Norma Legal Oficial del día 25 de Marzo del año 2009 (25/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

393053

Que, adicionalmente, el citado articulo senala que las personas naturales o juridicas, titulares de una concesion unica, previamente deberan informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios publicos a brindar, sujetandose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasificacion general prevista en la Ley, a lo dispuesto en el Reglamento, normas complementarias y al respectivo contrato de concesion; el Ministerio tendra a su cargo el registro de los servicios que brinde cada concesionario, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento; Que, el articulo 53° del dispositivo legal en mencion, dispone que en un mismo contrato de concesion el Ministerio otorgara el derecho a prestar todos los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, el articulo 121° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, dispone que los servicios portadores, finales y de difusion de caracter publico, se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites que establecen la Ley y el Reglamento y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio; Que, el articulo 143° de la citada MORDAZA senala que el otorgamiento de la concesion unica confiere al solicitante la condicion de concesionario para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones establecidos en la legislacion; Que, en caso la concesionaria requiera prestar servicios adicionales al servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, debera cumplir con lo establecido en el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio la inscripcion de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, los mismos que se sujetaran a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesion unica y en la ficha de inscripcion en el registro que forma parte de el; Que, mediante Informe N° 030-2009-MTC/27 la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa TELENOR CABLE S.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC y su modificatoria, Ley N° 28737, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC, actualizado por Resolucion Ministerial N° 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias; Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la empresa TELENOR CABLE S.R.L. concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2°.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa TELENOR CABLE S.R.L. para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3°.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4°.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta

(60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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VIVIENDA
Encargan funciones de Director Ejecutivo del Programa Mi Lote
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 124-2009-VIVIENDA
MORDAZA, 24 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2009-VIVIENDA, se crea el Programa Mi Lote, dependiente del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con la finalidad de desarrollar acciones de habilitaciones urbanas en predios de propiedad del Estado, con el proposito de contribuir a la atencion de los requerimientos habitacionales de la poblacion de los sectores socio economicos menos favorecida, con la dotacion de predios urbanos saneados fisica y legalmente para fines de vivienda, los mismos que seran adjudicados a titulo oneroso; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.3 del articulo 1° del citado Decreto Supremo, el referido Programa estara a cargo de un Director Ejecutivo designado por Resolucion Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, y 29158, modificada por la Ley Nº 29029, y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar, a partir de la fecha, al Arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Nacional de Vivienda, en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Mi Lote, dependiente del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en tanto se designe al titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Vivienda, Construccion y Saneamiento

328073-1

ORGANISMOS EJECUTORES FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO
Se toma conocimiento de las renuncias de miembros de Directorios de empresas en las que FONAFE participa como accionista
ACUERDO DE DIRECTORIO N° 006-2009/004-FONAFE
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 24° del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de

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