Norma Legal Oficial del día 14 de Junio del año 2009 (14/06/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

397561

de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. En aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la via administrativa o judicial, procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, encontrandose condicionada la vigencia a su resultado. En el caso que concluya el procedimiento sancionador mediante acto administrativo firme o de confirmarse las sanciones de multa mediante sentencias que hayan adquirido la calidad de cosas juzgada, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento pesquero suspendera el permiso de pesca si en el plazo concedido por la Administracion no se acredita el cumplimiento de las sanciones de multa impuestas, excluyendose a la embarcacion pesquera de los listados a que se refiere el articulo 14º del Reglamento de la Ley General de Pesca hasta que se solicite su reincorporacion; Que mediante Resolucion Directoral Nº 028-99-CTAR. LAM/DRPE, del 05 de MORDAZA de 1999, se otorgo permiso de pesca al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera JOSELITO 2 con matricula PL-18664-CM y 108 m3 de volumen de bodega, en la extraccion de los recursos jurel, caballa, cachema y MORDAZA para consumo humano directo; Que con Resolucion Directoral Regional Sectorial Nº 027-2001-CTAR.LAMB/DRPE, del 22 de MORDAZA de 2001, se otorgo ampliacion del permiso de pesca al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera JOSELITO 2 con matricula PL18664-CM, en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto y directo; Que con Resolucion Directoral Nº 494-2007PRODUCE/DGEPP, de fecha 12 de noviembre del 2007, se caduco el permiso de pesca, entre otras, de la embarcacion pesquera JOSELITO 2 de matricula PL-18664-CM, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para consumo humano directo e indirecto; Que mediante los escritos de visto, la empresa PESQUERA MARMAR S.A.C. solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera JOSELITO 2 de matricula PL-18664-CM, de acuerdo al Procedimiento Nº 6 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion; Que de la evaluacion efectuada al expediente de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion JOSELITO 2 de matricula PL-18664-CM, presentado por la administrada se ha determinado que respecto a la referida embarcacion pesquera, la Oficina de Ejecucion Coactiva, ha informado mediante el Oficio Nº 04742009-PRODUCE/OGA/OEC de fechas 25 de MORDAZA del 2009; que las sanciones de multa que pesaban sobre la mencionada embarcacion han sido suspendidas por haberse interpuesto demanda de revision ante el Poder Judicial, habiendose emitido las correspondiente Resoluciones de suspension; Que sobre la base de lo MORDAZA expuesto, se considera procedente otorgar la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca solicitado por la empresa PESQUERA MARMAR S.A.C.; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informes Nº 279 y 5022009-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa PESQUERA MARMAR S.A.C. el cambio de titular del

permiso de pesca de la embarcacion pesquera JOSELITO 2 de matricula PL-18664-CM, en los mismo terminos y condiciones otorgados mediante la Resolucion Ministerial Nº 473-97-PE, modificada por la Resolucion Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/DGEPP, que caduco el permiso de pesca, entre otras, de la mencionada embarcacion, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa; condicionandose la eficacia de dicho derecho administrativo al resultado del MORDAZA judicial correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el tercer parrafo del articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera JOSELITO 2 de matricula PL-18664-CM otorgado al senor MORDAZA MORDAZA VILLANUEVA; e incorporar a la empresa PESQUERA MARMAR S.A.C como el MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion JOSELITO 2 de matricula PL-18664-CM, asi como la presente Resolucion al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 0852007-PRODUCE. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 360429-1 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 406-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 4 de junio del 2009 Visto los escritos con Registro de ingreso Nº 00015583 de fechas 27 de febrero, 21 de MORDAZA y 15 de MORDAZA del 2009, presentados por la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE del 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que por Resolucion Directoral Nº 002-2001-PE/ DNEPP del 19 de marzo del 2001, se modifico en aplicacion a la aprobacion automatica de la solicitud de cambio de nombre de la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-20285-PM de 494.71 m3; y se otorgo a la empresa CONSERVERA MORDAZA S.A. permiso de pesca para operar la mencionada embarcacion, la cual cuenta con sistema de preservacion RSW a bordo, para la extraccion de recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina, empleando redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) con destino al consumo humano directo e indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las 5 millas de la costa;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.