Norma Legal Oficial del día 05 de Julio del año 2009 (05/07/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

398629

Vista, la Carta Num. 430-GG.RI/2009 del Gerente General del Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; y, CONSIDERANDO: Que, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ha convocado al Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL a participar en la MORDAZA Ronda de Negociacion para un Acuerdo de Asociacion Economica (EPA) entre Peru y Japon, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Tokio, Japon, del 6 al 10 de MORDAZA de 2009; Que, es relevante la intervencion del OSIPTEL en el citado evento en la medida que constituye un apoyo al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo en las negociaciones correspondientes a Telecomunicaciones, Politicas de Competencia y Comercio Electronico, las cuales se llevaran a cabo los dias 8, 9 y 10 de julio; Que, los gastos de pasajes, viaticos y tarifa unica por uso de aeropuerto seran cubiertos por el OSIPTEL; De conformidad con lo establecido por la Ley Num. 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos del Poder Ejecutivo; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Num. 047-2002-PCM; la Ley Num. 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2009; y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Num. 063-2007-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Talavera MORDAZA, funcionario de la Gerencia de Politicas Regulatorias del Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la MORDAZA de Tokio, Japon, del 6 al 11 de MORDAZA de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion se efectuaran con cargo al presupuesto del OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ Pasaje aereo US$ Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US$ 1 300,00 2 320,97 30,25

AGRICULTURA
Aprueban volumen adicional de MORDAZA de titularidad de la Comunidad MORDAZA El MORDAZA como parte integrante del cupo nacional de exportacion de MORDAZA de la especie caoba para el ano 2009
RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL Nº 007-2009-AG-DGFFS MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Informe Nº 728-2009-AG-DGFFS-DGEFFS de fecha 11 de junio de 2009, emitido por la Direccion de Gestion Forestal y de Fauna MORDAZA de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, por el que se recomienda incorporar al cupo nacional de exportacion de MORDAZA de la especie caoba "Swietenia macrophylla" para el ano 2009, el volumen de ciento sesenta y nueve con 22/1000 metros cubicos (169.022 m3) rollizos procedentes de ramas de la citada especie provenientes del plan operativo anual Nº 2 a la Comunidad MORDAZA El MORDAZA, titular del permiso para el aprovechamiento de productos forestales con fines industriales y/o comerciales Nº 25-PUC/P-MAD-A009-07; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 21080 del 21 de enero de 1975, el Peru aprobo la suscripcion de la Convencion para el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y MORDAZA MORDAZA ­ CITES, cuyo objetivo principal es la conservacion y utilizacion sostenible de las especies de fauna y MORDAZA MORDAZA incluidas en los Apendices de dicha convencion contra su explotacion excesiva a traves del comercio internacional; Que, el articulo 12º del Reglamento para la Implementacion de la Convencion sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y MORDAZA MORDAZA (CITES) en el Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2005-AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 01-2008-MINAM, establece que el Ministerio de Agricultura es la Autoridad Administrativa CITES - Peru para los especimenes de las especies de fauna y MORDAZA silvestres incluidos en los Apendices I, II o III de la Convencion, que se reproducen en tierra incluyendo toda la clase anfibia y la MORDAZA acuatica emergente; Que, el literal m) del articulo 58º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, establece que la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA tiene como funcion ejercer la Autoridad Administrativa de la Convencion sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y MORDAZA Silvestres ­ CITES; Que, mediante Resolucion de Direccion General Nº 02-2009-AG-DGFFS, publicada el 14 de MORDAZA de 2009 se aprobo el cupo nacional de exportacion de MORDAZA de la especie caoba (Swietenia macrophylla), el cual fue establecido en ochocientos cincuenta y un (851) arboles provenientes de los planes operativos anuales detallados en el Anexo Nº 1 de la citada Resolucion; Que, el articulo 3º de la acotada Resolucion senala que la incorporacion al antedicho cupo nacional de exportacion del volumen de ramas se aprobara mediante Resolucion emitida por la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, previa inspeccion ocular efectuada por la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA competente;

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar a su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 368576-5

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.