Norma Legal Oficial del día 24 de Marzo del año 2009 (24/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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RESOLUCION SUPREMA Nº 118-2009-RE

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 24 de marzo de 2009

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Decreto Supremo que modifica el Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 0332001-MTC
DECRETO SUPREMO Nº 012-2009-MTC

MORDAZA, 23 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, treinta (30) ciudadanos peruanos residentes en el Reino de Espana, solicitan autorizacion del senor Presidente de la Republica, para poder servir en las Fuerzas Armadas Espanolas; Que, el numeral 23 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, establece que el Presidente de la Republica, autorizara a los peruanos para servir en un ejercito extranjero; Que, en consecuencia, es necesario expedir la autorizacion correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 23 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a treinta (30) ciudadanos peruanos residentes en el Reino de Espana, para que presten servicios en las Fuerzas Armadas Espanolas.
Nº de Orden 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 Apellidos y Nombres del Solicitante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUESTA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CILLONIZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MAZO JHONNATAN CHRISTOPHERSON MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TAIPEHUAMAN MORDAZA MORDAZA CURAMPA MORDAZA MORDAZA LIZETH MORDAZA TRILLO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA WILLIAMS MORDAZA MORDAZA MORDAZA CORRIGAN LINGAN MORDAZA MORDAZA JOZEP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GUPIO LAME MORDAZA VIGURIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SHICA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOSCOL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI 46613268 44532154 46064432 42406026 42734218 41676574 42058101 46002733 43068410 43075369 46353302 70615479 60058404 42163138 42814232 41947261 41380261 40169372 44013529 42892393 41636619 42157565 41437874 44013156 44378034 44737586 45334455 43584248 43714070 46505502 LM -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º de la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, Ley Nº 27181, establece que la accion estatal en materia de transporte y MORDAZA terrestre se orienta a la satisfaccion de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, asi como a la proteccion del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2001MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de MORDAZA en adelante el Reglamento, cuyo objeto es establecer las normas que regulan el uso de las vias publicas terrestres, aplicables a los desplazamientos de personas, vehiculos y animales, asi como a las actividades vinculadas con el transporte y el medio ambiente, en cuanto se relacionan con el transito; Que, conforme al MORDAZA de razonabilidad establecido en el articulo IV, numeral 1.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, las decisiones de la autoridad administrativa, entre otros cuando creen obligaciones, califiquen infracciones o impongan sanciones a los administrados, deben adoptarse dentro de los limites de la facultad atribuida, manteniendo la debida proporcion entre los medios a emplear y los fines publicos que deba tutelar, a fin de que respondan a lo estrictamente necesario para la satisfaccion de su cometido; Que, en materia de MORDAZA terrestre, las medidas preventivas atendiendo a su finalidad cautelar, deben aplicarse fundamentalmente para impedir o interrumpir la comision de una conducta sancionable o de cualquier situacion, que ponga en peligro la seguridad del MORDAZA terrestre; Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, todos los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional deben contar con el Certificado de Inspeccion Tecnica Vehicular, teniendo en consideracion el cronograma de las inspecciones tecnicas vehiculares, aprobado por Resolucion Directoral Nº 11645-2008-MTC/15; Que, el incumplimiento de lo establecido en el considerando precedente, conlleva la comision de la infraccion de Codigo F-15 contemplada en el Reglamento, cuya medida preventiva es la de retencion del vehiculo por un lapso MORDAZA de veinticuatro (24) horas, y a fin de poder superar el hecho que dio origen a la misma, es necesaria la modificacion de esta medida preventiva por la de remocion del vehiculo; Que, asimismo, teniendo en cuenta que la implementacion del Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, involucra la inspeccion tecnica de los vehiculos sujetos a esta obligacion, de acuerdo al cronograma de inspecciones tecnicas vehiculares, aprobado por Resolucion Directoral Nº 11645-2008MTC/15, que considera el mes de diciembre como plazo MORDAZA para que todos los vehiculos se sometan y aprueben la inspeccion tecnica vehicular, y a efectos de facilitar que la ciudadania pueda adecuarse al referido Sistema, es necesaria la suspension de la medida preventiva por la comision de la infraccion de Codigo F-

Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FLORES-ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
327638-8

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