Norma Legal Oficial del día 14 de Junio del año 2009 (14/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

397591

Que, la Unica Disposicion Complementario de la citada Ley, dispone que las Municipalidades adecuaran sus Textos Unicos de Procedimientos Administrativos ­TUPA para el cobro de las tasas correspondientes al Procedimiento de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS publicado en el Diario Oficial El Peruano el 13 de Junio del 2008, se aprobo el Reglamento de la ley que regula el Procedimiento No Contencioso de la Separacion Convencional y Divorcio Ulterior, estableciendo sus requisitos, el procedimiento, los anexos de la solicitud y el regimen de acreditacion a presentarse a nivel Municipal; Que, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 29227, resulta necesario aprobar la Ordenanza Distrital correspondiente que regule el Procedimiento No Contencioso de la Separacion Convencional y Divorcio Ulterior, asi como establecer la tasa respectiva de dicho tramite; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Articulo 9º numeral 8) y 9) y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA mayoritario de los senores regidores con la dispensa del tramite del Dictamen de la Comision correspondiente y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta se aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO DE SEPARACION CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA Articulo Primero.- La presente Ordenanza tiene como objeto regular la aplicacion de la Ley Nº 29227 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0092008-JUS, que regulan el Procedimiento No Contencioso de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior en la Municipalidad Distrital del Rimac. Articulo Segundo.- Crease e incorporese al Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de esta Municipalidad, el Procedimiento No Contencioso de la Separacion Convencional y Divorcio Ulterior, y sus respectivos derechos, segun lo establecido en la Ley Nº 29227 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS. Articulo Tercero.- Los derechos contenidos en el Anexo de la presente Ordenanza, seran sometidos a ratificacion ante la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA conforme a lo dispuesto en el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, por tanto tendran vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que los ratifique. Articulo Cuarto.- APROBAR, los formatos para la tramitacion de los procedimientos y servicios contenidos en el MORDAZA que se encuentran detallados en el Anexo publicado en el MORDAZA del Estado Peruano y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 29091 y su Reglamento; asimismo modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, adecuandose a las funciones emenadas de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a la Secretaria General, a la Unidad de Imagen Institucional la difusion oportuna y masiva de la presente Ordenanza y a la Unidad de Sistemas Informaticos la publicacion en el MORDAZA del Estado Peruano y en el MORDAZA Institucional de la entidad (www.munirimac.gob.pe). Articulo Sexto.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion y/o ampliacion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los dieciocho dias del mes de Setiembre del dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 359505-1

Modifican la Ordenanza Nº 177 que regula el procedimiento no contencioso de separacion convencional y divorcio ulterior en la Municipalidad
ORDENANZA Nº 189-MDR EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 15 de MORDAZA del 2009; visto el Informe Nº 301-2008-OAJ-MDR, de fecha 22 de agosto de 2008, Informe Nº 231-2009-URH-OAF-MDR su fecha 30 de marzo del 2009; Informe Nº 168-B-2009-UL-OAF-MDR su fecha 03 de MORDAZA del 2009; y, Memorandum Nº 207-2009SG-MDR su fecha 06 de MORDAZA del 2009, expedido por la Secretaria General de Concejo mediante el cual se acompana el Informe Tecnico de la Direccion de Planeamiento y Presupuesto sobre el desarrollo de la estructura de costos de los derechos para el procedimiento no contencioso de separacion convencional y divorcio ulterior; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, las Municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 29227, Ley que regula el procedimiento no contencioso de la separacion convencional y divorcio ulterior en las municipalidades y notarias, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de MORDAZA del 2008, tiene como objeto establecer y regular el procedimiento no contencioso de separacion convencional y divorcio ulterior en las municipalidades y notarias, estableciendo como competentes para llevar a cabo el procedimiento especial establecido en la presente ley, a los Alcaldes distritales y provinciales del ultimo domicilio conyugal o de donde se celebro el matrimonio. Que, la unica disposicion Complementaria de la citada ley, dispone que las municipalidades adecuaran sus Textos uricos de procedimientos Administrativos, TUPAC; para el cobro de las tasas correspondientes al procedimiento de separacion convencional y divorcio ulterior; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2008JUS publicado en el Diario Oficial El Peruano el 13 de junio del 2008, se aprobo el Reglamento de la Ley que regula el procedimiento no contencioso de la separacion convencional y divorcio ulterior, estableciendo sus requisitos, el procedimiento, los anexos de la solicitud y el regimen de acreditacion a presentarse a nivel municipal; Que, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 29227, resulto necesario aprobar la ordenanza Distrital correspondiente que regula el procedimiento no contencioso de la separacion convencional y divorcio ulterior, asi como establecer la Tasa establecida de dicho tramite; Que, con Oficio Nº 004-090-00005207 de fecha 11 de marzo del 2009, el Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, devuelve a esta Corporacion MORDAZA la solicitud de Ratificacion de la Ordenanza Nº 177 que dispone la creacion del derecho de tramite por el Procedimiento No Contencioso de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior, la misma que fue objeto de observaciones contenidas en el requerimiento Nº 004-0078-00000471 remitido a esta Municipalidad con Oficio Nº 004-009000005133; observaciones que fueron levantadas a traves de los informes correspondientes. Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido por el articulo 9º, numerales 8 y 9 del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA mayoritario de los senores Regidores, con la dispensa del tramite del Dictamen de la Comision correspondiente y con la dispensa del tramite de la aprobacion del Acta, se aprobo lo siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 177 QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO DE SEPARACION CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC. Articulo Primero.- La presente ordenanza tiene como objeto modificar la Ordenanza Nº 177 que regula el

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