Norma Legal Oficial del día 22 de Julio del año 2009 (22/07/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

399402

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 2009

participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos, la Ley Nº 27790 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Viceministro de Comercio Exterior y al Viceministro de Turismo, como representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, ante la Comision Multisectorial Ambiental creada por el articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 1013. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 374850-2

Prorrogan delegacion de facultad para expedir Certificados de Origen a los exportadores, a diversas instituciones
RESOLUCION MINISTERIAL N° 102-2009-MINCETUR/DM MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2009 Vistos los Expedientes Nºs 014571, 009951, 013866, 007212, 014644, 014726; CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 337, 338, 340, 343, 344 -2003 ­ MINCETUR/DM, y 3192005 ­ MINCETUR/DM y sus correspondientes prorrogas, se delego a la Sociedad Nacional de Industrias, la Camara de Comercio, Industria y Produccion de Tacna, la Camara de Comercio, Industria, Servicios, Turismo y de la Produccion del MORDAZA, la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, la Camara de Comercio, Industria y Turismo de MORDAZA, y la Camara de Comercio y Produccion de la Provincia Del MORDAZA, respectivamente, la facultad de expedir Certificados de Origen a las empresas exportadoras; delegacion que se sujeta a los terminos de los Convenios suscritos entre dichas instituciones y el MINCETUR; Que, mediante los expedientes del Visto, las instituciones citadas en el parrafo anterior, han solicitado que se prorrogue la delegacion de la facultad de emitir los Certificados de Origen; Que, mediante los Informes Nºs. 37, 38, 39, 40 y 42 -2009-MINCETUR/VMCE/DNINCI-SACO, de la Subdirectora de Administracion de Certificados de Origen y el Subdirector de Integracion Regional, el Informe Nº 452009-MINCETUR/VMCE/DNINCI-SACO del Subdirector de Integracion Regional y el Memorandum Nº 339 2009-MINCETUR-VMCE del Viceministro de Turismo, se ha emitido opinion favorable para el otorgamiento de las prorrogas solicitadas; Que, se mantienen las razones de orden tecnico y territorial por las cuales resulta conveniente continuar con la delegacion efectuada en las instituciones MORDAZA mencionadas; Que, el articulo 17º de la Ley Nº 27444 permite que el acto administrativo tenga eficacia anticipada a su emision, solo si es mas favorable a los administrados, no lesiona derechos fundamentales o intereses de buena fe legitimamente protegidos a terceros, y exista en la fecha a la que se pretende retrotraerse la eficacia el supuesto de hecho justificativo para su adopcion, requisitos que se cumplen en el presente caso; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos. 27790 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, y la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General;

Articulo 1°.- Acumular los Expedientes Nºs. 014571, 009951, 013866, 007212, 014644, 014726. Articulo 2º.- Prorrogar con eficacia anticipada al 1 de MORDAZA de 2009 y hasta el 15 de agosto de 2009, la delegacion de la facultad de expedir Certificados de Origen a los exportadores, otorgada a la Sociedad Nacional de Industrias, la Camara de Comercio, Industria y Produccion de Tacna, la Camara de Comercio, Industria, Servicios, Turismo y de la Produccion del MORDAZA, la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, la Camara de Comercio, Industria y Turismo de MORDAZA, y la Camara de Comercio y Produccion de la Provincia Del Santa. Articulo 3º.- La delegacion sera ejercida de acuerdo a los terminos de los Convenios que cada una de las instituciones mencionadas han suscrito con el MINCETUR y a las Adendas respectivas que se deben suscribir por efecto de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4°.- Autorizar al Viceministro de Comercio Exterior a suscribir, en representacion del MINCETUR, las Adendas correspondientes a las prorrogas referidas en el Articulo 2° de la presente Resolucion Ministerial, debiendo cumplir estrictamente con los requisitos exigidos para tal efecto de acuerdo a ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 375103-1 RESOLUCION MINISTERIAL N° 103-2009-MINCETUR/DM MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2009 Vistos los Expedientes Nºs. 011139, 013381, 014122, 009384, 011572, 013755, 012795, 014090 y 011695; CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones Ministeriales Nºs. 041-2002MINCETUR/DM, 287, 341, 342, 345-2003-MINCETUR/DM, 217, 304-2004-MINCETUR/DM, 159-2005-MINCETUR/ DM y 131-2007-MINCETUR/DM y sus correspondientes prorrogas, se delego a la Asociacion de Exportadores, la Camara de Comercio de MORDAZA, la Camara de Comercio, Industria y Turismo de Ica, la Camara de Comercio de La MORDAZA, la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, la Camara de Comercio, Produccion y Turismo de Sullana, la Camara de Comercio e Industria de Ilo, la Camara de Comercio y Produccion de Aguas Verdes, y la Camara Chinchana de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Agricultura; la facultad de expedir Certificados de Origen a las empresas exportadoras; delegacion que se sujeta a los terminos de los Convenios suscritos entre dichas instituciones y el MINCETUR; Que, mediante los expedientes del Visto, las instituciones citadas en el parrafo anterior, han solicitado se prorrogue la delegacion de la facultad de emitir los Certificados de Origen; Que, mediante los Informes Nºs. 25, 26 ­ A, 29, 30, 31, 32, 33, 34 y 44-2009-MINCETUR/VMCE/DNINCI-SACO, de la Subdirectora de Administracion de Certificados de Origen y del Subdirector de Integracion Regional y el Memorandum Nº 339-2009-MINCETUR-VMCE del Viceministro de Turismo, se ha emitido opinion favorable para el otorgamiento de las prorrogas solicitadas; Que, se mantienen las razones de orden tecnico y territorial por las cuales resulta conveniente continuar con la delegacion efectuada en las instituciones MORDAZA mencionadas; Que, el articulo 17º de la Ley Nº 27444 permite que el acto administrativo tenga eficacia anticipada a su emision, solo si es mas favorable a los administrados, no lesiona derechos fundamentales o intereses de buena fe legitimamente protegidos a terceros, y exista en la fecha a la que se pretende retrotraerse la eficacia el supuesto de hecho justificativo para su adopcion, requisitos que se cumplen en el presente caso;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.