Norma Legal Oficial del día 06 de Junio del año 2009 (06/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de junio de 2009

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

397099

certificacion de aptitud expedido o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La compania TAXI AEREO EJECUTIVO S.R.L. - TAE S.R.L. podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de la compania TAXI AEREO EJECUTIVO S.R.L. - TAE S.R.L. podran operar en las rutas, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos aeropuertos y/o aerodromos, se encuentren comprendidas en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, o su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9°.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de la compania TAXI AEREO EJECUTIVO S.R.L. - TAE S.R.L., de otorgar la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley N° 27261, en los terminos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201° de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- La compania TAXI AEREO EJECUTIVO S.R.L. - TAE S.R.L. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- La compania TAXI AEREO EJECUTIVO S.R.L. - TAE S.R.L. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley N° 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAREOVICH Director General de Aeronautica Civil 344462-1

Que el Articulo 127° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Regimen de Fedatarios de las entidades de la Administracion Publica, senalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepcion documental, en numero proporcional a sus necesidades de atencion; Que el numeral 2 del mencionado articulo precisa que el fedatario tiene como labor personalisima comprobar y autenticar la fidelidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuacion administrativa sea exigida la agregacion de los documentos o el administrado desee agregados como pruebas; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 170-2007/SUNAT se aprobo la relacion de Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos, entre otros, de la Intendencia Regional Arequipa; Que se ha estimado pertinente el cambio y rotacion de parte del personal que ejerce las funciones de Fedatario Administrativo; por lo que resulta necesario dejar sin efecto las designaciones MORDAZA mencionadas y designar a los nuevos Fedatarios Titulares y Alternos que reemplazan al personal que sera objeto de los cambios y rotaciones; En uso de las facultades conferidas por el literal u) del Articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto, en la parte pertinente, la relacion de Fedatarios Administrativos titulares y alternos de la Intendencia Regional MORDAZA, aprobada mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 170-2007/SUNAT. Articulo Segundo.- Aprobar la relacion de Fedatarios Titulares y Alternos de la Intendencia Regional MORDAZA, que se indica a continuacion: Titulares: MORDAZA Nerida MORDAZA Villagomez Helard MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alternos: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Souto Maior MORDAZA MORDAZA Bejar Pereyra Irayda MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA MORDAZA Darwin MORDAZA MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DELLEPIANE Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 357313-1

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Deja sin efecto y designa Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos de la Intendencia Regional MORDAZA
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 123-2009/SUNAT MORDAZA, 4 de junio de 2009

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Declaran la desafectacion de MORDAZA de dominio restringido de predio ubicado en el distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de MORDAZA
JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCION Nº 092-2009/SBN-GO-JAD San MORDAZA, 2 de junio de 2009.

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