Norma Legal Oficial del día 25 de Marzo del año 2009 (25/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de marzo de 2009

procedimientos para autorizaciones de viajes nacionales y escala de viaticos de la Asamblea Nacional de Rectores para el ano fiscal 2009", que tiene por objetivo normar y asegurar la eficiencia en la tramitacion y emision de las autorizaciones de viajes en comision de servicios y asignacion de viaticos en la ANR; Que, asimismo mediante Memorando Nº 115-2009DGPU/ANR de fecha 05 de febrero del 2009, informa que ha salido publicado en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 028-2009-EF "Establecen escala de viaticos para viajes en comision de servicios en el territorio nacional"; en virtud de ello, alcanza la propuesta de modificacion de la Directiva de Viaticos para el Ano Fiscal 2009; Que, el Secretario Ejecutivo por Memorando Nº 0892009-SE de fecha 05 de febrero, dispone la elaboracion de la resolucion que establezca la escala de viaticos para viajes en comision de servicios en el territorio nacional de acuerdo al Decreto Supremo Nº 028-2009-EF; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2009-DGPUANR "Normas y procedimientos para autorizaciones de viajes nacionales y escala de viaticos de la Asamblea Nacional de Rectores para el ano fiscal 2009", documento que forma parte de la presente resolucion y consta de 05 fojas y tres anexos. Articulo 2º.- Publiquese la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, la pagina Web de la Institucion y hagase de conocimiento a la Direccion General de Planificacion y demas Direcciones de la Asamblea Nacional de Rectores. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente (e) de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores DIRECTIVA Nº 001-2009-DGPU-ANR NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA AUTORIZACIONES DE VIAJES NACIONALES Y ESCALA DE VIATICOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES PARA EL ANO FISCAL 2009 1. FINALIDAD Establecer el procedimiento y la escala que regule la utilizacion de viaticos que NORMEN EL PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZACIONES DE VIAJES NACIONALES Y ESCALA DE VIATICOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES PARA EL ANO FISCAL 2009 en comision de servicios. 2. OBJETIVO Normar y asegurar la eficiencia en la tramitacion y emision de las autorizaciones de viajes en comision de servicios y asignacion de viaticos. 3. ALCANCE La presente Directiva es de aplicacion para LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES PARA EL ANO FISCAL 2009, debiendo aplicarse en el calculo de los viaticos asignados a las personas que por requerimiento e interes de la Institucion tengan que viajar en comision de servicio fuera de la localidad donde se ubica el centro de trabajo. 4. BASE LEGAL - Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

- Ley Nº 29289 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009. - Ley Nº 28425 - Ley de Racionalizacion de los Gastos Publicos. - Decreto Supremo Nº 028-2009-EF, Establecen escala de viaticos para viajes en comision de servicios en el territorio nacional. - Directiva de Tesoreria para el Ano Fiscal 2007 aprobada por Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF/77.15. - Normas Generales de Tesoreria Nos. 05, 07 y 08 aprobadas por Resolucion Directoral Nº 026-80-EF/77.01. - Normas Tecnicas de Control Interno para el Sector Publico aprobadas Resolucion de Contraloria Nº 3202006-CG. - Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 007-99/SUNAT. - Directiva Nº 02-2005-SE - ANR. 5. DEFINICION Viaticos y Asignaciones: Gastos por alimentacion, hospedaje y movilidad local, segun sea el caso cuando el funcionario o servidor publico se desplaza fuera de la localidad o de su centro de trabajo, por comision de servicio con el caracter de eventual o transitorio. No incluye los gastos por el TUA (tasa unica de aeropuerto). Entiendase como centro de trabajo a la reparticion donde el servidor ejerce sus funciones con el caracter de permanente. Incluye tambien, el gasto de viaticos y asignaciones del personal calificado, que no siendo funcionario o servidor publico, viaja representando al Estado como jefes de delegaciones oficiales o para el desempeno de determinadas acciones tecnicas necesarias para la entidad. Asi mismo, incluye los gastos ocasionados por personal visitante de otros organismos, en calidad de delegado, representante o similares. La Escala de Viaticos queda establecida de la siguiente forma:
ESCALA DE VIATICOS PARA AUTORIZACIONES DE VIAJES NACIONALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES PARA EL ANO FISCAL 2009 NIVEL DE FUNCIONARIOS PUBLICOS, EMPLEADOS DE CONFIANZA, SERVIDORES PUBLICOS Y CAS Presidente de la ANR, Secretario Ejecutivo de la ANR, Secretario General de la ANR. Presidentes del CONAFU y CODACUN *Rectores, Vice Rectores Directores Generales de la ANR. Directores de la ANR. Asesores de la Alta Direccion de la ANR. Miembros Consejeros del CONAFU y CODACUN. Personal del CAS que desempenen funciones equivalentes *Directores Generales de las Universidades. *Decanos de las Universidades Funcionarios del CONAFU y de CODACUN Funcionarios y Servidores Publicos de la ANR, Personal del CAS que desempenen funciones equivalentes *Docentes de las Universidades Publicas (*) Por delegacion del Titular de la ANR. ESCALA DE VIATICOS S/. 250.00

210.00

180.00

Se entiende por comision de servicios al desplazamiento programado o imprevisto que realiza el funcionario o personal, debidamente autorizadas para desarrollar actividades que contribuyan al logro de los objetivos institucionales, dentro del territorio nacional. Se entiende por Comisionado, al funcionario o personal, que realizan una comision de servicios dentro del territorio nacional. 6. NORMAS Las comisiones de servicio al interior de la Republica no excederan de quince (15) dias calendario. En caso de requerirse mayor tiempo al senalado anteriormente, este debera ser autorizado mediante Resolucion del Titular del Pliego. No hay reembolso por mayor gasto en viaticos por comision de servicio bajo ninguna excepcion, salvo por ampliacion del plazo de la comision, debidamente autorizada.

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