Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2009 (08/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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de los distritos de Mollendo y Cocachacra, de la provincia de Islay, del departamento de Arequipa; y del distrito de Uchumayo, de la provincia y departamento de Arequipa; Que, la Clausula Decimo Sexta del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 8142002-MTC/03, establece que las partes podran acordar, por escrito, la modificacion o cambio del mencionado contrato sujetandose a las leyes y reglamentos vigentes; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, modificado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007MTC/01, dispone que el procedimiento de modificacion de la concesion para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones que no requieren de asignacion de espectro radioelectrico, es un procedimiento de evaluacion previa con silencio positivo que debe ser tramitado en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles; Que, la Oficina General de Asesoria Juridica de este Ministerio ha emitido opinion mediante Memorando Nº 802-2008-MTC/08, en el sentido de que las solicitudes que versan sobre modificaciones del area de concesion deben ser resueltas por el Director General de Concesiones en Comunicaciones, de acuerdo al procedimiento mencionado en el parrafo precedente; Que, mediante Informe Nº 669-2009-MTC/27, esta Direccion General concluye modificar el contrato de concesion otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 814-2002-MTC/03 y sus modificatorias Resoluciones Ministeriales N°s. 554-2005-MTC/03 y 448-2007-MTC/03 y Resolucion Directoral Nº 039-2009-MTC/27, a fin de ampliar el area de concesion a nivel nacional a excepcion de los distritos de Mollendo y Cocachacra, de la provincia de Islay, del departamento de MORDAZA y el distrito de Uchumayo, de la provincia y departamento de MORDAZA, modificandose los Anexos 1 y 2 del contrato de concesion; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y sus modificatorias; el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el area de concesion otorgada a favor de la empresa CORPORACION GLOBAL DE TELECOMUNICACIONES S.A.C. mediante Resolucion Ministerial Nº 814-2002-MTC/03, modificada por las Resoluciones Ministeriales N°s. 554-2005-MTC/03, 448-2007-MTC/03 y Resolucion Directoral Nº 039-2009MTC/27; incluyendo todo el territorio de la Republica del Peru con excepcion de la provincia de MORDAZA, la Provincia Constitucional del Callao, los distritos de Mollendo y Cocachacra de la provincia de Islay, del departamento de MORDAZA, y el distrito de Uchumayo de la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; conforme al Anexo 1 de la Adenda a aprobarse por la presente resolucion, el cual reemplaza al Anexo 1 del contrato de concesion aprobado y modificado por las resoluciones MORDAZA citadas. Articulo 2º.- Aprobar el Plan de Cobertura, correspondiente al area ampliada que se refiere el articulo precedente, conforme al Anexo 2 de la Adenda a aprobarse por la presente Resolucion, el cual reemplaza al Anexo 2 del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 814-2002-MTC/03, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 554-2005-MTC/03 y 448-2007-MTC/03, y Resolucion Directoral Nº 039-2009-MTC/27. Articulo 3º.- Aprobar la modificacion del primer parrafo del numeral 3.02, el literal d) del numeral 3.04 de la Clausula Tercera y el numeral 6.02 de la Clausula Sexta del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 814-2002-MTC/03, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 554-2005-MTC/03 y 448-2007-MTC/03, y Resolucion Directoral Nº 039-2009-MTC/27. Articulo 4º.- Aprobar la Adenda por la cual se formaliza la ampliacion del area de concesion, la aprobacion del correspondiente Plan Minimo de Expansion y la

modificacion del primer parrafo del numeral 3.02 y el literal d) del numeral 3.04 de la Clausula Tercera y el numeral 6.02 de la Clausula Sexta, asi como la sustitucion de los Anexos 1 y 2 del Contrato de Concesion aprobados por Resolucion Ministerial Nº 814-2002-MTC/03, modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 554-2005-MTC/03 y 448-2007-MTC/03, y Resolucion Directoral Nº 039-2009MTC/27. Articulo 5º.- La presente resolucion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda no es suscrita por la empresa CORPORACION GLOBAL DE TELECOMUNICACIONES S.A.C. en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VELASQUEZ-LOPEZ Director General de Concesiones en Comunicaciones

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ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Aprueban expediente tecnico del sector cementerio del sitio arqueologico Chancayllo, ubicado en la provincia de Huaral
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 905/INC
MORDAZA, 23 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 417/ INC, de fecha 30 de marzo del 2005, se declara patrimonio cultural de la Nacion al sitio arqueologico Chancayllo, ubicado en el distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima; Que, mediante Acuerdo Nº 0193, de fecha 3 de marzo de 2006, de la sesion 07 de la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, se acordo, entre otros, recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura la aprobacion de los expedientes tecnicos del sector cementerio del sitio arqueologico Chancayllo (conformado por los sectores A y B), ubicado en el distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de MORDAZA, declarado patrimonio cultural de la Nacion, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 417/INC, de fecha 30 de marzo de 2005; Que, mediante Memorandum Nº 251-2008-DREPH/ DA/INC, de fecha 14 de febrero de 2008, la Direccion de Arqueologia remite el Acuerdo Nº 0193, de fecha 3 de marzo de 2006, de la sesion 07 de la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, indicando que se debe incluir el MORDAZA de coordenadas UTM y Datum; Que, mediante Informe Nº 547-2008-SDIC-DA-DREPH/ INC, de fecha 3 de MORDAZA de 2008, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia,

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