Norma Legal Oficial del día 06 de Junio del año 2009 (06/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de junio de 2009

· Primera etapa: A nivel de Instituciones Educativas, prueba clasificatoria para la siguiente etapa. · MORDAZA etapa: A nivel de UGEL, prueba clasificatoria para la etapa regional. · Tercera etapa: A nivel regional, prueba virtual clasificatoria para la final nacional. · Cuarta etapa: Prueba final, a realizarse en Lima. · Prueba de comprobacion: A nivel de Instituciones Educativas. 6.4. De la Evaluacion de las pruebas 6.4.1. Para la evaluacion de las pruebas, en la etapa que les corresponda, los Comites Organizadores nominaran un MORDAZA Calificador, integrado por profesionales de la especialidad, de experiencia y meritos reconocidos. 6.4.2. Para la prueba nacional, la Comision Nacional, nominara Tribunales Calificadores conformados por profesionales de la especialidad, de experiencia y meritos reconocidos, por cada nivel. 6.5. De los Premios e incentivos La premiacion e incentivos se realizaran en sus correspondientes etapas: a. Nivel Local i. La institucion educativa gestionara en lo posible la premiacion y reconocimiento de los estudiantes que alcanzaron a clasificar a la MORDAZA etapa en la VI ONEM 2009. ii. La institucion educativa reconocera con una resolucion directoral de felicitacion a los docentes que han promovido la VI ONEM 2009. iii. La UGEL gestionara la premiacion y reconocimiento de los estudiantes que alcanzaron la tercera etapa VI ONEM 2009. iv. La UGEL emitira una resolucion de felicitacion a las instituciones educativas ganadoras de la MORDAZA etapa de la VI ONEM 2009. b. Nivel Regional i. La DRE premiara y reconocera a los estudiantes participantes que pasaron a la cuarta etapa VI ONEM 2009. ii. La DRE emitira una resolucion de felicitacion a las IIEE. ganadoras mencionando los nombres de los docentes participantes en la tercera etapa de la VI ONEM 2009. iii. La DRE emitira una resolucion de felicitacion a los y las especialistas responsables de las UGEL que hayan demostrado una participacion en la organizacion, ejecucion y evaluacion de la VI ONEM 2009. c. Nivel Nacional i. El Ministerio de Educacion - MED premiara a los ganadores de la VI ONEM 2009. 6.6. Del Financiamiento a) El financiamiento de las tres primeras etapas de la VI ONEM 2009 sera cubierto por las Instituciones Educativas, las Unidades de Gestion Educativa Local y las Direcciones Regionales de Educacion, segun la etapa correspondiente. b) Los gastos que demande la organizacion y desarrollo de la prueba final seran financiados por el Ministerio de Educacion, a traves de la Direccion de Educacion Secundaria (DES); excepto los gastos de traslado de los estudiantes participantes desde su lugar de origen hasta la sede en MORDAZA, gasto que sera cubierto por la Direccion Regional respectiva. Asimismo, se podra convocar a las instituciones y empresas del sector publico y privado para que contribuyan al financiamiento de la actividad en todas sus etapas. VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 7.1. Las Direcciones Regionales de Educacion y sus organos descentralizados seran responsables de asegurar

el cumplimiento de la presente directiva, asi como dictar las normas complementarias para atender los casos no previstos en lo que les corresponde. 7.2. En la tercera etapa, de ambito regional, la evaluacion se aplicara de modo virtual. 7.3. Las Direcciones Regionales emitiran una resolucion que acredite a los alumnos ganadores de la tercera etapa para su inscripcion respectiva en la cuarta etapa. 7.4. Los alumnos ganadores participantes en la cuarta etapa presentaran al momento de la prueba su credencial de la IIEE refrendada por la UGEL. 7.5. La Unidades de Gestion Educativa Local - UGEL, bajo responsabilidad remitiran a la Comision Nacional la relacion de los docentes que participaron en el asesoramiento de los estudiantes que llegaron a la cuarta etapa. 7.6. La Comision Nacional, con el apoyo de la Direccion de Educacion Secundaria (DES) realizara el informe final de la actividad. San MORDAZA, MORDAZA de 2009 357597-1

Aprueban "Orientaciones para prevenir la epidemia de influenza en las instituciones educativas de la Educacion Basica y Educacion Tecnico Productiva"
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 022-2009-ED MORDAZA, 5 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, el articulo 42º el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, establece que la Direccion de Educacion Comunitaria y Ambiental, dependiente del Viceministerio de Gestion Pedagogica, es responsable de promover, reconocer y valorar los aprendizajes que se logran en las organizaciones de la sociedad civil, asi como normar y coordinar la educacion ambiental para el desarrollo sostenible, la conservacion, el aprovechamiento de los ecosistemas y la gestion de riesgos y prevencion de desastres; Que, asimismo, la Direccion de Educacion Comunitaria y Ambiental tiene dentro de sus funciones orientar, supervisar y evaluar la aplicacion del enfoque ambiental y comunitario, en coordinacion con las Direcciones Generales correspondientes, ademas formular y proponer lineamientos para comprometer la participacion de las organizaciones de la sociedad en la formacion, promocion de la persona y estilos de MORDAZA saludables; Que, uno de los componentes a desarrollar en la aplicacion del enfoque ambiental en las instituciones educativas es la "Educacion en Salud" que contiene acciones pedagogicas e institucionales para la prevencion de enfermedades; Que, en vista que el MORDAZA sufre de manera permanente la amenaza de la influenza que tiene impactos severos en las zonas mas MORDAZA del territorio nacional, la Direccion de Educacion Comunitaria y Ambiental ha elaborado las orientaciones para prevenir la epidemia de influenza en las instituciones educativas de la Educacion Basica y Educacion Tecnico Productiva del sistema educativo, siendo necesario aprobar las mismas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar las "Orientaciones para prevenir la epidemia de influenza en las instituciones educativas

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