Norma Legal Oficial del día 11 de Marzo del año 2009 (11/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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los siguientes: a) Fomentar el fortalecimiento y desarrollo institucional de las municipalidades que la integran; b) Ejecutar proyectos de inversion de manera conjunta en beneficio de los distritos integrantes; c) Promover acciones de desarrollo economico local a efecto de potenciar las principales actividades economicas, incrementar las oportunidades de empleo y mejorar los ingresos economicos de la poblacion en el territorio mancomunado; d) Promover la gestion municipal moderna, participativa, transparente y eficiente; e) Constituir espacios de coordinacion, cooperacion e interlocucion entre las Municipalidades asociadas, la Provincial, el Gobierno Regional, el Gobierno Nacional y la Cooperacion Tecnica Internacional; f) La prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras en las municipalidades por la mancomunidad, promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos, conforme a lo establecido en el articulo 2 de la Ley de la Mancomunidad Municipal (Ley Nº 29029); y, g) Enfrentar en forma conjunta los problemas mas importantes identificados en los instrumentos de diagnosticos que dan origen a esta mancomunidad; ademas de los contenidos en el articulo 4 de la Ley de la Mancomunidad Municipal; Que, el Estatuto de la "Mancomunidad Azucarera de la Region Lambayeque" - "MAREL", contiene informacion sobre denominacion, domicilio, ambito territorial, objeto, funciones, organos directivos, recursos, plazo de duracion indefinida, condiciones para la admision, renuncia y separacion de sus miembros, requisitos para su modificacion y las reglas para la disposicion de bienes en caso de disolucion; de este modo, se ha dado cumplimiento al contenido exigido para la elaboracion del Estatuto de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, de conformidad a la Solicitud de Inscripcion, Informe Tecnico de Viabilidad, Acuerdos de Concejo, Acta de Constitucion y Estatuto de la "Mancomunidad Azucarera de la Region Lambayeque" - "MAREL", se ha cumplido con lo establecido por los principios, objetivos y requisitos mencionados en los articulos 3º, 4º y 5º de la Ley Nº 29029, y con lo dispuesto en el articulo 4º, de la Resolucion Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, acorde con el Informe Nº 016-2009­PCM/SD-OGIMIRA, procede que la Secretaria de Descentralizacion, mediante la resolucion correspondiente, disponga la inscripcion de la "Mancomunidad Azucarera de la Region Lambayeque" - "MAREL", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29029, la Resolucion Ministerial Nº 016-2008-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizacion de Inscripcion de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, a la "Mancomunidad Azucarera de la Region Lambayeque" - "MAREL"; integrada por las Municipalidades Distritales de Cayalti, Patapo, Picsi, Pomalca, Pucala y Tuman, en la provincia de Chiclayo, en el departamento de Lambayeque.

Articulo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la "Mancomunidad Azucarera de la Region Lambayeque" - "MAREL" como sigue: - Presidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Picsi. - Vicepresidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Patapo. - Director I: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pucala. - Director II: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Tuman. - Director III: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pomalca. - Director IV: MORDAZA MORDAZA Arvanil Saldana, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cayalti. Articulo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Acta de Constitucion y el Estatuto de la "Mancomunidad Azucarera de la Region Lambayeque" - "MAREL", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Independientemente de ello, el Estatuto y los actos que se ejecuten bajo su MORDAZA, deberan sujetarse a las demas normas aplicables, conforme sea necesario. Articulo 4º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion Secretarial en el Diario Oficial El Peruano, y en la pagina Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm. gob.pe/sd. Articulo 5º.- Vigencia La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario de Descentralizacion

321196-1

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Colombia y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 221-2009/DE/SG
MORDAZA, 10 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 69 de fecha de 20 de enero de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones

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