Norma Legal Oficial del día 31 de Marzo del año 2009 (31/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, martes 31 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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un proyecto alternativo, el referido informe debera ser elevado al Comite de PROINVERSION correspondiente, recomendando, sobre la base de los criterios establecidos en el Reglamento de la Ley entre otros que se consideren pertinentes, la iniciativa privada respecto de la cual el Consejo Directivo debera dar preferencia. 6.1.3 En la misma fecha de su recepcion, la Direccion de Asuntos Tecnicos remitira una MORDAZA de la iniciativa privada a la Oficina de Asesoria Juridica, para que esta a traves de un informe efectue el analisis de la competencia de PROINVERSION, verificando si el proyecto es de competencia del Gobierno Nacional. Asimismo, la Oficina de Asesoria Juridica debera pronunciarse acerca de los siguientes aspectos de la Iniciativa Privada: · Modalidad propuesta y temas relacionados. · Sector y entidades vinculadas al proyecto, que deberian opinar sobre la Iniciativa Privada. · Titularidad de los activos que involucra la Iniciativa Privada. El Informe de la Oficina de Asesoria Juridica conteniendo los puntos MORDAZA senalados sera remitido a la Direccion de Asuntos Tecnicos. 6.1.4 La Direccion de Asuntos Tecnicos y la Oficina de Asesoria Juridica emitiran sus informes como resultado de sus respectivas evaluaciones, en un plazo no mayor de siete (7) dias habiles contados desde el dia siguiente de la fecha de recepcion de la iniciativa privada por parte de las mismas. 6.1.5 En el caso que el informe de la Direccion de Asuntos Tecnicos determine que la iniciativa privada no contiene los requisitos minimos requeridos segun el Reglamento o que el informe de Asesoria Juridica concluya que no es posible determinar la competencia para la evaluacion de la misma, la Direccion de Asuntos Tecnicos comunicara al titular de la iniciativa privada dicha situacion, a efecto que en el plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles de notificada la comunicacion cumpla con efectuar las subsanaciones correspondientes. 6.1.6 Si transcurriese el plazo senalado en el parrafo anterior y el titular de la iniciativa privada no cumpliese con efectuar las subsanaciones solicitadas, la iniciativa privada se tendra por no presentada y sera devuelta con todos sus anexos a su titular por la Direccion de Asuntos Tecnicos, indicando las razones de la devolucion. 6.1.7 En el caso que el informe de la Oficina de Asesoria Juridica determine que la iniciativa privada no es de competencia de PROINVERSION o que el Informe de la Direccion de Asuntos Tecnicos establezca que la iniciativa privada contiene un proyecto de inversion que coincide total o parcialmente con otro respecto del cual se hubiere aprobado el respectivo Plan de Promocion y este proyecto se encuentre convocado o que aun no hubiere transcurrido 240 dias habiles desde la aprobacion del plan de promocion de este; la Direccion de Asuntos Tecnicos presentara al Comite de PROINVERSION correspondiente un resumen ejecutivo con los informes necesarios, para proceder al rechazo y devolucion de la iniciativa privada con todos sus anexos a su titular mediante acuerdo del Comite, indicando las razones de la devolucion. 6.1.8 En la comunicacion que se remita al titular de la iniciativa privada deberan detallarse los requisitos faltantes, a efectos de que el mismo pueda tomarlos en consideracion, en caso presentara una nueva iniciativa privada. 6.1.9 En el caso que no se determine ninguna observacion a la iniciativa privada, la Direccion de Asuntos Tecnicos, en base a su informe y el elaborado por la Oficina de Asesoria Juridica presentara al Comite de PROINVERSION correspondiente, un resumen ejecutivo que debera contener: Las conclusiones de los referidos informes La recomendacion de la admision de la Iniciativa privada. Identificacion del(los) Sector(es) y entidades involucradas a las que se debera remitir la Iniciativa Privada para opinion. Proyecto de Acuerdo, MORDAZA de los informes La sustentacion requerida mediante Acuerdos del Comite de Saneamiento y Proyectos del Estado Nº 42801-2007 y del Comite de Infraestructura y de Servicios

Publicos Nº 407-03-2007 de MORDAZA 2007, vinculados a la sustentacion que corresponda. 6.1.4 En virtud de lo dispuesto mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 146-06-2006, correspondera al respectivo Comite de PROINVERSION, mediante acuerdo, admitir a tramite o rechazar la iniciativa privada 6.2 Admision a Tramite o Rechazo de Iniciativas Privadas 6.2.1 De admitirse a tramite la iniciativa privada, el Comite de PROINVERSION acordara, entre otros: a) Que la Direccion de Asuntos Tecnicos solicite opinion al(los) sector(es) correspondiente(s) sobre el interes y relevancia del proyecto, y en asuntos que resulten de su competencia al organismo regulador correspondiente, asi como opinion tecnica a otras entidades y la opinion favorable del Ministerio de Economia y Finanzas (en adelante MEF) en el caso que la iniciativa privada requiera el otorgamiento de garantias de acuerdo a la normativa vigente. La opinion del Sector tendra caracter vinculante. En caso de existir mas de un sector involucrado con la materia de la Iniciativa Privada, se debera contar con la opinion favorable de todos los sectores involucrados para la Declaracion de Interes. b) La publicacion en la pagina WEB de PROINVERSION, del contenido senalado en el literal b), los incisos i) ii) y iii) del literal c) y el literal d) del numeral 15.2 del Reglamento. El acuerdo del Comite de PROINVERSION correspondiente debera ser transcrito a la Direccion de Asuntos Tecnicos y a la Oficina de Asesoria Juridica. Asimismo, el Comite de PROINVERSION debera instruir a la Direccion de Asuntos Tecnicos para que comunique al titular de la Iniciativa Privada la decision del referido Comite, en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles de recibido el acuerdo. 6.2.2 De rechazarse la iniciativa privada, el Comite de PROINVERSION emitira el Acuerdo correspondiente e instruira a la Direccion de Asuntos Tecnicos para que comunique su decision al titular de la Iniciativa Privada expresando la(s) causa(s) que motiva(n) el rechazo, dentro de un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles de recibido el acuerdo. 6.3 Evaluacion de Iniciativas Privadas Admitidas a Tramite 6.3.1 Admitida a tramite la iniciativa privada, la Direccion de Asuntos Tecnicos designara oportunamente al Jefe de Proyecto que se encargara de la evaluacion de la Iniciativa Privada y, en caso corresponda, llevar a cabo el respectivo MORDAZA de promocion de inversion privada. 6.3.2 Asimismo, la Direccion de Asuntos Tecnicos debera remitir MORDAZA de la misma con todos sus anexos al (los) Sector(es) correspondiente(s), solicitando opinion sobre el interes y relevancia del proyecto contenido en la iniciativa privada, asi como a las demas entidades publicas identificadas en el acuerdo del Comite de PROINVERSION. El plazo para la obtencion de dicha opinion sera de veinte (20) dias habiles, de acuerdo al Reglamento. 6.3.3 En caso se cumpla el plazo MORDAZA establecido en el Reglamento y no se MORDAZA recibido opinion del (de los) Sector(es), o de las entidades a la que se MORDAZA solicitado opinion, la Direccion de Asuntos Tecnicos elevara al Comite de PROINVERSION correspondiente un informe indicando tal situacion, a efecto que dicho comite adopte las acciones necesarias que cautele lo dispuesto en la Ley y el Reglamento, pudiendo entre otros reiterar lo solicitado al (a los) Sector(es) y/o comunicar al Consejo Directivo de PROINVERSION de dicho incumplimiento. 6.3.4 Adicionalmente a la opinion del (de los) Sector(es) y/u otras entidades la Direccion de Asuntos Tecnicos, previo acuerdo del Comite de PROINVERSION correspondiente, podra contratar los servicios de consultores externos especializados, para efectuar la revision y/o evaluacion de determinados aspectos de la iniciativa presentada, que permitan entre otros, validar los montos propuestos para inversion, operacion y mantenimiento, entre otros relevantes, con la finalidad de evitar la sobre valoracion de los mismos y afectar el valor de los servicios publicos. 6.3.5 De no contar con la opinion favorable del (de los) Sector(es) sobre el interes y relevancia del proyecto

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