Norma Legal Oficial del día 24 de Marzo del año 2009 (24/03/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 24 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES
CAPITULO III FUNCIONES

392981

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29334
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Articulo 5°.- Funciones El Ministerio del Interior dentro del ambito de su competencia tiene las siguientes funciones: a) Cumplir y hacer cumplir el MORDAZA normativo relacionado con sus competencias, ejerciendo la potestad sancionadora, de fiscalizacion y ejecucion coactiva correspondiente. b) Garantizar, mantener y restablecer el orden interno y el orden publico; prestar proteccion y ayuda a las personas y a la comunidad; garantizar el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio publico y privado; prevenir, investigar y combatir la delincuencia; asi como vigilar y controlar las fronteras, a traves de la Policia Nacional del Peru. c) Administrar, coordinar y controlar el movimiento migratorio y la naturalizacion; expedir y revalidar pasaportes comunes peruanos y otorgar visas en el territorio nacional; otorgar calidades migratorias, documentos de viaje y de identificacion para extranjeros. d) Normar y controlar los servicios de seguridad privada. e) Regular, controlar y autorizar la fabricacion, comercializacion, transporte, almacenamiento, posesion y uso de MORDAZA, municiones, explosivos y productos pirotecnicos de uso civil y demas que la ley senale. f) Producir, coordinar y centralizar inteligencia estrategica y tactica, relacionada al orden interno, seguridad publica, seguridad ciudadana, crimen organizado y nuevas amenazas transnacionales, asi como acciones de contra inteligencia en el MORDAZA del Sistema de Inteligencia Nacional. g) Articular y coordinar la politica nacional de seguridad ciudadana entre el Gobierno Nacional y los gobiernos subnacionales, asi como participar en el Sistema de Seguridad Ciudadana conforme a la ley sobre la materia. h) Planear, programar, ejecutar y supervisar las politicas y acciones de defensa nacional, en las areas especificas de su responsabilidad, conforme a lo dispuesto por la Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional y demas normas sobre la materia. i) Administrar y controlar los bienes incautados conforme a ley, las drogas e insumos quimicos decomisados por trafico ilicito de drogas, asi como la erradicacion de los cultivos ilegales. j) Coordinar la defensa judicial de las entidades de su sector. k) Planificar, financiar y garantizar la provision y prestacion de servicios publicos de acuerdo con las normas de la materia. l) Presentar proyectos de MORDAZA ante el Presidente de la Republica y ante el Consejo de Ministros, sobre la materia a su cargo. m) Normar, dirigir, coordinar, planificar, supervisar y controlar la accion de las autoridades politicas. n) Otras funciones senaladas por ley.
TITULO III

LEY DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1°.- Objeto de la Ley La presente Ley determina y regula las areas programaticas de accion, las competencias exclusivas, funciones y estructura organica del Ministerio del Interior. Articulo 2°.- Naturaleza juridica El Ministerio del Interior es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene personeria juridica de derecho publico y constituye un pliego presupuestal. El Ministerio del Interior es el organo rector del Sector Interior.
TITULO II AREAS PROGRAMATICAS DE ACCION, COMPETENCIAS Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR CAPITULO I AREAS PROGRAMATICAS DE ACCION

Articulo 3°.- Areas programaticas de accion El Ministerio del Interior responde a las siguientes areas programaticas de accion: a) Orden interno y orden publico. b) Movimiento migratorio.
CAPITULO II COMPETENCIAS

Articulo 4°.- Competencias exclusivas El Ministerio del Interior ejerce competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en las siguientes materias: a) Formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial bajo su cargo y responsabilidad aplicable a todos los niveles de gobierno. b) Dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas, la gestion de los recursos del sector, asi como el otorgamiento y reconocimiento de derechos, la fiscalizacion y la sancion. c) Dirigir, coordinar y supervisar las actividades de las autoridades politicas del Ministerio del Interior. d) Otras funciones que la ley senale.

ORGANIZACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR CAPITULO I ESTRUCTURA ORGANICA

Articulo 6°.- Estructura organica La presente Ley regula la estructura organica basica del Ministerio del Interior. Las funciones y atribuciones especificas de toda estructura organica que conforma el Ministerio del Interior se regulan en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.