Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2009 (08/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de MORDAZA de 2009

el personal este adecuadamente protegido durante las operaciones de cierre. 6. REQUISITOS DE SEGURIDAD 6.1 Requisitos de diseno

6.1.1 Diseno de MORDAZA y equipos de gammagrafia industrial 601. Las MORDAZA radiactivas selladas que se utilicen en gammagrafia industrial deben contar con el certificado correspondiente que acredite que cumplen la MORDAZA ISO 2919 o equivalente. 602. El equipo utilizado en gammagrafia, incluyendo cada dispositivo de exposicion radiografica, portafuente y todos los equipos auxiliares debe cumplir con la MORDAZA ISO 3999 o su equivalente. 603. El equipo de gammagrafia debe tener adherido un rotulo durable, legible y claramente visible donde se identifique: a) El simbolo de las radiaciones ionizantes. b) La palabra RADIACTIVO de no menos de 10 milimetros de altura. c) Simbolo quimico y de numero de masa del radioisotopo; d) Actividad de la fuente y fecha de medicion; e) MORDAZA, modelo y numero de serie de la fuente sellada; f) MORDAZA, modelo y numero de serie del equipo; g) Capacidad MORDAZA del equipo. 604. El diseno de los equipos, MORDAZA selladas y componentes asociados no deben ser modificados o usados con componentes diferentes a los de fabrica, a menos que sea previamente autorizado por la OTAN. 605. El equipo que opere con la fuente fuera del blindaje debe contar con tubo guia, portafuente y telemando que cumplan lo siguiente: a) el acoplamiento entre la fuente y el cable de control debe estar disenado de tal manera que se prevenga la desconexion de la fuente al moverse en el tubo guia; b) el equipo debe permitir guardar y trabar la fuente en la posicion blindada, al ser devuelta a esta posicion. Este sistema de seguridad debera poder ser liberado solo mediante una operacion voluntaria realizada en el equipo; c) las aberturas para la salida o retorno de la fuente deben poseer coberturas protectoras o tapas de seguridad, cuando se encuentren almacenados o MORDAZA transportados; d) el telemando debe tener una longitud no menor de 7,5 m y el tubo-guia una longitud no menor de 7 m. e) el tubo-guia debe estar MORDAZA en su extremo final, para evitar la salida de la fuente. 606. Los contenedores para el recambio de MORDAZA deben poseer un sistema que asegure que la fuente no escape accidentalmente del contenedor. 607. Los niveles de radiacion en los equipos de gammagrafia industrial y los contenedores de recambio de MORDAZA, no deben exceder de 2 mSv/h en contacto y 0,1 mSv/h a 1 m de la superficie. 608. Los equipos de gammagrafia industrial cuya antiguedad sea mayor a 15 anos deberan ser sometidos a un mantenimiento total certificado por el fabricante, MORDAZA de permitirse su funcionamiento. 609. El telemando y el tubo guia deberan ser inspeccionados periodicamente, no debiendo usarse los que esten deteriorados o muestren senales de una operacion inadecuada. 6.1.2 Diseno de equipos de rayos X 610. El equipo de rayos X debe satisfacer la MORDAZA Comision Electrotecnica Internacional IEC-204 o su equivalente. 611. El equipo debe contar con un panel de control que: a) permita operarlo desde el exterior del recinto de irradiacion, en el caso de instalaciones fijas; b) posea un rotulo con el simbolo de las radiaciones ionizantes; c) posea un dispositivo de seguridad que impida su uso

no autorizado o la realizacion de exposiciones en forma accidental; d) tenga senales que indiquen cuando el equipo esta en preparacion para el disparo y cuando esta emitiendo radiacion; e) tenga mandos para efectuar y detener la exposicion, asi como para el control del haz de radiaciones; f) muestre los parametros de operacion del equipo como la tension (kilovoltaje), la intensidad (mili Amperios) y el tiempo. 612. Los cables de mando el equipo deben poseer longitudes no menores a 20 metros para equipos portatiles de hasta 300 kV. Esta longitud debe incrementarse conforme aumente la tension del tubo. 613. La tasa de fuga de radiacion del tubo de rayos X no debe exceder de 1 mGy/h a un metro. 614. El tubo de rayos X debe contar con soportes para asegurar que se mantenga en su posicion mientras se efectue la exposicion. 6.1.3 Requisitos adicionales para equipos que trabajan bajo agua 615. Ademas de los requisitos indicados en los parrafos 601 ­ 614, los equipos que se utilicen bajo agua deben estar disenados y certificados para resistir esas condiciones ambientales y de presion, debiendo llevar indicado la MORDAZA profundidad a la cual pueden trabajar en forma segura. 6.1.4 Requisitos adicionales para equipos Crawler 616. Los equipos de MORDAZA crawler deben disponer de todos los dispositivos de mando correctamente operativos, asi como senales apropiadas que indiquen su movimiento y ubicacion dentro de la tuberia. 6.1.5 Requisitos de una instalacion fija 617. El recinto de irradiacion de una instalacion fija debe poseer blindajes de modo que asegure que la tasa de dosis en los lugares protegidos no excedan de 0,1 mSv/semana para areas ocupadas por trabajadores expuestos y 0,02 mSv/semana para areas donde se encuentre el publico. Este diseno debe considerar la MORDAZA carga de trabajo y factor de ocupacion. 618. El recinto de irradiacion debe ser exclusivo para la operacion y almacenamiento de equipos y MORDAZA de Radiografia Industrial. 619. El acceso al recinto de irradiacion debe poseer: a) una MORDAZA de proteccion y dispositivos que prevengan el ingreso de personas al recinto durante la operacion del equipo b) una alarma luminosa que se active durante la operacion del equipo y que sea accionada por un detector de radiacion ubicado en el recinto, y una alarma acustica que se active al abrirse la MORDAZA del recinto durante la exposicion. c) dispositivos de seguridad fisica que impidan el retiro o utilizacion de los equipos por personas no autorizadas. d) senales reglamentarias que indiquen el peligro. 620. La instalacion fija debe estar localizada en zonas donde la presencia de personas del publico sea escasa o esporadica. 6.1.6 Almacenamiento de MORDAZA y equipos de gammagrafia industrial 621. Los equipos y MORDAZA de gammagrafia industrial deben guardarse en un deposito o depositos adecuados que esten ubicados dentro de un almacen autorizado, mientras no esten en uso. 622. El almacen de equipos y MORDAZA no debe estar situado en areas donde exista presencia permanente de personas que puedan impedir o retardar cualquier accion de emergencia o que pueda agravarla. Esta prohibido almacenar equipos y MORDAZA en viviendas familiares. 623. El almacen debe estar separado fisicamente de otros ambientes, estar senalizado y poseer una MORDAZA lo suficientemente solida con cerradura o candado, para prevenir intrusiones, asi como disponer de extintores contra incendios.

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