Norma Legal Oficial del día 22 de Julio del año 2009 (22/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 2009

determinacion de la poblacion beneficiaria de los productos identificados, se tomara en consideracion que esta puede estar constituida por individuos, grupos de individuos, comunidades, instituciones publicas y/o privadas, entre otros, en funcion de los objetivos de la Entidad. Articulo 2º.- Precisiones respecto a la identificacion de productos y a la definicion de la Meta Presupuestaria 2.1 Con relacion a lo senalado en el literal b) del articulo 5º de la Directiva N° 002-2009-EF/76.01, las Entidades definen la cantidad de productos en funcion a sus caracteristicas y particularidades en el MORDAZA de la implementacion gradual de la programacion y formulacion presupuestaria bajo el Enfoque por Resultados. 2.2 Con relacion a lo senalado en el articulo 7º de la Directiva N° 002-2009-EF/76.01, debe entenderse que las metas presupuestarias identifican tanto a los productos como a aquellos gastos no vinculados directamente a los productos, asi como a los proyectos de inversion, gastos de asesoramiento y apoyo de la Entidad. Articulo 3º.- Imputacion de los gastos de los productos Con relacion a los criterios generales para la determinacion de la demanda global de gastos regulada en el articulo 9° de la Directiva N° 002-2009-EF/76.01 y lo senalado en el Apendice "Identificacion, Determinacion y Costeo de Productos" de dicha Directiva, debe precisarse que se reconocen los diferentes mecanismos de identificacion de los gastos vinculados a productos utilizados por las entidades, tanto en lo referente a costos directos como indirectos. En dicho contexto, las imputaciones de costos que se realicen durante la etapa de formulacion, no son susceptibles de observacion conforme al MORDAZA de la implementacion gradual de la programacion y formulacion presupuestaria bajo el Enfoque por Resultados. Articulo 4°.- Aplicacion del articulo 7° del Anexo III de la Directiva N° 002-2009-EF/76.01 respecto al uso de los Sistemas de Informacion para la etapa de formulacion presupuestal El uso del Sistema Integrado de Gestion Administrativa (SIGA) en la Formulacion Presupuestal solo es aplicable, de manera facultativa, a las Entidades involucradas en la aplicacion de los Programas Estrategicos del Presupuesto por Resultados, segun lo senalado en el numeral 1.2 del articulo 1° del Anexo III de la Directiva N° 002-2009EF/76.01. 375521-1

MORDAZA REP ­ S.E. MORDAZA EDELNOR, ubicada en los distritos de Hualmay, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente; Que, mediante Resolucion Directoral N° 191-2008MEM/AAE, de fecha 10 de MORDAZA de 2008, la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos del Ministerio de Energia y Minas aprobo el Estudio de Impacto Ambiental de la Linea de Transmision en 66 kV S.E. MORDAZA REP ­ S.E. MORDAZA Edelnor; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 1512009-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a favor de la Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A. ­ EDELNOR S.A.A. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 66 kV S.E. MORDAZA REP ­ S.E. MORDAZA EDELNOR, ubicada en los distritos de Hualmay, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3° de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Las caracteristicas principales de los bienes indispensables para operar la concesion son los siguientes:
Salida / Llegada de la linea transmision S.E. MORDAZA REP ­ S.E. MORDAZA EDELNOR Ancho de Faja Tension N° de de servidumbre que Longitud (kV) Ternas corresponde (km) (m) 66 01 13,41 16

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesion definitiva para desarrollar actividades de transmision de energia electrica a favor de la Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A. - EDELNOR S.A.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 056-2009-EM MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Expediente N° 14170908, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentada por la Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A. ­ EDELNOR S.A.A., inscrita en el Asiento B 00001 de la Partida N° 11008737 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica comprende la Linea de Transmision de 66 kV S.E.

Articulo 3°.- Aprobar el Contrato de Concesion N° 335 - 2009 a suscribirse con la Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A. ­ EDELNOR S.A.A., el que consta de 17 clausulas y 03 anexos. Articulo 4°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5°.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica que origine el Contrato de Concesion N° 335 - 2009 referido en el articulo 3° de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (05) dias habiles siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 7°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 375523-4

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