Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2009 (08/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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proteccion necesarios para que las MORDAZA de radiaciones a su cargo no produzcan dosis mayores a 1 mSv/ano en personas del publico que se encuentran en lugares proximos al area donde se realizan operaciones de radiografia industrial. Estas dosis deberan ser optimizadas de manera razonable. 802. En las operaciones de radiografia en instalaciones moviles deberan delimitarse claramente las areas a las cuales no deben acceder miembros del publico, asi como vigilar y controlar adecuadamente su acceso. 803. Los niveles de radiacion en las areas de MORDAZA del publico, deberan ser monitoreadas periodicamente durante las operaciones. 804. Las operaciones de radiografia industrial en ambientes o zonas de viviendas deberan ser temporales, debiendo aplicarse medidas especiales de proteccion para que las dosis no MORDAZA mayores a 0,3 mSv, durante toda la operacion, en miembros del publico. 9. EXPOSICION POTENCIAL 901. Se debe evaluar la seguridad de las operaciones de radiografia industrial, tanto en operacion normal como en condicion accidental, considerando todos los modos de operacion que pueda llevar a cabo el Titular de la instalacion. 902. El Titular de la instalacion debe identificar los posibles eventos que puedan conducir a exposiciones potenciales anormales, las medidas y procedimientos de seguridad a aplicar ante los eventos identificados, y estimar las consecuencias de los mismos, a fin de determinar la calidad y extension de las medidas de seguridad y proteccion. 903. El Titular de la licencia debera actualizar el informe de seguridad de la instalacion de manera periodica, cuando existan situaciones operacionales no previstas o cuando se modifiquen las actividades para los que se solicito la licencia. 10. EMERGENCIAS 1001. El Titular de la Licencia debe contar con un plan de emergencias que considere todos los posibles accidentes radiologicos que pudieran ocurrir en sus operaciones de radiografia industrial. 1002. El Plan de Emergencia debe incluir los procedimientos para cada caso, con instrucciones concisas y faciles de entender por las personas que responderan a la emergencia. 1003. El plan de emergencia debe incluir: a) alcance; b) identificacion de los tipos de emergencias; c) niveles de actuacion; d) notificacion de la emergencia; e) organizacion y responsabilidades durante emergencia; f) recursos disponibles; g) procedimientos de actuacion; h) organizaciones externas de apoyo; i) ejercicios y entrenamiento; j) revisiones del plan;

i) recojo involuntario de una fuente caida por un trabajador del area donde se esta ejecutando el trabajo. j) ingreso inadvertido de publico en area controlada durante la irradiacion 1007. Se deben efectuar ejercicios de emergencia, como minimo, una vez durante la vigencia de la licencia. 11. GESTION DE LA CALIDAD 1101. Debe disponerse de un programa de gestion de la calidad que incluya las actividades de adquisicion de equipamiento, operacion, mantenimiento y calibracion de equipos, capacitacion del personal, control de registros y de procedimientos. 1102. Los procedimientos obligatorios en radiografia industrial deben incluir: a) recepcion, movimiento, almacenamiento y contabilidad de equipos y MORDAZA radiactivas; b) verificaciones previas, operacion de equipos y verificaciones al finalizar la operacion; c) determinacion de areas controladas y supervisadas; d) monitoreo radiologico en las operaciones, mantenimiento y almacenamiento; e) verificacion e inventario de equipos y fuentes; f) chequeo de detectores de radiacion; g) pruebas de fuga de material radiactivo; h) transporte de equipos y fuentes; i) supervision de la aplicacion del programa de proteccion; j) mantenimiento de equipos; k) investigacion de eventos anormales; l) recambio de MORDAZA y gestion de MORDAZA gastadas; m) seguridad fisica de equipos y fuentes; Para las instalaciones de rayos X e instalaciones fijas, no son aplicables los puntos a), e), g), h), l) y m). 1103. Los procedimientos y el Plan de Emergencia deben estar aprobados por el Titular de la Licencia, ser revisados regularmente y mantenerse actualizados. Las modificaciones que se realicen deberan ser informadas a la OTAN para su revision. 1104. Los registros deben estar elaborados de manera MORDAZA y legible, debiendo estar firmados por los operadores u oficiales de proteccion radiologica, segun corresponda. Los registros obligatorios son los siguientes: a) Registro de la operacion, que incluya datos del equipo, la fuente utilizada, operadores, oficiales de proteccion radiologica y asistentes de operacion que trabajaron en el grupo, lugares donde se realizo el trabajo, desplazamientos, resultados del monitoreo en las operaciones, lecturas del dosimetro de lectura directa, eventos ocurridos durante la operacion. Estos registros deben mantenerse por 5 anos. b) Dosis individuales del personal, que deben ser mantenidos por 10 anos luego de terminada la relacion laboral; c) Historial medico del personal, deben ser guardados por 10 anos luego de terminada la relacion laboral; d) Inventario semanal de equipos y MORDAZA radiactivas; e) Movimiento de los equipos y las MORDAZA (entrega, recepcion, exportacion, transporte, transferencia, etc.); f) Certificados de calibracion de los medidores de radiacion y los dosimetros de lectura directa; g) Capacitacion y actualizacion del personal; h) Registro de instruccion de personal no ocupacionalmente expuesto; i) Mantenimiento de los equipos; j) Pruebas de alarmas de las instalaciones permanentes; k) Pruebas de fuga de MORDAZA radiactivas y equipos de radiografia; l) Situaciones anormales; m) Supervision interna; n) Gestion de MORDAZA radiactivas en desuso Los registros mencionados desde el punto d) a la n) deberan ser conservados como minimo por 3 anos y estar disponibles para verificacion de la OTAN. 1105. La aplicacion del programa de proteccion y sus procedimientos debera ser supervisada por el Oficial de Proteccion Radiologica. 1106. Todas las deficiencias u omisiones encontradas

la

1004. Los procedimientos de emergencia deben incluir los nombres y los numeros de telefono de las personas identificadas en la respuesta de emergencia: Titular de la licencia, Oficial de Proteccion radiologica, medico, fabricante, servicios de emergencia, especialistas calificados y todos los que se encuentren en el directorio del Plan de Emergencias. 1005. Las operaciones de recuperacion de MORDAZA deberan ser realizados por operadores que hayan recibido entrenamiento sobre ello. 1006. El plan de emergencia debe describir las acciones a ser tomadas como minimo en los siguientes casos: a) fuente trabada en el tubo-guia, colimador o proxima a la entrada del contenedor de exposicion; b) desconexion o rotura de la fuente del cable; c) perdida de control de la fuente radiactiva. d) accidentes durante el cambio de fuentes. e) perdida de integridad del equipo o de la fuente. f) accidente durante el transporte. g) incendio del almacen de equipos radiactivos. h) robo o perdida de la fuente o del equipo.

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