Norma Legal Oficial del día 02 de Marzo del año 2009 (02/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, lunes 2 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales de los contribuyentes; j) Asesorar a la Alta Direccion y demas organos, en el ambito de su competencia; k) Integrar en calidad de Secretario Tecnico, la Comision Permanente de Regidores que corresponda a su area; l) Otras funciones afines que le asigne el Gerente Municipal." "Articulo 40°.- La Subgerencia de Registro Tributario y Recaudacion se encuentra a cargo de un funcionario de confianza, con denominacion de Subgerente, quien depende del Gerente de Rentas y tiene como funciones las siguientes: a) Planear, organizar, dirigir, controlar y coordinar las actividades de la Subgerencia; b) Resolver mediante Resolucion Subgerencial las solicitudes, reclamaciones e impugnaciones de naturaleza tributaria y demas procedimientos que competen a dicha Subgerencia; c) Elaborar y proponer el Plan Anual de Actividades de la Subgerencia y presentar el reporte de los avances mensuales de su labor a la Gerencia de Rentas; d) Formular y proponer normas y procedimientos que correspondan al ambito de su competencia; e) Organizar, ejecutar y supervisar el MORDAZA de recepcion de Declaraciones Juradas y otros documentos tributarios; asi como, su ingreso y actualizacion en la respectiva base de datos, elaborando los MORDAZA estadisticos pertinentes; f) Brindar orientacion tributaria permanente, mediante la Plataforma de Servicios al Contribuyente y en forma personal. g) Coordinar oportunamente las acciones necesarias para la emision masiva anual de las Declaraciones Juradas y liquidacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales a traves de Cuponeras u otros medios; h) Clasificar y mantener actualizado el archivo de Declaraciones Juradas; i) Expedir copias y constancias de los documentos a cargo de la Subgerencia; j) Efectuar el seguimiento selectivo de Principales Contribuyentes y Mayores Deudores con el fin de asegurar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; k) Proponer programas y/o campanas destinadas a incentivar la recaudacion de los tributos y demas obligaciones a su cargo; l) Emitir Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinacion, Resoluciones de Multa Tributaria, Resoluciones de Responsabilidad Solidaria y Resoluciones de Perdida del Beneficio de Fraccionamiento; m) Realizar la cobranza de las multas administrativas; n) Enviar en forma oportuna a la oficina de Ejecucion Coactiva, los documentos valorados vencidos, conforme a Ley; o) Coordinar y conciliar con la Subgerencia de Tesoreria los ingresos municipales por todos los conceptos, incluyendo los que ordenan las demas unidades generadoras de ingresos; p) Controlar la cobranza de los fraccionamientos, en concordancia con el Reglamento correspondiente; q) Mantener al dia el registro de las cuentas corrientes de los contribuyentes por los tributos a cargo de la Gerencia de Rentas; r) Organizar el MORDAZA de quiebra e incineracion de valores, asi como la determinacion de la deuda con causal de cobranza dudosa conforme a sus competencias: s) Otras que le asigne el Gerente de Rentas." "Articulo 41°.- La Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria se encuentra a cargo de un funcionario de confianza, con categoria y denominacion de Subgerente, quien depende del Gerente de Rentas y tiene como funciones las siguientes:

a) Planear, organizar, dirigir, controlar y coordinar las actividades de la Subgerencia; b) Resolver mediante Resolucion Subgerencial las solicitudes, reclamaciones e impugnaciones de naturaleza tributaria y demas procedimientos que competen a dicha Subgerencia; c) Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades de fiscalizacion destinadas a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales; d) Verificar y controlar en forma selectiva y segmentada la veracidad de la informacion declarada por los administrados en el registro de contribuyentes y predios de la Gerencia de Rentas, en correspondencia con los registros catastrales de la Municipalidad; e) Efectuar acciones orientadas a detectar omisos, subvaluadores e infractores de las obligaciones tributarias municipales; f) Emitir Resoluciones de Determinacion, Resoluciones de Multa Tributaria y otros valores asi como papeles de trabajo producto de las acciones de fiscalizacion; g) Revisar y presentar informes sobre documentos de contenido tributario que MORDAZA enviados para opinion; h) Establecer mecanismos que garanticen la unidad de criterio entre el personal a su cargo, en las intervenciones realizadas; i) Reportar periodicamente a la Gerencia de Rentas informacion sobre las inspecciones, auditorias, verificaciones y operativos realizados por la Subgerencia; j) Informar a la Gerencia de Rentas sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos tributario-municipales aplicados y requerir la implementacion de soluciones tecnologicas asociadas a los procesos tributarios; k) Elaborar proyectos de dispositivos municipales y directivas de su competencia, para la mejor aplicacion de los procedimientos tributarios; l) Informar mensualmente al Gerente de Rentas, el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo; m) Administrar la informacion que se procese en el sistema informatico con que cuente la unidad organica, para el mejor cumplimiento de sus funciones; n) Cumplir con las demas funciones delegadas por el Gerente de Rentas." Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en la pagina web de la Municipalidad de La MORDAZA www.munimolina.gob.pe Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA
317687-2

Reglamentan Cesion en Uso de Inmuebles de Propiedad Municipal
ORDENANZA Nº 176

La MORDAZA, 20 de febrero del 2009 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 002 de las Comisiones de Asuntos Juridicos y Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica, en relacion al proyecto de Reglamento para la Cesion en Uso de Inmuebles de Propiedad Municipal; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado senala que las municipalidades provinciales y

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