Norma Legal Oficial del día 25 de Julio del año 2009 (25/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de MORDAZA de 2009

VISTA, la solicitud registrada con P/D N° 017185 del 09 de febrero de 2009 y P/D Nº 066311 del 27 de MORDAZA de 2009, de la empresa VALTRON E.I.R.L. para que se emita una nueva resolucion ministerial otorgando concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la Republica del Peru; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 688-2008MTC/03, publicada el 13 de setiembre de 2008 en el Diario Oficial "El Peruano", se otorgo a la empresa VALTRON E.I.R.L. concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la Republica del Peru; precisandose como primer servicio a prestar el servicio portador de larga distancia internacional en las modalidades conmutado y no conmutado; sin que se MORDAZA suscrito el contrato de concesion dentro del plazo legal establecido; Que, mediante los documentos de la VISTA, la empresa VALTRON E.I.R.L., solicita la emision de una nueva resolucion ministerial de otorgamiento de concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la Republica del Peru, conforme a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; Que, de acuerdo con lo senalado en el articulo 124º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, la suscripcion del contrato de concesion se realizara dentro de un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados desde la publicacion de la resolucion correspondiente, asimismo senala que para tal efecto debera cumplir con el pago por derecho de concesion, asi como con la MORDAZA de carta fianza y pago del canon, si estos dos ultimos correspondieran. En caso de incumplimiento, la resolucion de otorgamiento de concesion y la resolucion de asignacion de espectro quedaran sin efecto de pleno derecho; Que, en el caso de la concesion otorgada a la empresa VALTRON E.I.R.L., para la suscripcion del contrato de concesion correspondia realizar el pago del derecho de concesion y la MORDAZA de la carta fianza; Que, conforme a lo senalado por la empresa VALTRON E.I.R.L. mediante escrito P/D Nº 017185 del 9 de febrero de 2009, el motivo por el cual no suscribio el contrato de concesion dentro del plazo legal establecido fue por no haber subsanado en forma oportuna el plazo de vigencia de la carta fianza presentada que asegure el inicio de operaciones, de acuerdo a lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias, habiendo cumplido con el pago del derecho de concesion correspondiente; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece el derecho a solicitar nuevamente la emision de resolucion ministerial que otorgue concesion unica sin iniciar MORDAZA tramite, para tal efecto, la precitada MORDAZA establece que el incumplimiento de los plazos previstos en el articulo 124º no enerva el derecho a solicitar nuevamente y, por unica vez, sin necesidad de iniciar un MORDAZA tramite, la emision de la resolucion correspondiente. Asimismo, indica que la solicitud podra ser presentada dentro del plazo de seis (6) meses de notificada la resolucion ministerial que inicialmente otorgo la concesion unica, y debera estar debidamente sustentada; Que, la Resolucion Ministerial Nº 688-2008-MTC/03 fue notificada el 11 de setiembre de 2008, por lo tanto la solicitud para la emision de una nueva resolucion ministerial otorgando a la empresa VALTRON E.I.R.L. concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones ha sido presentada a este Ministerio dentro del plazo de seis (6) meses de notificada la resolucion ministerial; Que, el inciso 3) del articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde

al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el 18 de MORDAZA de 2006, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 28737, Ley que establece la concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, la cual modifica diversos articulos del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC; Que, el articulo 53º del citado cuerpo legal, indica que en un mismo contrato de concesion el Ministerio otorgara el derecho a prestar todos los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, en caso la empresa solicitante requiera prestar servicios adicionales al servicio portador de larga distancia internacional en las modalidades conmutado y no conmutado, debera cumplir con lo establecido en el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; y solicitar al Ministerio la inscripcion de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, los mismos que se sujetaran a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesion unica y la ficha de inscripcion en el registro que forma parte de el; Que, mediante Informes Nºs. 262 y 742-2009-MTC/27 la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, en atencion a la solicitud de la empresa VALTRON E.I.R.L. concluye que corresponde emitir una nueva resolucion ministerial otorgando concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la Republica del Peru; precisando que el primer servicio a prestar es el servicio portador de larga distancia internacional en las modalidades conmutado y no conmutado, en aplicacion de lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; Que, de acuerdo a la evaluacion favorable efectuada por la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones sobre el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de la concesion unica solicitada por la empresa VALTRON E.I.R.L., y habiendo cumplido esta con las condiciones establecidas en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, corresponde emitir una nueva resolucion ministerial otorgando la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y sus modificatorias, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 0082002-MTC y sus modificatorias; Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa VALTRON E.I.R.L., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru; estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio portador de larga distancia internacional en las modalidades conmutado y no conmutado. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa VALTRON E.I.R.L., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi

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