Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2009 (08/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

398741

Rectifican R.M. Nº 0928-80-ED en el extremo referido a la direccion de inmueble declarado Monumento ubicado en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 961/INC
MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2009 Visto el Informe Nº 044-2009-DAB-SDR-DPHCR/INC, y; CONSIDERANDO: Que, se trata de la declaracion de Monumento mediante Resolucion Ministerial Nº 0928-80-ED de fecha 23 de MORDAZA de 1980, del inmueble signado como MORDAZA Nº 323, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, ubicado en Ambiente MORDAZA Monumental, conformado por las cuadras 3 y 4 del Jr. MORDAZA, declarado mediante la resolucion MORDAZA citada, y dentro de la MORDAZA Monumental de MORDAZA, declarada mediante Resolucion Suprema Nº 2900-72-ED de fecha 28 de diciembre de 1972; Que, mediante el documento del visto, la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano indica que se ha detectado un error material en la Resolucion Ministerial Nº 0928-80-ED en relacion a la direccion del citado inmueble, manifestando que de acuerdo a la Partida Registral Nº 07013232 expedida por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos SUNARP, le corresponde la numeracion 323, 327 del Jr. Moquegua-Cercado; Que, el articulo 13º del Decreto Ley Nº 25762 "Ley Organica del Ministerio de Educacion", senala que el Instituto Nacional de Cultura es el organo que tiene por finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el MORDAZA de la cultura, normar, supervisar y evaluar la politica cultural del MORDAZA y administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo previsto en los articulos III y VII del Titulo Prelimar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura es el organo con competencia y atribuciones para declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los inmuebles de importancia historica y artistica; Que, el numeral 1 del articulo 65º de la Ley Nº 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General" prescribe que "el ejercicio de la competencia es una obligacion directa del organo administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegacion o evocacion, segun lo previsto en esta Ley". Asimismo el MORDAZA de legalidad consagrado en el articulo IV del Titulo Preliminar de la misma ley, establece que "las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas"; Que, interpretando la razon de las leyes mencionadas en los considerandos precedentes, se concluye que corresponde al Instituto Nacional de Cultura modificar la declaracion del bien cultural realizado por la Resolucion Ministerial Nº 0928-80-ED de fecha 23 de MORDAZA de 1980; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano y de la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion. SE RESUELVE: Articulo Unico.- RECTIFICAR la Resolucion Ministerial Nº 0928-80-ED de fecha 23 de MORDAZA de 1980, en el extremo referido a la direccion del inmueble declarado Monumento, ubicado en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, conforme a la Partida Registral Nº 07013232 expedida por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos

SUNARP, la misma que queda como a continuacion se indica: · Dice: MORDAZA Nº 323; Debe decir: Jr. MORDAZA Nº 323- 327- Cercado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional

368729-2

Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a diversos monumentos arqueologicos prehispanicos ubicados en los departamentos de Huancavelica y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 962/INC
MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 781-2009-SDIC-DA/INC, de fecha 22 de MORDAZA de 2009, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia, solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nacion de los monumentos arqueologicos prehispanicos registrados en el MORDAZA del Programa Qhapaq Nan Temporada 2006, para los cuales se han elaborado las respectivas fichas de declaratoria como patrimonio cultural de la Nacion, ficha oficial de inventario del patrimonio arqueologico inmueble; Que, mediante Acuerdo Nº 0279, de fecha 23 de MORDAZA de 2009, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare patrimonio cultural de la Nacion los monumentos arqueologicos prehispanicos siguientes: MORDAZA MORDAZA, Paltamachay, Telarmachay, Ceregeshqa, Viscas, Hatun Orjo, Gentilmachay, Champacocha, Sayaqaqa, Chontaylla, Llaqta Qolloy, Upane Moqo, Yanaqaqa, Chivoqaqa, Chicha, Horno Moqo ­ MORDAZA Pata, Ucsa, Llactapata, Latacorral, Qawinchapucro, Pallacruz, Pucaqaqa, Yuracqaqa, Tancarqasa, Waripata, Taqerumi, Challwapata, Gentilmachay, Llutupuquio, Coronilla, Tanqarpata, Especiapata y Pumachaca, ubicados en la provincia y departamento de Huancavelica; Llactapata (de Vista Alegre), Puquiopata, Sacsalla, Condorpata, Patanwairi, Tupacancha, Jayapapata, Gentilrumi, San MORDAZA, Amorsico, Atoq Wachana, Gentilrumi Orjo, Tanqarqasa, Qallpapata, Panteonpata, Rupaqpata, Uchuy Sacsalla, Aljacocha, Chununapampa, Yanamachay, Sillaqaqa, Jelloqaqa, Soiturumi ­ Vizcachacucho, Mulluna, Ojorohuayjo, Alalajmachay, Anahuayjo, Potrero, San MORDAZA, Seqsapampa ­ Seqses, Salitrepata, Huasipata, Uchuy Tambraico, Lata Corral (de MORDAZA Oro), Wankarumi y Runawanusca, ubicados en la provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica; Tunsuwillka, Silla Silla, Ahuayna, Tarapucro, Cerro Chunca, Gentil Machay 01, Patara Ranrapuquio, Uchcu Pucara, Hatun Pucara, Maraypata, Taurimarca, MORDAZA Sencca, Paquiscca, Jalla Renga, San MORDAZA, Pacracaya, Escalera ­ Rupayquichqui, Orccohuasi, Cruztuna, Astobamba, Plaza

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