una pronta y eficiente administracion de justicia; Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del Art. 90 de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ESTABLECER que durante el mes de febrero del ano en curso, en caso de presentarse impedimento, recusacion, inhibicion o discordia de uno o mas Vocales de la Sala Civil de Vacaciones, el Presidente del Colegiado procedera a llamar al Vocal menos antiguo tal como se detalla a continuacion: - La Sala Civil de Vacaciones llamara al Vocal de la Sala Contencioso Administrativa de Vacaciones. - La Sala Laboral de Vacaciones llamara al Vocal de la Sala en lo Contencioso Administrativa de Vacaciones y viceversa. - La Sala de Familia de Vacaciones llamara al Vocal de la Sala Civil de Vacaciones. Articulo Segundo.- En caso que el Vocal a que se refiere el articulo primero no pudiera intervenir por abstencion, excusa o recusacion debidamente comprobada y aceptada, se procedera a llamar al magistrado de la Sala competente que precede en antiguedad al llamado por ley. Articulo Tercero.- Poner la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, OCMA, Fiscalia Superior Decana del Distrito Judicial de MORDAZA, MORDAZA Civil y de Familia de Vacaciones, ODICMA, Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Protocolo y Oficina de Prensa, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

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