Norma Legal Oficial del día 14 de Junio del año 2009 (14/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

397554
PROYECTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO

NORMAS LEGALES
015159 : Apoyo a la Modernizacion Descentralizacion del Estado 3: y

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de junio de 2009

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de junio del ano dos mil nueve MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 360520-1

Recursos por Operaciones Oficiales de Credito (En Nuevos Soles)

CATEGORIA DE GASTO Y GENERICA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 2.6. ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS TOTAL A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA FUNCIONAL SUBPROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO

14 830 500,00 ------------------14 830 500,00 ===========

INTERIOR
Transfieren insumos quimicos y productos fiscalizados a la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0383-2009-IN/1101 MORDAZA, 11 de junio de 2009 VISTO: el Oficio Nº 4922-2008-GRA-PE/GRS/DGLSP de 22OCT2008 del Gerente Regional de Salud del Gobierno Regional de MORDAZA y demas antecedentes administrativos, relacionado con la transferencia de insumos quimicos fiscalizados y el Informe Nº 495-2009IN-0201 de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior. CONSIDERANDO:

: Gobierno Central 116 : Instituto Nacional de Television del Peru-IRTP 001 : Instituto Nacional de Television del Peru-IRTP 16 : Comunicaciones 038 : Telecomunicaciones

Radio Radio

y y

0078 : Servicios de Telecomunicaciones 030196 : Recuperacion de la Capacidad de Transmision de la Television Estatal 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Credito (En Nuevos Soles)

CATEGORIA DE GASTO Y GENERICA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 2.6. ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS TOTAL

14 830 500,00 ------------------14 830 500,00 ===========

Articulo 2.- Obligacion de desagregar la Transferencia de Partidas El Pliego Habilitador y Habilitado comprendidos en el presente dispositivo desagregan los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas dispuesta en el articulo precedente, a nivel de Categoria de Ingreso, Generica del Ingreso, Subgenerica del Ingreso y Especifica del Ingreso. El citado desagregado es presentado a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico dentro de los cinco (5) dias siguientes de la aprobacion del presente dispositivo. Articulo 3°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 3.1 Los Titulares de Pliego aprueban mediante Resolucion la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion se remite dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los Organismos senalados en el articulo 23º numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidad de Metas y Unidades de Medida. 3.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos involucrados, instruyen a las respectivas Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas.

Que, mediante los documentos de Visto, se solicita la transferencia de: cinco litros (5 Lt.) de Acido Clorhidrico y cinco litros (5 Lt.) de Acetona, a fin de que dichos insumos quimicos y productos fiscalizados MORDAZA de utilidad en las actividades del Laboratorio Referencial Regional y para abastecer los Establecimientos de Salud de la citada Region, entre otras consideraciones; Que, a Ley Nº 28305, modificada por Ley Nº 29037, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0532005-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 0842006-PCM, el Decreto Supremo Nº 092-2007-PCM y sus normas complementarias, establece las medidas de control y fiscalizacion de los insumos quimicos y productos que, directa e indirectamente, puedan ser utilizados en la elaboracion ilicita de drogas derivadas de la hoja de coca, de la amapola y otras que se obtienen a traves de procesos de sintesis, los mismos que puestos a disposicion de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior, podran ser vendidos o transferidos, debiendo contar para ello con la Resolucion Ministerial autoritativa pertinente; Que, en la sede de la Division Antidrogas de MORDAZA Xl Region Policial, se encuentran almacenados insumos quimicos fiscalizados producto de las intervenciones policiales entre otros: Acido Clorhidrico y Acetona, susceptibles de ser transferidos a la dependencia requeriente; Que, dentro del MORDAZA normativo vigente sobre la materia, resulta pertinente efectuar la transferencia de los insumos quimicos precedentemente descritos a favor de la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional de MORDAZA, debiendose dar cumplimiento a las formalidades y procedimientos establecidos, asi como adoptarse las medidas de seguridad y control adecuados para garantizar dicha transferencia con intervencion de las autoridades competentes y con responsabilidad funcional en el referido procedimiento; De conformidad a lo establecido por la Ley Nº 28305 modificada por Ley Nº 29037, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2005-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 084-2006PCM, el Decreto Supremo Nº 092-2007- PCM y sus normas complementarias; la Ley Nº 29334, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN;

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