Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2009 (08/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de MORDAZA de 2009

En ejercicio de las facultades conferidas por los Articulos 9º Inciso 8 y 41º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal por mayoria: ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, y por lo tanto EXONERAR DEL MORDAZA DE SELECCION por el periodo de Doce (12) semanas (84 dias), la adquisicion del producto LECHE EVAPORADA ENTERA y HOJUELA DE MORDAZA, QUINUA Y KIWICHA FORTIFICADA, del Programa del Vaso de Leche, segun detalle:
LECHE EVAPORADA ENTERA ­ 12 semanas (84 dias) PRECIO PESO DE MONTO CANTIDAD REFERENCIAL ENVASADO PRODUCTO REFERENCIAL Unidades X UNIDAD Grs. Leche Evaporada 379.080 410 gr. 1,85 S/. 701,298.00 Entera HOJUELA DE MORDAZA, QUINUA Y KIWICHA FORTIFICADA - 12 semanas (84 dias) PRODUCTO Hojuela de MORDAZA Quinua y Kiwicha Fortificada en Bolsa CANTIDAD T.M. 52.62 PESO DE ENVASADO Grs. 500 gr. PRECIO REFERENCIAL X TM 4,200 MONTO REFERENCIAL S/. 221,004.00

creacion e implementacion del programa Techo Propio en sus modalidades de Mejoramiento de Vivienda, Construccion en Sitio Propio y Adquisicion de Vivienda Nueva. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 192 de la Constitucion Politica del Peru las municipalidades tienen competencias, entre otras, para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales, es de su responsabilidad planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar sus planes y programas correspondientes y el Articulo 197 precisa que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local; Que, segun los Articulos II y IX del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 las municipalidades como organos de Gobierno Local, gozan de autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia y, el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA se establecen las politicas publicas a nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a traves del "Plan Nacional de Vivienda Vivienda para Todos: Lineamientos de Politica 2006-2015" aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2006 VIVIENDA, aprueba un instrumento de politica nacional en materia de vivienda para el corto y mediano plazo, que busca impulsar la produccion habitacional, reducir sus costos y facilitar su adquisicion; asi como recuperar areas urbanas en MORDAZA de consolidacion; asimismo propicia el desarrollo MORDAZA equilibrado, promoviendo soluciones habitacionales para los distintos segmentos socioeconomicos, priorizando aquellos proyectos de vivienda dirigidos a la poblacion de menores recursos economicos; Que, por Resolucion Ministerial Nº 054-2002 VIVIENDA se crea el proyecto "Techo Propio" a fin de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso a los sectores populares a una vivienda MORDAZA y mediante la Ley N° 27829 se crea el MORDAZA Familiar Habitacional (BFH) como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que se otorga por una sola vez a los beneficiarios con criterio de utilidad publica, sin cargo, de restitucion por parte de estos y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y de su esfuerzo constructor; Que, la provincia de MORDAZA, y en especial el distrito de Pucusana posee areas con diferentes niveles de consolidacion MORDAZA, con la existencia de una gran cantidad de viviendas que requieren mejorar su calidad habitacional y cuentan con la capacidad estructural y arquitectonica que les permita crecer verticalmente, conjuntamente con las zonas perifericas donde se ubican las poblaciones de menores recursos economicos donde se encuentran los potenciales beneficiarios del mencionado programa habitacional, para lo cual el MORDAZA de consolidacion MORDAZA es lento e informal, por lo que es necesario establecer algunos mecanismos administrativos de gestion, agiles y asequibles que promuevan formalmente el inicio de la construccion y el mejoramiento de la vivienda existente, con el apoyo del Programa Techo Propio y su posterior inscripcion en Registros Publicos; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA unanime del Concejo Municipal y luego del debate correspondiente;

Articulo Segundo.- AUTORIZAR, a la SUB GERENCIA DE LOGISTICA, la adquisicion del producto LECHE EVAPORADA ENTERA y HOJUELA DE MORDAZA, QUINUA Y KIWICHA FORTIFICADA, del Programa del Vaso de Leche, realizandola en forma directa, mediante acciones inmediatas segun lo dispone el Articulo 21º de la Ley, D. Leg. N°1017 y 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 184-2008-EF. Articulo Tercero.- EL EGRESO que demande la ejecucion de la presente se afectara a la Partida Presupuestal 222311 Alimentos para Programas Sociales, con cargo a la Fuente de Financiamiento 00 ­ Recurso L, Transferencias al Programa del Vaso de Leche, del Presupuesto Institucional de Apertura 2009. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL la investigacion respectiva que establezca el deslinde de responsabilidades tal como lo establece el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado. Articulo Quinto.- DISPONER el cumplimiento de lo dispuesto a la GERENCIA MUNICIPAL, debiendo la GERENCIA DE ADMINISTRACION en coordinacion con la SUB GERENCIA DE LOGISTICA remitir el presente Acuerdo y los Informes tecnico-legales a la CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA, OSCE (Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado), y demas organos competentes, conforme a Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Crean el Programa Vivienda (PMV) Municipal de

ORDENANZA:
Articulo 1º.- Crear el Programa Municipal de Vivienda (PMV) que promueva la construccion formal de viviendas, con la intervencion de la Municipalidad como agente promotor de los mecanismos tecnico-financiero existentes y el Programa Techo Propio como facilitador en el MORDAZA de postulacion al BFH. El Programa estara principalmente orientado a la promocion de la organizacion de la demanda, generacion de ahorro y asistencia tecnica en el desarrollo de proyectos de Adquisicion de Vivienda Nueva, Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda. Articulo 2º.- La participacion al Programa es de caracter individual (cada Grupo Familiar) en todo el MORDAZA, el

ORDENANZA MUNICIPAL N° 064-MDP/2009
POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 24 de junio del 2009, que aprueba el Acuerdo de Consejo Nº 032-09, el Dictamen de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, relacionado con el Informe Nº 380-2009-DDU/MDP de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, y el Informe Nº 0239-2009OAJ/MDP de la Oficina de Asesoria Juridica respecto a la creacion del Programa Municipal de Vivienda, para la

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