Norma Legal Oficial del día 11 de Marzo del año 2009 (11/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de marzo de 2009

Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Directiva en el MORDAZA institucional (www.indecopi.gob. pe) y MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

ANEXO DE LA RESOLUCION Nº 034-2009-SUNARP/PT Primer Precedente 1.- Transferencia de Cuota Ideal: "Cuando se transfiera la integridad de la alicuota que le corresponde a uno de los copropietarios de un bien, no se requiere consignar expresamente en el titulo el porcentaje transferido". Criterio sustentado en las Resoluciones Nº 161-2007TR-T del 27.6.2007 y Nº 439-2008-SUNARP-TR-L del 23.4.2008. MORDAZA Precedente 2.- Verificacion registral del pago de los impuestos que gravan un bien "Si del titulo consta que el notario ha verificado el pago, inafectacion o exoneracion de los impuestos municipales, el Registro tendra por acreditadas dichas circunstancias". Criterio sustentado en la Resolucion Nº 90-2008SUNARP-TR-T del 7.5.2008.

321128-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Precedentes de observancia obligatoria aprobados en las sesiones del MORDAZA y MORDAZA Primer Pleno del Tribunal Registral de la SUNARP
RESOLUCION DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL REGISTRAL Nº 034-2009-SUNARP/PT
MORDAZA, 20 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 28 de la Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, el Tribunal Registral es el Organo de MORDAZA Instancia Administrativa con competencia nacional conformado por MORDAZA descentralizadas e itinerantes; Que, de conformidad con lo previsto en el literal c) del articulo 64 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 139-2002-JUS, es funcion del Tribunal Registral aprobar los precedentes de observancia obligatoria en los Plenos Registrales que para el efecto se convoquen; Que, en las sesiones del MORDAZA y MORDAZA Primer Pleno del Tribunal Registral, modalidad presencial, realizados los dias 18 y 19 de diciembre de 2008, se aprobaron 2 precedentes de observancia obligatoria; Que, el articulo 32 del Reglamento del Tribunal Registral, aprobado por Resolucion de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Nº 263-2005-SUNARP/SN del 18 de octubre de 2005, prescribe que los acuerdos del Pleno Registral que aprueban precedentes de observancia obligatoria estableceran las interpretaciones a seguirse de manera obligatoria por las instancias registrales, en el ambito nacional, mientras no MORDAZA expresamente modificados o dejados sin efecto mediante otro acuerdo de Pleno Registral, por mandato judicial firme o MORDAZA modificatoria posterior; Que, el articulo 33 del citado Reglamento del Tribunal Registral, establece que los precedentes de observancia obligatoria aprobados en el Pleno Registral, conjuntamente con las resoluciones en las que se adopto el criterio, deben publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Estando a la facultad conferida por el articulo 7 numeral 9 del Reglamento del Tribunal Registral; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion de los precedentes de observancia obligatoria aprobados en las sesiones del MORDAZA y MORDAZA Primer Pleno del Tribunal Registral de la SUNARP, realizados los dias 18 y 19 de diciembre de 2008, cuyos textos asi como las resoluciones que los sustentan se incluyen en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los precedentes MORDAZA indicados seran de obligatorio cumplimiento a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Tribunal Registral SUNARP

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCION Nº 161-2007-SUNARP-TR-T
MORDAZA, veintisiete de junio del dos mil siete. : MORDAZA MORDAZA CARDOZA : 41172-2006 : 138-2007 : MORDAZA REGISTRAL Nº I - SEDE MORDAZA REGISTRO : DE PREDIOS DE MORDAZA ACTO INSCRIBIBLE : COMPRAVENTA DE CUOTA IDEAL SUMILLA(S) : Inexigibilidad de precision de porcentaje de cuota ideal materia de transferencia En aplicacion del MORDAZA de razonabilidad regulado por el articulo IV.1.4 del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, cuando la transferencia es de la totalidad de dicha cuota ideal es inexigible que el titulo contenga la mencion expresa del porcentaje de la cuota ideal transferida. I. ACTO CUYA INSCRIPCION SE SOLICITA Y DOCUMENTACION PRESENTADA: El senor MORDAZA solicito la inscripcion de la escritura publica de compraventa de cuota ideal sobre un predio otorgada a su favor por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formalizada el 24.11.2006 por el notario de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jimenez. Mediante dicho titulo la senora MORDAZA, luego de describir el origen de su derecho dominical, vendio al senor MORDAZA "las acciones y derechos que le corresponden en el inmueble, sin reserva ni limitacion alguna" (clausula tercera). El senor MORDAZA presento el traslado instrumental de la citada escritura, mas la MORDAZA de no adeudo del impuesto predial para el ejercicio fiscal 2006 emitida por la Municipalidad de Tambogrande, y copias certificadas de los recibos de pago del referido impuesto. II. DECISION IMPUGNADA: El titulo fue calificado por la Registradora Publica Dra. MORDAZA MORDAZA Kamahara Atarama, quien decreto su observacion mediante esquela del 29.11.2006, cuyo texto literal es el siguiente: "De conformidad con el articulo 92º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, en el caso de transferencias de cuotas ideales, en el asiento se indicara la cuota ideal con respecto a la totalidad del predio que es objeto de la enajenacion, circunstancia que debe constar expresamente en el titulo. Vista la escritura publica presentada se verifica que no se ha cumplido con dicho requisito, toda vez que solamente se ha indicado de manera generica que son materia de transferencia las acciones y derechos que le corresponden APELANTE TITULO INGRESO PROCEDENCIA

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