Norma Legal Oficial del día 11 de Marzo del año 2009 (11/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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usualmente OSITRAN ha utilizado la metodologia de benchmarking8. Por las caracteristicas del Terminal Portuario Callao los puertos comparables serian aquellos que estan localizados en el Costa Oeste Sudamericana9. En tal sentido, los puertos comparables con el Terminal Portuario del Callao serian: MORDAZA (Colombia), Valparaiso y MORDAZA (Chile). · Terminal Portuario de MORDAZA (Colombia): en este Terminal, la tarifa por uso de grua fluctua entre US$ 450 y US$ 600 por hora. No obstante, en este caso, el operador de la grua no lo brinda la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura. En el caso del TPC (ENAPU), el servicio si incluira un operador. De esta forma, es razonable que las tarifas del Puerto de MORDAZA varien de acuerdo con la productividad, pues en este caso el riesgo del rendimiento se traslada al operador de la grua portico, asi se tiene las siguientes escalas: Rendimiento Contenedor/Hora - 18 contenedores o menos - Mas de 18 contenedores a 22 - Mas de 22 contenedores a 26 - Mas de 26 Tarifa / hora US$ 600,00 US$ 550,00 US$ 500,00 US$ 450,00

· Terminal MORDAZA Sur (Valparaiso - Chile): Tarifas integrales de embarque o descarga por contenedor que incluyen ademas el servicio de grua (sea portico de muelle u otro equipo), la transferencia y el manipuleo a los patios de almacenamiento. El Terminal tiene convenios independientes con cada naviera. · San MORDAZA Terminal International: Similar al Terminal MORDAZA Sur de Valparaiso, con la diferencia que las tarifas son estandar, siendo los valores de estas tarifas integrales los siguientes: - Cont. 20' US$ 82,20 por TEU - Cont. 40' US$ 61,65 por TEU 56. Como se puede observar, la principal limitacion para utilizar esta metodologia en la fijacion de la tarifa provisional, es que no existe uniformidad entre los puertos. En otras palabras, los puertos ofertan servicios completamente diferentes a los ofrecera el Terminal Portuario del Callao, en tal sentido no son comparables. Por lo tanto, con el fin de determinar la tarifa provisional, el Regulador considera pertinente utilizar otra metodologia, por ejemplo, Costos Incrementales bajo un flujo de MORDAZA de MORDAZA descontado. VI.2 COSTOS INCREMENTALES Y FLUJO DE MORDAZA DESCONTADO 57. La metodologia de costos incrementales y flujo de MORDAZA descontado consiste en determinar la tarifa a partir de las proyecciones de demanda, costos operativos y financieros, asi como de las inversiones realizadas. En tal sentido, el punto de partida de esta metodologia es que los beneficios de la empresa regulada deben ser iguales a cero, o en terminos financieros, el Valor Actual Neto del proyecto (VAN) del proyecto debe ser igual a cero. 58. Para determinar la tarifa para el servicio de gruas portico, se debe establecer la unidad de cobro. En tal sentido, la propuesta de ENAPU presentada por la APN, senala que el cobro por este servicio deberia ser US$ por hora. Al respecto, menciona que el computo del uso de la grua se considerara desde y hasta la hora en que el usuario solicite el Servicio de Descarga y Embarque de Contenedores con Gruas Portico de Muelle en el formato respectivo, proporcionado en la Oficina de Trafico del Terminal Portuario del Callao. Unidad de Cobro MORDAZA Conceptual 59. ENAPU senala que la decision de fijar como unidad de cobro la hora o fraccion, y no el contenedor, es con la finalidad de asegurar una mayor productividad, motivando a que no solamente ENAPU S.A. sino tambien los demas participantes del MORDAZA (navieras, agencias de estiba, planificadores de naves y transportistas de ser el caso) orienten sus esfuerzos a un menor tiempo en las operaciones de embarque y descarga. ENAPU se compromete a un rendimiento minimo promedio de 25 contenedores por hora.

60. Sobre el particular, conviene hacer algunas precisiones. Si bien es MORDAZA, que el cobro por hora o fraccion le permite a ENAPU cubrir la ineficiencia de los otros actores en el MORDAZA, ya que cualquier demora que es responsabilidad de otros actores, no es atribuible a ENAPU. No obstante, los beneficios de la eficiencia producto de rendimientos por encima del promedio (20 contenedores/hora) son apropiados por la naviera. Cabe indicar que ENAPU no tiene el control de la cadena logistica de los contenedores en el TPC. 61. Desde el punto de vista del dueno de la carga (exportador o importador), resulta mas razonable que la tarifa se fije por contenedor, ya que permite tanto a la naviera como al dueno de la carga identificar claramente el costo del servicio (presupuestarlo o cotizarlo a lo importadores y exportadores). Si el cobro se realiza por hora no existe certeza que el dueno de la carga controle los costos del contenedor al embarcarse (o desembarcarse) en la nave. 62. Adicionalmente, en el cobro por hora, existe el riesgo de que el dueno de la carga pague sobrecostos por el mismo servicio. De esta forma, en el cobro por hora por servicio de grua se podrian incluir servicios que tambien se le esta cobrando de forma separada. Por ejemplo, la cuadrilla de estibadores podrian ser incluidos en la tarifa por hora de la grua, como tiempo adicional y tambien podrian ser cobrados como un concepto independiente. 63. Asimismo, los servicios complementarios (antes y despues del uso de la grua portico) se han determinado bajo la unidad de cobro "por contenedor", tal es el caso de la estiba o de la transferencia o manipuleo. Por tanto, de fijarse una unidad de cobro por hora en el uso de grua portico surgiria una inconsistencia entre los servicios complementarios y el servicio de gruas portico, que afectaria la forma de determinar presupuestos y costos por contenedor. 64. De otro lado, la APN propone que OSITRAN apruebe una tarifa definitiva en base en una unidad de cobro por contenedor, lo que permitiria reducir la incertidumbre, en tanto que una tarifa horaria sea aplicable durante la vigencia de la tarifa provisional. 65. El articulo 18, numeral 9 del RETA establece el MORDAZA de consistencia, de la siguiente forma:
Consistencia. En la fijacion o revision tarifaria, OSITRAN debera asegurarse de que exista coherencia entre las metodologias de tarificacion aplicadas a los diversos servicios que prestan las Entidades Prestadoras asi como en la determinacion de la estructura del Sistema Tarifario.

66. Por tanto, es necesario establecer una unidad de cobro definitiva, acorde con las practicas internacionales y nacionales. De otro lado, las tarifas establecidas para la Nueva Terminal de Contenedores MORDAZA Sur establece un cobro por contenedor, asimismo, en el caso de la Concesion del Terminal Portuario de Paita la propuesta tarifaria establece una unidad de cobro por contenedor. Estos elementos sugieren que la tendencia de la forma de cobrar el uso de gruas portico sea sobre la base movimiento y por hora o fraccion. Asimismo, que se garantice un rendimiento minimo por contenedor por grua por hora. Evidencia Internacional 67. La experiencia Latinoamericana muestra que en la mayoria de los casos, las tarifas se fijan por TEU y no por hora. Tal y como observa, los unicos puertos donde no se da este caso, son el de MORDAZA y el Puerto Limon En este ultimo, el cobro se realiza por hora si es que el Terminal Portuario no alcanza un minimo nivel de productividad de

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Tal fue el caso de la fijacion de la tarifa MORDAZA por uso de puentes de embarque (PLBs) en 2004. Por la prestacion eminente del servicio OSITRAN fijo una tarifa provisional hasta que se fijo la tarifa definitiva. No se incluye al Puerto de Guayaquil debido a la presencia de una distorsion en la tarifas, las mismas no llegan al 50% del resto de los puertos seleccionados.

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