Norma Legal Oficial del día 25 de Febrero del año 2009 (25/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de febrero de 2009

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Imponen a Maga Contratistas Generales S.R.L. sancion de inhabilitacion temporal en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 498-2009-TC-S3 Sumilla: Es pasible de sancion el proveedor que presenta documentos falsos en los procedimientos a cargo del Registro Nacional de Proveedores, entendiendose por tales aquellos que no hayan sido expedidos por su emisor o que, siendo validamente emitidos, hayan sido adulterados en su forma o contenido, independientemente de quien MORDAZA sido su autor o de las circunstancias que condujeron a su falsificacion. MORDAZA, 17 de febrero de 2009 Visto en sesion de fecha 10 de febrero de 2009 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente 2562/2007.TC referido al procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa MAGA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., por su supuesta responsabilidad en presentar documentos falsos o informacion inexacta en los procedimientos seguidos ante el Registro Nacional de Proveedores; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES 1. El 15 de MORDAZA de 2006, la empresa MAGA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., en adelante el Ejecutor, solicito la inscripcion como ejecutor de obras ante el Registro Nacional de Proveedores. Dicha inscripcion fue aprobada mediante Resolucion de Subgerencia 04982006-CONSUCODE/GRNP-SOR de fecha 15 de junio de 2006, otorgandole la capacidad MORDAZA de contratacion de 750,000.00 (Setecientos cincuenta mil nuevos soles), con vigencia hasta el 15 de junio de 2007. 2. Mediante Oficio 096-2007-CONSUCODE-SRNP de fecha 23 de MORDAZA de 2007, recibida el 28 de MORDAZA de 2007, la

Subdireccion del Registro Nacional de Proveedores, en adelante el RNP, solicito a la Municipalidad Provincial de Huancayo que informara si la Licencia Municipal de Funcionamiento expedida con fecha 5 de MORDAZA de 2006 pertenecia al Ejecutor, debiendo senalar en forma expresa si los datos consignados en dicha licencia son conformes a sus registros1. 3. Mediante Oficio 486-2007-MPH/GDEyT de fecha 11 de junio de 2007, recibido el 13 del mismo mes y ano, la Municipalidad Provincial de Huancayo informo que el contenido de la MORDAZA remitida habia sido modificada en lo que respecta a la razon social, pues la mencionada licencia provisional fue otorgada a la empresa "EMP. Constructora MAGA S.R.L." 4. Mediante Resolucion 383-2007-CONSUCODE/ PRE de fecha 20 de MORDAZA de 2007, la Presidencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones resolvio disponer el inicio de las acciones legales via MORDAZA contencioso administrativo, a fin que en sede judicial se declare la nulidad de la Resolucion de Subgerencia 4982006-CONSUCODE/GRNP-SOR de fecha 15 de junio de 2006 que aprobo la de inscripcion como Ejecutor de Obras en el Registro Nacional de Proveedores. Adicionalmente, la mencionada Resolucion dispone el inicio de acciones legales contra el representante legal del Ejecutor, y contra aquellos que resulten responsables, por la presunta comision del delito contra la funcion jurisdiccional (falsa declaracion en procedimiento administrativo) en agravio de CONSUCODE. 5. Mediante Memorando 222-2007/SRNP-LSN de fecha 4 de setiembre de 2007, recibida el 6 del mismo mes y ano, el RNP comunico al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante el Tribunal, que el Ejecutor durante su tramite de inscripcion como Ejecutor de Obras seguido ante el RNP, habia incurrido en la infraccion tipificada en el numeral 10) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento. 6. Mediante decreto de fecha 11 de setiembre de 2007, notificado mediante publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" el 28 de marzo de 20082, se dispuso el inicio del procedimiento administrativo sancionador contra el Ejecutor por su supuesta responsabilidad en la MORDAZA de documentos falsos o informacion inexacta en los procedimientos seguidos ante el Registro Nacional de Proveedores, otorgandole el plazo de diez (10) dias para presentar los descargos respectivos, bajo apercibimiento de resolver con la documentacion obrante en autos. 7. El 11 de MORDAZA de 2008 vencio el plazo del Ejecutor, sin embargo no cumplio con presentar sus descargos por lo que mediante decreto de fecha 16 de MORDAZA de 2008 se

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Oficial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 5.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos.

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