Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2009 (08/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de MORDAZA de 2009

El Expediente Nº 48634-2007 seguido por la empresa INVERSIONES TORRECIUDAD S.A.C. representado por su Gerente General Sr. MORDAZA MORDAZA CORVETTO, por el cual solicitan la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso de Industria Liviana "I-2" del terreno de 2,781.00 m2, constituido por la parcela del Potrero MORDAZA MORDAZA del Fundo MORDAZA, ubicado en Av. MORDAZA MORDAZA Nº 2039 (altura del Km. 5.5 de la Carretera Central), distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º, numeral 5) del Articulo 195º de nuestra Carta Magna, senala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala en su Articulo I del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra Carta Magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, son sujecion al ordenamiento juridico, que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de: 3.6.1. Habilitaciones urbanas; Que, mediante Acuerdo Nº 05, tomado en Sesion Nº 0708-CTDHU/MDA de fecha 27 de junio de 2008 la Comision Tecnica Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas dictamino FAVORABLE la presente Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para uso de Industria Liviana "I-2" del terreno de 2,781.00 m2, constituido por la parcela del Potrero MORDAZA MORDAZA del Fundo MORDAZA, ubicado en Av. MORDAZA MORDAZA Nº 2039 (altura del Km. 5.5 de la Carretera Central), distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, estableciendose como deficit de Aportes; Parques Zonales, Renovacion MORDAZA y Otros Fines con un area de 139.05 m2, 83.43 m2 y 55.62 m2 respectivamente; los cuales deberan ser redimidos en dinero, previo a la Recepcion de Obra de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML; Que, mediante Valorizacion Nº 031-2009-SGPUCGDU/MDA de fecha 16 de MORDAZA de 2009, se calculo el deficit de aporte de Otros Fines del area de 55.62 m2 correspondiente al 2% del terreno matriz, la cual asciende a la suma de S/. 60,153.03 y por Proyectos y Control de Obras la suma ascendente a S/. 1,463.26, haciendo un total de S/. 61,616.29; y mediante Recibo de pago Nº 0005299624, de fecha 07 de MORDAZA de 2009 pagado en la tesoreria de esta Corporacion Municipal, se acredita la cancelacion de la mencionada valorizacion; Que, mediante Informe Nº 082-2009-DEHE de fecha 03 de junio de 2009, emitido por el Area de Habilitaciones Urbanas de la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro senala que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentacion y acreditar los pagos estipulados por el MORDAZA vigente de la Municipalidad Distrital de Ate; asi como la cancelacion del deficit de aporte reglamentario de Servicios Publicos Complementarios ­ Otros Fines y por Proyectos y Autorizacion a Ejecutar Obras, quedando pendiente el pago de los aportes de Parques Zonales y Renovacion Urbana; Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capitulo II del Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley Nº 27444 -

Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, Ordenanzas Nº 341-MML, Nº 836-MML y por el Reglamento Nacional de Edificaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 032-2009-SGPUC-GDU/MDA, la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso de Industria Liviana "I-2" del terreno de 2,781.00 m2, constituido por la parcela del Potrero MORDAZA MORDAZA del Fundo MORDAZA, ubicado en Av. MORDAZA MORDAZA Nº 2039 (altura del Km. 5.5 de la Carretera Central), distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la empresa INVERSIONES TORRECIUDAD S.A.C. para ejecutar en el plazo de dieciocho meses, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, las obras de Habilitacion MORDAZA en el terreno de 2,781.00 m2 teniendo en cuenta las caracteristicas y especificaciones tecnicas de acuerdo a la siguiente descripcion: DISENO AREA BRUTA: AREA UTIL: AREA DE VIAS: 2,781.00 m2 2,367.73 m2 413.27 m2

AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con el proyecto aprobado por SEDAPAL; debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos por dicha empresa; comunicandole a SEDAPAL sobre la fecha de inicio y termino de las obras. PAVIMENTACION DE PISTAS Y VEREDAS: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub Rasante, sera necesario efectuar una evaluacion de la superficie del terreno natural, eliminando el que contenga restos organicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adicion de material granular, mezclandose con riegos sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como minimo el 95% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice C.B.R. minimo de 20. Las particulas solidas de esta MORDAZA tendran un diametro MORDAZA de 2". Base.- Posterior a la MORDAZA anterior debe colocarse una MORDAZA de base afirmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diametros MORDAZA de 1 ½"), finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactacion se efectuara con riegos sucesivos cercanos al optimo contenido de humedad y hasta alcanzar como minimo el 95% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice de C.B.R. de 80. Se procurara una superficie MORDAZA y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicacion de una futura MORDAZA asfaltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Sera de concreto simple de 4" de espesor con una resistencia a la compresion axial de f´c = 140 Kg./ cm2, construido sobre una base granular de 4" de espesor compactada al 100% de la densidad seca del MORDAZA estandar. Sardineles.- Se construira sardineles de 30 cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera este en medio de jardines se construira en ambos lados. El vertido del concreto debera realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregacion de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberan construirse, con un pavimento de las mismas caracteristicas de las calzadas adyacentes. Asi tambien estas quedaran en tierra nivelada compactada.

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