Norma Legal Oficial del día 22 de Julio del año 2009 (22/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 2009

Que, estando a lo dispuesto en las normas citadas y conforme al articulo 14 inciso k) del Estatuto de la SUNARP aprobado por Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a los funcionarios de las oficinas Registrales de Chiclayo, MORDAZA, MORDAZA, Bagua, Chachapoyas y Chota, pertenecientes a la MORDAZA Registral N° II Sede Chiclayo, los mismos que seran responsables de brindar la informacion que se solicite, dentro del MORDAZA legal de la Ley N° 27806 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM: MORDAZA Registral N° II- Sede Chiclayo Oficina Registral de Chiclayo: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oficina Registral de Cajamarca: Sr. MORDAZA MORDAZA Pena. Oficina Registral de Jaen: Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oficina Registral de Bagua: Sr. MORDAZA Diez MORDAZA Oficina Registral de Chachapoyas: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oficina Registral de Chota: Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General 375341-1

Segundo: Al respecto, el senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de brindar mayor seguridad en el procedimiento de inscripcion del Titulo de Abogados ante las Cortes Superiores de Justicia, propone que previamente, como uno de los requisitos, se adjunte la certificacion que acredite su inscripcion en la Asamblea Nacional de Rectores; Tercero: Que, a fin de garantizar la autenticidad del Titulo Profesional de Abogado y evitar colegiaturas ilegales, la propuesta presentada resulta procedente; en consecuencia, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que previamente a la inscripcion del Titulo Profesional de Abogados en las Cortes Superiores Justicia del MORDAZA, se solicite la MORDAZA de la certificacion de encontrarse registrado en la Asamblea Nacional de Rectores, como uno de los requisitos establecidos para tal fin. Articulo Segundo.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia adoptaran las acciones necesarias, para el debido cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Ministerio Publico, Ministerio de Justicia, MORDAZA Especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y a la Procuraduria Publica del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS.

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen que previamente a la inscripcion del Titulo Profesional de Abogados en las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, se solicite la MORDAZA de la certificacion de encontrarse registrado en la Asamblea Nacional de Rectores
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 182-2009-CE-PJ MORDAZA, 8 de junio de 2009 VISTO: El Oficio N° 249-2009-ERR-CE/PJ cursado por el senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, elevando propuesta para que previa a la inscripcion del Titulo Profesional de Abogado en las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, se exija su registro en la Asamblea Nacional de Rectores, y; CONSIDERANDO: Primero: El articulo 285, inciso 3, del texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, establece que uno de los requisitos para patrocinar es tener inscrito el Titulo Profesional de Abogado en la Corte Superior de Justicia correspondiente, y si no lo hubiere, en la Corte Superior de Justicia mas cercana;

MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 375398-1

Declaran improcedentes solicitudes presentadas por las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y MORDAZA, a efectos de que se autorice el cambio de horario de la jornada laboral y declaran nula la Res. Adm. Nº 313-2008-P-CSJCU-PJ
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 194-2009-CE-PJ MORDAZA, 25 de junio de 2009 VISTOS: Los Oficios N° 863-2006-PJ/CSJLO-P, N° 1962008-CED-SG-CSJLI/PJ y N° 3902-2008-P-CSJCU-PJ, cursados por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, solicita autorizacion para el establecimiento en dicho Distrito Judicial del horario de refrigerio de 45 minutos; esto es, de 13:00 a 13:45 horas; ampliandose el horario de salida en 45 minutos, quedando

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