Norma Legal Oficial del día 07 de Julio del año 2009 (07/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 7 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

398701

de Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - Agro Rural

368888-2

DEFENSA
Designan Director del Consejo Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial, en representacion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 613-2009-DE/SG
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2009 Vista la Carta N° 067-2009/CPMD-PCD de fecha 03 de junio de 2009 del Presidente del Consejo Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial: CONSIDERANDO: Que, el articulo 12° del Decreto Ley N° 21021, Ley de creacion de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial, modificado por la Ley N° 28541 y Ley N° 28962, establece que la direccion de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial esta a cargo del Consejo Directivo, el mismo que se conforma, entre otros, por tres directores designados por el Ministerio de Defensa; Que, el articulo 13° de la MORDAZA precitada dispone que los Directores del Consejo Directivo son nombrados por Resolucion Ministerial y ejercen su mandato por un periodo de dos (02) anos prorrogables por una sola vez y por el mismo plazo; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 504-2007 DE/ SG de fecha 06 de MORDAZA de 2007, se designo al Contralmirante (r) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nieri como Director del Consejo Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial, en representacion del Ministerio de Defensa; Que, al concluir su mandato el 6 de MORDAZA del 2009 resulta necesario designar a su reemplazante para el periodo 2009-2011, de acuerdo a ley; De conformidad con la Ley N° 29075, Ley que establece la naturaleza juridica, funcion, competencias y estructura organica basica del Ministerio de Defensa; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2008-DE; el Decreto Ley N° 21021, Ley de creacion de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial, modificado por Ley N° 28541 y Ley N° 28962; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar las MORDAZA al Contralmirante (r) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nieri, por los importante servicios prestados como Director del Consejo Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial hasta el 06 de MORDAZA de 2009. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Arizmendi Echecopar como Director del Consejo Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial, en representacion del Ministerio de Defensa para el periodo 2009-2011, a partir del 07 del MORDAZA de 2009. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28802, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, es la mas alta autoridad tecnico normativa del Sistema Nacional de Inversion Publica; dicta las normas tecnicas, metodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversion Publica; Que, el Decreto Legislativo Nº 1091, Decreto Legislativo que promueve los servicios especializados en elaboracion de estudios de Preinversion y evaluacion de Proyectos de Inversion Publica y que modifica la Ley Nº 27293, dispone que la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico en su calidad de autoridad tecnico normativa del Sistema Nacional de Inversion Publica, esta a cargo del Registro de Especialistas en Proyectos de Inversion Publica; Que, la Unica Disposicion Complementaria Final del citado Decreto Legislativo, establece que el Ministerio de Economia y Finanzas dicta, de ser necesario, a traves de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, las disposiciones para la implementacion de este Decreto Legislativo; En concordancia con las facultades dispuestas por la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, modificada por las Leyes Nº 28522 y 28802 y por los Decretos Legislativos N°s. 1005 y 1091, normas reglamentarias y complementarias, la Resolucion Ministerial Nº 158-2001EF/15 y la Resolucion Ministerial Nº 052-2009-EF/43; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de la Directiva Aprobar la Directiva Nº 002-2009-EF/68.01, Directiva que establece los requisitos y procedimientos para la acreditacion en el Registro de Especialistas en Proyectos de Inversion Publica (REPIP), la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Vigencia 2.1 La presente Directiva entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. 2.2 El Registro de Especialistas en Proyectos de Inversion Publica (REPIP) entrara en funcionamiento el dia de la entrada en vigencia de la Directiva a que se refiere el numeral precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico Directiva Nº 002-2009-EF/68.01 Directiva que establece los Requisitos y Procedimientos para la Acreditacion en el Registro de Especialistas en Proyectos de Inversion Publica (REPIP) Articulo 1º.- Objeto. La presente Directiva tiene por objeto establecer los requisitos y procedimientos para la inscripcion y el funcionamiento del Registro de Especialistas en Proyectos de Inversion Publica del Sistema Nacional de Inversion Publica. Articulo 2º.- Base Legal. 2.1 Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, modificada por las Leyes Nos. 28522 y 28802 y, por los Decretos Legislativos Nos. 1005 y 1091. 2.2 Decreto Legislativo 1091, Decreto Legislativo que promueve los servicios especializados en elaboracion de estudios de preinversion y evaluacion de proyectos de inversion publica, y que modifica la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica. 2.3 Resolucion Ministerial Nº 158-2001-EF/15, que modifico el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 3º.- Definiciones. Para efectos de la aplicacion de la presente Directiva, se deben tener en cuenta las siguientes definiciones:

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ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Directiva que establece los requisitos y procedimientos para la acreditacion en el Registro de Especialistas en Proyectos de Inversion Publica (REPIP)
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 005-2009-EF/68.01
MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2009

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