Norma Legal Oficial del día 25 de Marzo del año 2009 (25/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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DISPOSICIONES FINALES

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de marzo de 2009

Articulo Primero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA a traves de la Sub-Gerencia de Limpieza Publica, Sub Gerencia de Parques y Jardines, Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, Sub Gerencia de Control Operaciones y Sanciones; y Gerencia de Desarrollo Economico de esta Corporacion Edil. Articulo Segundo.- Disponer que se incluya y modifique las sanciones e infracciones de acuerdo al Titulo IV de la presente Ordenanza en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones e Infracciones ­ RAS. Articulo Tercero.- Deroguese toda disposicion legal de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho que se oponga a la presente. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Aprueban nomenclatura de diversas avenidas del distrito de San MORDAZA de Lurigancho
ACUERDO DE CONCEJO Nº 019
San MORDAZA de Lurigancho, 13 de marzo de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto; el Proveido Nº 0429-2009-GM/MSJL de fecha 10/03/2008, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 1162009-GAJ/MSJL de fecha 11/03/2009 de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 066-2009-GDU/MSJL de fecha 07/03/2009 de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y el Informe Nº 077-2009-SGPUC/GDU/MDSJL de fecha 07/03/2009 de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, entre otros documentos referentes a la regularizacion de nomenclatura de las Avenidas del distrito; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que los Gobiernos Locales en asuntos de su competencia tienen la autonomia politica, economica y administrativa, en tanto el Articulo 195º inciso 6, reconoce que los gobiernos locales promueven el desarrollo local en MORDAZA con las politicas nacionales, consecuentemente planifican el desarrollo MORDAZA de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion y urbanismo; Que, con fecha 26 de MORDAZA del 2003, se promulgo la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, que en el Articulo VIII del Titulo Preliminar de la referida Ley, establece que el gobierno local esta sujeto a las leyes, sus competencias y atribuciones los cumple en MORDAZA con las politicas y planes nacionales de desarrollo; Que, con fecha 6 de diciembre del 2001 se aprobo el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, en la cual se define la estructura vial del Area Metropolitana de MORDAZA - Callao; la clasificacion de vias, los Intercambios Viales y/o Pasos a Desnivel y 552 Laminas que contienen las Secciones Viales Normativas, Ordenanza Nº 341; Que, es prioridad uniformizar la nomenclatura de las principales avenidas en el distrito, debido a las diversas denominaciones existentes, siendo asimismo urgente contar con una Base de Datos Unica de Numeracion de Predios y Plano de Nomenclatura y Numeracion, que disponga oficialmente los Nombres de las Vias Publicas de acuerdo a las Normas Tecnicas senaladas en el Decreto Supremo N° 04-95-MTC del 09-04-1995 que aprueba el

Reglamento de Nomenclatura Vial y Areas de Recreacion Publica; Que, de conformidad con el Articulo 79° numeral 3. 3.4 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, es funcion especifica y exclusiva de las Municipalidades Distritales, disponer la Nomenclatura de Avenidas, Jirones, Calles, Pasajes, Parques, Plazas y la Numeracion Predial; Que, la Ley Organica de Municipalidades, en su Articulo 81º, numeral 2.4. y 3.1. dispone que es funcion especifica y funcion compartida de la Municipalidad Provincial establecer la nomenclatura y senalizacion de calles y vias de acuerdo a la regulacion provincial. Y el Articulo 84º, numeral 1.1. indica que es competente la municipalidad para planificar y promover el desarrollo social en su circunscripcion en MORDAZA con las politicas y planes nacionales, de manera concertada, que permita promover la consolidacion de una cultura de ciudadania democratica, que fortalezca la identidad cultural e historica de sus pueblos; Que, conforme lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 04-95-MTC, Reglamento de Nomenclatura Vial y de Areas Recreacionales, los nombres de las vias publicas se agruparan por su naturaleza, tendiendo a identificar un sector MORDAZA mediante el desarrollo de un tema que unifique la nomenclatura de la zona. Asimismo los Articulos 12º, 14º y 15º del acotado Decreto Supremo, establecen que los nombres escogidos para la nomenclatura deberan ser debidamente justificados por su importancia y significacion, no pudiendo asignarse nombres de personas MORDAZA, evitandose la repeticion de denominaciones existentes en la misma MORDAZA, ni duplicacion de la nomenclatura; Que, mediante Informe Nº 077-2009-SGPUC/ GDU/MSJL, de fecha 07/03/2009 la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, considera la factibilidad mediante Acuerdo de Concejo, la regularizacion de la Nomenclatura al existir jurisprudencia en la materia. Que, mediante Informe Nº 116-2009-GAJ/MSJL de fecha 11/03/2009, la Gerencia de Asesoria Juridica opina que la Propuesta de la Regularizacion de Nomenclatura Vial de las principales avenidas del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, presentada por la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, sea remitido al Pleno del Concejo Municipal, para que se pronuncie mediante Acuerdo de Concejo sobre la propuesta presentada; De conformidad con lo establecido en el Art. 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo, y con la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion de actas; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la Propuesta de nomenclatura de diversas Avenidas en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, especificadas en el Anexo 01 del presente Acuerdo de Concejo. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA Certificada del presente Acuerdo de Concejo y sus antecedentes a la Comision de Nomenclatura de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para los efectos de Aprobar la nomenclatura propuesta por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Tercero.- DISPONER que la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, expida en forma gratuita los Certificados de Numeracion a los Contribuyentes que lo soliciten, siempre y cuando posean Certificado de Numeracion anterior y se encuentren registrados en el Libro de Numeracion, este beneficio se mantendra durante la vigencia de la Ordenanza Nº 147. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion en el Diario Oficial El Peruano del presente Acuerdo de Concejo. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a Secretaria General, Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro. Registrese, publiquese, comuniquese, cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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