Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2009 (08/07/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

398739

obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueologicos prehispanicos declarados patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Remitase MORDAZA fedateada de la presente resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese.

referido a la direccion del inmueble declarado Monumento, ubicado en el distrito y provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, conforme a la Partida Registral Nº 02026089 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Huancayo, la misma que queda como a continuacion se indica: · Dice: MORDAZA MORDAZA Nº 476; Debe decir: MORDAZA MORDAZA Nº 473, 481.

MORDAZA UGAZ MORDAZA Encargado de la Direccion Nacional Instituto Nacional de Cultura

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA UGAZ MORDAZA Encargado de la Direccion Nacional

368728-2

Rectifican R.J. Nº 509 en el extremo referido a la direccion de inmueble declarado Monumento, ubicado en la provincia de Huancayo
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 938/INC
MORDAZA, 23 de junio de 2009 Visto el Informe Nº 042-2009-DAB-SDR-DPHCR/INC; y, CONSIDERANDO: Que, se trata de la declaracion de Monumento mediante Resolucion Jefatural Nº 509 de fecha 01 de septiembre de 1988, del inmueble signado como MORDAZA MORDAZA Nº 476, distrito y provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, emplazado en la MORDAZA Monumental de Huancayo, declarada mediante Resolucion Jefatural Nº 009 de fecha 12 de enero de 1989, modificada por Resolucion Directoral Nacional Nº 1458/INC del 12 de diciembre de 2000; Que, mediante el documento del visto, la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano indica que se ha detectado un error material en la Resolucion Jefatural Nº 509 en relacion a la direccion del citado inmueble, manifestando que de acuerdo a Partida Registral Nº 02026089 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Huancayo, Region "Andres MORDAZA Caceres", le corresponde la numeracion 473, 481 del Jr. Arequipa; Que, el articulo 13º del Decreto Ley Nº 25762 "Ley Organica del Ministerio de Educacion", senala que el Instituto Nacional de Cultura es el organo que tiene por finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el MORDAZA de la cultura, normar, supervisar y evaluar la politica cultural del MORDAZA y administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion; Que, el articulo 201º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" senala que los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, de conformidad con lo previsto en los articulos III y VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura es el organo con competencia y atribuciones para declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los inmuebles de importancia historica y artistica; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano y de la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; SE RESUELVE: Articulo Unico.- RECTIFICAR la Resolucion Jefatural Nº 509 de fecha 01 de septiembre de 1988, en el extremo

368728-3

Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a la festividad de la Virgen MORDAZA de Langui, de la provincia de Canas, Region MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 955/INC
MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2009 Visto, el Informe Nº 066-2009-DRECPC/INC de fecha 12 de junio de 2009, emitido por la Direccion de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo; CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru, senala que es funcion del Estado la proteccion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, el inciso 1 del articulo 2º de la Convencion para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, establece que "se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y tecnicas ­junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes ­ que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se transmite de generacion en generacion es recreado constantemente por las comunidades y grupos en funcion de su entorno, su interaccion con la naturaleza y su historia, infundiendoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo asi a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana"; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, dispone que el Instituto Nacional de Cultura, esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, el numeral 2) del articulo 1º del Titulo I de la citada Ley establece que integran el patrimonio cultural de la Nacion las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresion de la identidad cultural y social, ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autoctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 1207/ INC, de fecha 10 de noviembre de 2004, se aprobo la Directiva Nº 002-2004-INC, "Reconocimiento y declaratorias de las manifestaciones culturales vigentes como patrimonio cultural"; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la Ley, y con la participacion activa de la comunidad, realizar una permanente identificacion de dichas manifestaciones tradicionales del MORDAZA que deben ser declaradas patrimonio cultural de la Nacion; Que, mediante el documento del visto la Direccion de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo solicita la declaracion de la festividad de la Virgen MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.