Norma Legal Oficial del día 25 de Febrero del año 2009 (25/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

391425

dispuso remitir el presente expediente a la Tercera Sala del Tribunal a fin que emita que resolviera. FUNDAMENTACION 1. El presente caso esta referido a la supuesta responsabilidad de la empresa J.P.C. Ingenieros E.I.R.L. por presentar documentacion falsa o informacion inexacta en los procedimientos seguidos ante el RNP, infraccion tipificada en el numeral 10) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento, MORDAZA vigente durante la ocurrencia de los hechos imputados. 2. En atencion a los criterios recogidos por el Tribunal en anteriores oportunidades, para que la infraccion imputada se configure constituye merito suficiente acreditar la falsedad del documento presentado o la inexactitud de la declaracion formulada, independientemente de quien MORDAZA sido su autor o de las circunstancias que hayan conducido a su falsificacion o inexactitud, en salvaguarda del MORDAZA de moralidad que debe regir las contrataciones estatales3 y que, a su vez, forma parte del bien juridico tutelado de la fe publica. Asimismo, es objeto de proteccion de la MORDAZA MORDAZA citada el MORDAZA de presuncion de veracidad, por el cual se presume que los documentos y declaraciones formuladas por los administrados en la tramitacion de procedimientos administrativos responden a la verdad de los hechos que ellos afirman, salvo prueba en contrario4. 3. La falsedad de un documento puede plasmarse de dos maneras: la primera de ellas supone que el documento cuestionado no MORDAZA sido expedido por su emisor, mientras que la MORDAZA implica que, aun cuando el documento MORDAZA sido validamente expedido, este MORDAZA sido posteriormente adulterado en su contenido. Por su parte, el supuesto sobre inexactitud de documentos se refiere a aquellas manifestaciones o informaciones proporcionadas por los administrados que constituyan una forma de falseamiento de la realidad, es decir, que contengan datos discordantes con el plano factico y que no se ajusten a la verdad. 4. En el caso que nos ocupa, la imputacion contra el Ejecutor se refiere a la MORDAZA de una MORDAZA de la solicitud de Licencia Municipal de Funcionamiento Provisional de la Municipalidad Provincial de Huancayo, la cual seria falsa. 5. En el caso que nos ocupa, la imputacion contra el Ejecutor se refiere a la MORDAZA de la MORDAZA de la solicitud de Licencia Municipal de Funcionamiento Provincial de fecha 5 de MORDAZA de 2006, en la cual se senalo que la Licencia Provisional de Funcionamiento correspondia a la empresa

MAGA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. El referido documento, cabe precisar, fue presentado por el Ejecutor como parte de la documentacion requerida para la inscripcion como Ejecutor de Obras ante el Registro Nacional de Proveedores. 6. En tal sentido, se aprecia que la determinacion de la veracidad de los documentos cuestionados se enmarca dentro de la MORDAZA forma de falsedad anotada en el numeral 3 de la presente Fundamentacion (documento que fue validamente expedido, sin embargo ha sido posteriormente adulterado en su contenido), en razon de que no se ha puesto en tela de juicio su expedicion, sino que la falsificacion radicaria en la adulteracion del documento luego de haber sido expedido. 7. Al respecto, debe tenerse en cuenta que, para la configuracion de la infraccion imputada, basta acreditar que la documentacion falsa o inexacta fue efectivamente presentada, independientemente de las circunstancias que conllevaron a su inexactitud o falsedad. Asimismo, cabe senalar que, en salvaguarda del MORDAZA de presuncion de veracidad, el Ejecutor se encontraba en la obligacion, de manera previa, de verificar que toda la documentacion e informacion a presentar ante el RNP se ajustara a la realidad pues, conforme al articulo 42 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, todas las declaraciones juradas, los documentos sucedaneos presentados y la informacion incluida en los escritos y formularios que presenten los administrados para la realizacion de procedimientos administrativos, se presumen verificados por quien hace uso de ellos. 8. De la revision de la documentacion obrante en autos se aprecia MORDAZA de la solicitud de Licencia Municipal de Funcionamiento Provisional de fecha 5 de MORDAZA de 2006, presentada por el Ejecutor, en la cual indico lo siguiente:

1

2

3

4

Conforme con lo dispuesto en el articulo 32 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley 27444, la Gerencia del Registro Nacional de Proveedores (hoy Subdireccion del Registro Nacional de Proveedores) dispuso iniciar la fiscalizacion posterior a la documentacion presentada por la empresa J.P.C. Ingenieros E.I.R.L. La Cedula de Notificacion 27062/2007.TC que comunicaba al Ejecutor el decreto de fecha 11 de setiembre de 2007, fue devuelta a la Secretaria del Tribunal pues en el domicilio senalado por el RNP, era incorrecto, por lo que mediante decreto de fecha 3 de diciembre de 2007 se dispuso publicar en el Diario Oficial "El Peruano" el decreto de fecha 11 de setiembre de 2007, a fin que el Ejecutor pueda ejercer su derecho de defensa. Por el MORDAZA de moralidad, consagrado en el numeral 1 del articulo 3 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo 083-2004-PCM), los actos referidos a las contrataciones y adquisiciones deben caracterizarse por la honradez, veracidad, intangibilidad, justicia y probidad. Numeral 1.7 del Articulo IV del Titulo Preliminar y articulo 42 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SOLICITUD ­ LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL

Fecha de expedicion Fecha de Caducidad

05-05-2006 04-05-2007

Nº 06664
PROCEDIMIENTO AUTOMATICO (FORMATO A) DATOS DEL CONTRIBUYENTE: APELLIDOS Y NOMBRES Y/O RAZON SOCIAL MAGA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. DOMICILIO FISCAL: JR./ MORDAZA / PSJE / AVENIDA/ PROL. MORDAZA 586 UBICACION DEL ESTABLECIMIENTO OBJETO DE LA AUTORIZACION JR./ MORDAZA / PSJE / AVENIDA/ PROL. NUMERO INTERIOR MORDAZA DATOS RELATIVOS A LA ACTIVIDAD: GIROS DEL NEGOCIO: EMP. CONSTRUCTORA Y VENTA DE CELULARES
ACTIVIDAD: (Marcar CON X)
COMERCIAL X INDUSTRIAL SERVICIOS

R.U.C. 20486424118

Nº, MZA, LOTE, DPTO

DISTRITO HUANCAYO

Nº PISO

OFICINA

586

PERSONA (Marcar con X)
PERSONA NATURAL PERSONA JURIDICA X

TRABAJDORES Y MORDAZA DE EMPRESA:
TOTAL DE TRABAJADORES Nº MICRO EMPRESA (01 A 10 TRABAJADORES) PEQUENA EMPRESA (11 A 40 TRABAJADORES)

X

(...)
FIRMA: _____________________________ DOC. IDENTIDAD: . 20025248 . APELLIDOS Y NOMBRES: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA .

HUANCAYO 05 DE MORDAZA DE 2006

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