Norma Legal Oficial del día 25 de Febrero del año 2009 (25/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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40, MORDAZA portatil, cuyo plazo se extendio por el periodo de dos anos, contados a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, en igual sentido la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C. obtuvo mediante Resolucion Directoral Nº 007-2007-MTC/16 de fecha 23 de enero de 2007, la primera renovacion de la homologacion del equipo para medicion de emisiones vehiculares: Analizador de Cuatro Gases para vehiculos de encendido por compresion que usan combustible gasolina, MORDAZA OPUS PRODOX AB, procedencia Suecia, Modelo OPUS 40, MORDAZA portatil, cuyo plazo se extendio por el periodo de dos anos, contados a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, de los Informes Nº 005-2009-MTC/16.CIM y Nº 056-2009-MTC/16.01 se desprende que la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C. ha cumplido con presentar adjunto a su solicitud de renovacion, la declaracion jurada exigida en la que consta que el solicitante mantiene su condicion de fabricante o representante autorizado y que el equipo no ha sufrido modificacion de las caracteristicas tecnicas con las cuales fue homologado, cumpliendo lo exigido por el articulo 12º del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC; De conformidad con la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Nº 27791, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC y Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR la renovacion de la vigencia de homologacion del equipo para medicion de emisiones vehiculares: Analizador de Cuatro Gases para vehiculos de encendido por compresion que usan combustible gasolina, MORDAZA OPUS PRODOX AB, procedencia Suecia, Modelo OPUS 40, MORDAZA portatil, con Ficha Nº 007-G, Codigo de Homologacion G(R)-007-2004-DGASA-MTC, a favor de la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C. Esta aprobacion tendra una vigencia de dos (02) anos, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2°.- MANTENGASE, a favor de la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C., la vigencia del Certificado Nº 011 correspondiente al Codigo de Homologacion Nº G(R)-007-2004-DGASA-MTC, el mismo que tendra una vigencia por un periodo de dos (02) anos contados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3°.- PUBLICAR en el Diario Oficial El Peruano la presente Resolucion Directoral, cuyo costo, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC, debera correr por cuenta de la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C. Articulo 4º.- El uso de los equipos homologados para el control oficial de los limites maximos permisibles, requerira de la previa autorizacion de uso, emitida por esta Direccion General, de conformidad con los articulos 15º y siguientes del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC. Articulo 5º.- El titular esta obligado a comunicar los cambios o modificaciones que puedan sufrir los presentes modelos de equipos en su conformacion o funcionamiento, asi como en la informacion presentada para esta aprobacion, pudiendo ser revocada conforme a Ley. Comuniquese, registrese y publiquese. MORDAZA NACCARATO DE DEL MASTRO Directora General Direccion General de Asuntos Socio Ambientales 315221-1

Los Partes Diarios registrados con Nros. 122446, 142859 y 002069, de fechas 30 de octubre del 2008; 15 de diciembre del 2008 y 7 de enero del 2009 respectivamente, presentados por la empresa DR GAS S.A.C., mediante los cuales solicita autorizacion como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15, sobre "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV", establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Natural es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 048-2009-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante los Partes Diarios Nros. 122446, 142859 y 002069, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa DR GAS S.A.C. como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV, para la instalacion del kit de conversion correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; el Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 0012005-MTC/15 que aprueba el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa DR GAS S.A.C. como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para la instalacion del kit de conversion correspondiente, en el local ubicado en Avenida MORDAZA MORDAZA Manzana A, Lote 10, Urbanizacion San MORDAZA de Garagay, Distrito de San MORDAZA de Porres, Provincia y Departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La empresa DR GAS S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 23 de octubre del 2009 23 de octubre del 2010 23 de octubre del 2011 23 de octubre del 2012 23 de octubre del 2013

Autorizan a DR GAS S.A.C. como taller de conversion a gas natural vehicular - GNV en local ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 306-2009-MTC/15 MORDAZA, 22 de enero de 2009

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion.

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